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Castilla y León ofrece diversas ayudas y subvenciones para fomentar el autoempleo y el emprendimiento, especialmente dirigidas a mujeres. Estas iniciativas buscan reforzar el tejido productivo, apoyar a quienes optan por emprender y facilitar el relevo generacional en sectores clave.

Subvenciones Directas para el Autoempleo

La Junta de Castilla y León ha lanzado una convocatoria de subvenciones directas para fomentar el autoempleo en 2025. Los autónomos que inicien su actividad podrán recibir entre 6.000 y 9.500 euros, dependiendo de su perfil. La ayuda se dirige a trabajadores por cuenta propia que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios.

Las cuantías se ajustan al perfil de cada solicitante y priorizan a colectivos con más dificultades para acceder al mercado laboral. Mujeres, jóvenes, mayores de 45 años y parados de larga duración son los principales beneficiarios. Las mujeres recibirán una cuantía general de 8.000 euros, que puede alcanzar los 9.500 euros si además son menores de 30 años o mayores de 45 años.

Para acceder a la categoría de desempleado de larga duración se exige haber estado inscrito en el servicio público de empleo durante al menos 360 días en los últimos 18 meses. En el caso de los mayores de 45 años o de los trabajadores del sistema agrario, el requisito se reduce a 180 días.

El procedimiento establece que las ayudas se conceden en régimen de concesión directa y se ingresan en un único abono. La Administración autonómica verificará que el solicitante cumple con el alta en la Seguridad Social, y con la permanencia mínima exigida en la convocatoria. Los beneficiarios deben mantener su actividad durante un período mínimo que se especifica en la convocatoria. Si el negocio se extingue antes de ese plazo, existe la obligación de devolver la ayuda recibida.

Estas ayudas forman parte del Plan Estratégico de Fomento del Empleo Autónomo 2023-2025. El programa cuenta con un presupuesto global de 85,88 millones de euros, de los cuales 35,76 millones ya se destinaron en 2023. La Junta subraya que este plan se ha diseñado con la participación de las asociaciones de autónomos y de economía social.

Novedades y Mejoras en la Convocatoria

Una nueva convocatoria de ayudas al autoempleo en Castilla y León ha sido lanzada con mejoras significativas en las cuantías y un enfoque prioritario en el emprendimiento en el medio rural, el femenino y el de colectivos con dificultades de acceso al mercado laboral. La subvención base se ha incrementado en un 20%, pasando de 5.000 a 6.000 euros.

La convocatoria presta especial atención a las mujeres emprendedoras, elevando la cuantía base a 8.000 euros, lo que supone un incremento de 3.000 euros. Además, se otorgan incentivos adicionales de 1.000 euros por territorio o apoyo a la conciliación. Una de las novedades de esta convocatoria es la inclusión de nuevos conceptos subvencionables, enfocados en la modernización y competitividad de los negocios.

Las ayudas se dirigen a quienes se hayan dado de alta entre el 3 de agosto de 2024 y el 1 de septiembre de 2025. El plazo para presentar las solicitudes, que deben incluir la justificación de los gastos con facturas pagadas, finaliza el 15 de septiembre de 2025.

Requisitos y Trámites

Para acceder a las ayudas a autónomos en Castilla y León, es esencial comprender los criterios que deben cumplirse para ser elegible:

  • Estar registrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Tener tu domicilio fiscal o tu principal lugar de trabajo en Castilla y León.
  • No estar sujeto a ninguna circunstancia de exclusión o prohibición.
  • Presentar tu solicitud correctamente y dentro del plazo establecido.

Las solicitudes deben presentarse de forma electrónica a través del portal de trámites de la Junta de Castilla y León. El plazo permanecerá abierto durante un mes, del 15 de agosto al 15 de septiembre.

Es importante realizar unos gastos del inicio de la actividad económica por cuenta propia, no inferior a 5.000€ entre 3 meses antes (6 meses cuando es compra de bienes inmuebles) y 3 meses siguientes al alta.

El plazo máximo de resolución y notificación será de 3 meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. La notificación se realizará de forma electrónica, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

Las subvenciones serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones que impliquen el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, concedidas por cualquier Administración Pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales. No obstante, serán compatibles con aquellas subvenciones o ayudas que, aun vinculadas al alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, tengan como gastos subvencionables las inversiones, los intereses de préstamo y/o las cuotas de Seguridad Social derivadas del alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional al que estén adscritos.

Programa 'RelevaCyL': Relevo Generacional en Negocios

La Junta de Castilla y León ha puesto en marcha el programa 'RelevaCyL' con ayudas a emprendedores que tomen las riendas de negocios rentables que, de otra manera, cerrarían por jubilación. Se trata de subvenciones de hasta 20.000 euros si se dan una serie de criterios, con preferencia a jóvenes menores de 36 años, mujeres y establecimientos del medio rural.

Este programa ofrece una ayuda directa de hasta 20.000 euros a todas las personas que deseen continuar con ese negocio sin necesidad de tener un vínculo familiar o personal. Además, se lanzarán dos líneas de ayudas a las asociaciones de autónomos, y también a las empresas de economía social que ayuden a los emprendedores en ese relevo.

Acciones Integrales del Programa RelevaCyL

  • Relevacyl Autoempleo: Ayuda mínima de 10.000 euros y hasta 20.000 euros para las personas que continúen una actividad económica en funcionamiento. Esta cuantía se incrementará con 4.000 euros más para mujeres autónomas, 2.000 euros adicionales si el beneficiario es menor de 35 años, otros 2.000 euros si el negocio se ubica en municipios de entre 1.000 y 5.000 habitantes, y hasta 4.000 euros si se localiza en municipios de menos de 1.000 habitantes.
  • Relevacyl Emprendimiento: Dos líneas de financiación destinadas a apoyar acciones de asesoramiento, consultoría y mentoring intergeneracional en los procesos de relevo empresarial. La primera se dirige a asociaciones de autónomos de ámbito autonómico y multisectoriales, y contempla ayudas de hasta 60.000 euros por entidad. La segunda está orientada a entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales, con un importe máximo de 30.000 euros.
  • Relevacyl Digital: Lanzamiento de la plataforma Virtual Relevacyl, que permitirá conectar a quienes desean ceder su actividad con nuevos emprendedores interesados en heredarla.

Una mujer joven que retome un negocio en un pequeño pueblo podrá acceder a una ayuda directa de hasta 20.000 euros. Ayudas de las que se pueden beneficiar todos los negocios puestos en marcha desde el 1 de enero de 2025.

Testimonio de Estefanía Alonso, mujer con discapacidad emprendedora

Tarifa Cero Segunda Oportunidad

El Ejecutivo autonómico seguirá apoyando a los nuevos autónomos con la Tarifa Cero Segunda Oportunidad, una medida complementaria para abonar las cuotas a la seguridad de los nuevos autónomos, al menos durante los primeros 18 meses de su actividad, reforzando así la ayuda en los comienzos que siempre son los momentos más difíciles.

A esta cobertura de cuotas a la seguridad social podrán acogerse también los jóvenes menores de 35 años excluidos de la tarifa reducida estatal, las mujeres que reemprenden su actividad tras una maternidad y las personas en situación vulnerable que quieren iniciar una nueva etapa como emprendedoras.

Otras Medidas de Apoyo

Durante el pasado año, más de 1.500 personas en situación de desempleo pudieron iniciar una nueva carrera profesional y empresarial gracias a las ayudas al emprendimiento del Servicio Público de Empleo y se realizarán nuevas convocatorias destinadas a jóvenes agricultores y a la modernización de explotaciones agrarias, reforzando también el relevo generacional en el campo.

Castilla y León es la segunda comunidad con mayor tasa de autónomos por cada mil personas en edad de trabajar y la primera en proporción de trabajadores autónomos en el sector agrario, destacando que la longevidad y resiliencia de los negocios de la Comunidad los convierte en una opción atractiva para nuevos emprendedores.

Subvenciones más Importantes para Autónomos en Castilla y León

Revisando las ayudas financieras para autónomos en Castilla y León, encontramos notables beneficios como:

  • Subvención para la preservación del empleo autónomo: Ofrece hasta 9.000 euros por cada profesional autónomo mantenido activo durante un mínimo de tres años.
  • Subvención para el impulso del emprendimiento femenino: Brinda hasta 15.000 euros a cada mujer que emprenda una actividad económica.
  • Subvención para la modernización y avance tecnológico de las empresas: Puede financiar hasta el 50% del costo de proyectos innovadores que busquen incrementar la competitividad y la transformación digital.

El Gobierno de Castilla y León en su programa “Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a Fomentar el Desarrollo de Actividades Económicas por cuenta propia 2019”, destaca que los beneficiarios deben ser personas físicas que se establezcan por cuenta propia, y se hayan dado de alta en el RETA.

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido y está destinada a financiar proyectos de inversión dirigidos a la creación y puesta en marcha de nuevas actividades empresariales en Castilla y León. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas para el mismo objeto y finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado.

Sectores Subvencionables

Los proyectos subvencionables de esta convocatoria deben estar relacionados con la adquisición de activos materiales e inmateriales necesarios para la creación de la empresa y pertenecer a las siguientes secciones y divisiones:

  1. Sección B.
  2. Sección C.
    • División 10.
    • División 11.
    • División 12.
    • Grupo 30.1.
  3. Sección E.
  4. Sección F.
    • Sólo división 43.
  5. Sección G. Comercio al por mayor y al por menor, excepto las actividades correspondientes a los grupos o clases:
    • 46.1 Intermediarios del comercio al por mayor.
    • 46.2 Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos.
    • 46.3 Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
    • 46.81 Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares.
    • 47.26 Comercio al por menor de productos del tabaco.
    • 47.30 Comercio al por menor de combustible para la automoción.
    • 47.92 Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado.
  6. Sección I. Hostelería, los siguientes:
    1. División 55. Dentro de esta división, los establecimientos de alojamiento hotelero (hotel, hotel apartamento, motel, hostal y pensión) y establecimientos de turismo rural clasificados como posadas, hotel rural y los albergues turísticos conforme a lo establecido en los artículos 31, 34 y 40 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León, o normativa que la sustituya. En estos proyectos se podrán incluir ofertas turísticas especializadas e instalaciones complementarias de ocio ligadas a dichos establecimientos.
    2. Actividades de turismo activo conforme a la normativa por la que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León.
    3. División 55.3 Camping y aparcamientos para caravanas, conforme a la normativa por la que se regulan las actividades de turismo en la Comunidad de Castilla y León.
  7. Sección O.
Resumen de Ayudas para Mujeres Emprendedoras en Castilla y León
Programa Beneficiarios Cuantía Requisitos
Subvenciones Directas para Autoempleo Autónomas que inician actividad 6.000 - 9.500 € Alta en RETA o Sistema Especial de Trabajadores Agrarios
RelevaCyL Autoempleo Emprendedores que continúan negocios existentes 10.000 - 20.000 € Continuar actividad económica en funcionamiento
Tarifa Cero Segunda Oportunidad Nuevos autónomos Abono de cuotas a la seguridad social Cumplir requisitos específicos
Subvención para el Impulso del Emprendimiento Femenino Mujeres que emprenden Hasta 15.000 € Emprender una actividad económica