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El Bono Cultural Joven es una iniciativa del Gobierno de España destinada a facilitar el acceso a la cultura a los jóvenes que cumplen 18 años. Esta ayuda de 400 euros puede ser utilizada para la adquisición de productos, servicios y experiencias culturales.

¿Qué es el Bono Cultural Joven?

El Bono Cultural Joven consiste en una ayuda directa de 400 euros por persona beneficiaria para la adquisición de productos, servicios y actividades culturales, tanto públicas como privadas, que se encuadren en las categorías indicadas en las bases reguladoras y estará destinado a aquellas personas que cumplan 18 años en el año en el que se publique la convocatoria. Será de uso exclusivo en establecimientos o instituciones adheridas al programa, situados en todo el territorio nacional, o cuya oferta sea consumible desde el citado territorio.

El objetivo del bono es ayudar en la financiación y fortalecimiento del sector cultural español tras los reveses sufridos a causa de la pandemia de la Covid-19 y, al mismo tiempo, fomentar la participación de los jóvenes en la vida y actividades culturales.

La iniciativa se puso en marcha para los jóvenes que cumplieron la mayoría de edad en 2022 y a partir de ahí, cada año que los jóvenes cumplan su mayoría de edad puedan acceder a esta ayuda de 400 euros.

Por ejemplo, en este año 2025, el plazo para solicitar el Bono Cultural Joven se abrió el 16 de junio de 2025 y finaliza el 31 de octubre de 2025.

Más de la mitad de los jóvenes que cumplieron los 18 años en 2022 en España (281.000) se inscribieron a la ayuda y ya pueden gastar los 400 euros en actividades y productores culturales. Una vez obtenido el Bono Cultural Joven, se dispone de un año para gastarlo.

En total, esta ayuda supone una partida presupuestaria importante. La normativa que regula toda esta ayuda está aprobada por el Gobierno en el Real Decreto 210/2022, de 22 de marzo, por el que se establecen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven.

¿Quiénes pueden solicitar el Bono Cultural Joven?

A esta ayuda tienen derecho los jóvenes que cumplan 18 años en 2025 que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Jóvenes de nacionalidad española.
  • Jóvenes que posean residencia legal en España.
  • Jóvenes solicitantes de asilo.
  • Jóvenes desplazados temporales o extranjeros ex tutelados.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, se trata de un número importante de potenciales beneficiarios en todo el país.

Las condiciones son idénticas a las de 2024: tener nacionalidad española o residencia (o estar en trámite en extutelados) o ser solicitante de asilo o protección internacional. Y solo así.

¿Cómo solicitar el Bono Cultural Joven?

Si cumples los requisitos anteriores, podrás solicitar y gestionar tu Bono Cultural Joven desde esta plataforma tecnológica específica. Tanto si eres joven y quieres la ayuda, como si eres una entidad cultural y quieres adherirte al programa, podrás solicitarlo en esta plataforma.

Una vez abierta la convocatoria por el Ministerio de Cultura y Deporte las solicitudes se presentarán por medios telemáticos a través de la aplicación informática y se tramitarán por orden de presentación.

Una vez concedida la ayuda, se abonará el importe de 400 euros en un único pago a través de una tarjeta prepago virtual nominal que identifica al beneficiario. Si el beneficiario no tuviera un teléfono móvil compatible con la tarjeta, podrá solicitar que se emita una tarjeta física que operaría como una tarjeta de débito.

Dentro de esa plataforma podrás ver el estado de tu solicitud y, si cumples los requisitos y te ha sido concedido, podrás ver todas las entidades culturales donde puedes gastarte los 400 euros del bono, ya que esta ayuda únicamente se puede usar en establecimientos o instituciones que estén adheridas al programa y se dediquen a la venta o puesta a disposición de productos, actividades y servicios culturales dentro de España.

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¿En qué se puede gastar el Bono Cultural Joven?

El Bono Cultural Joven sirve para gastar esos 400 euros de ayuda en productos o actividades culturales, pero no puedes invertirlo en un único artículo o servicio, sino que hay que respetar la siguiente división de gastos:

  • Un máximo de 200 € por beneficiario para artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales. Es decir, entradas para artes escénicas, conciertos, festivales, museos, bibliotecas, exposiciones, etc.
  • Hasta 100 € en productos culturales en soporte físico, como libros, revistas, prensa u otras publicaciones periódicas, partituras, DVD, CD, Blu-ray, o discos de vinilo.
  • Un máximo de 100 € en consumo digital u online, como pueden ser suscripciones y alquileres a plataformas audiovisuales, musicales y de lectura. Se incluye también la compra de audiolibros e ebooks, canciones o álbumes digitales, suscripciones a podcasts o videojuegos online, suscripciones de prensa digital, revistas u otras publicaciones periódicas.

El diseño del Bono Cultural Joven fomenta la diversificación del gasto en tres bloques.

Entre ellas destaca la plataforma Correos Market, donde es posible adquirir productos de ocio digital como gift cards para Netflix, Spotify o Crunchyroll; también tarjetas de gaming para videojuegos online como League of Legends, PlayStation, Nintendo, Xbox, Blizzard o EA Games.

El Bono Cultural Joven entregado por Correos persigue un doble objetivo: reforzar al sector cultural y facilitar el acceso de la población joven a todas las formas de cultura, ayudando a fidelizar nuevos públicos.

En Correos Market hemos preparado una selección de productos culturales compatibles con el Bono Cultural Joven, para que puedas gastarlo fácilmente. Puedes hacerte con productos de ocio digital, suscripciones a plataformas, libros y algunos productos de artes vivas y soporte físico.

No será subvencionable la adquisición de productos de artesanía, obra plástica y gráfica; papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; cursos, talleres y seminarios; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos; moda y gastronomía.

Asimismo, no será subvencionable la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos de conformidad con el sistema de regulación de contenidos aplicable a cada producto.

Los gastos subvencionables con cargo al Bono Cultural Joven relativos a suscripciones a plataformas musicales, audiovisuales o de videojuegos, estarán limitados a un máximo de cuatro meses, sin perjuicio de las ofertas comerciales que las plataformas puedan hacer a los beneficiarios para extender esta duración.

El beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la empresa adherida y en la forma que ésta determine.

Los productos que se adquieran a través del Bono Cultural Joven podrán ser cambiados, si la empresa adherida lo autoriza, por un producto de igual o superior precio con los límites establecidos en la convocatoria. No podrá solicitarse la devolución del importe salvo cuando, por causas imputables a la entidad adherida o, en su caso, a sus proveedores o prestadores de servicios, concurra la imposibilidad de entregar el producto cultural o de prestar el servicio o actividad cultural.

¿Cómo utilizar el Bono Cultural Joven en Correos?

¿Tienes el Bono Cultural Joven? En Correos queremos ponértelo muy fácil para que aproveches ese bono sin líos ni complicaciones. Tanto si prefieres ir en persona como si eres más digital, tenemos la opción que necesitas.

  • ¿Eres de los que prefiere comprar en persona? Esta opción será ideal si estás de paso, no quieres usar tu tarjeta online o simplemente prefieres salir a dar una vuelta y llevarte tu tarjeta al momento.
  • ¿Prefieres comprar desde tu móvil, tumbado en el sofá, y tenerlo todo en segundos? Aquí podrás usar tu bono para comprar productos digitales como tarjetas de saldo para videojuegos y suscripciones a plataformas.

Las tarjetas Correos Prepago, virtuales o físicas, ya se están entregando a los beneficiarios del Ministerio de Cultura (el Bono Cultural Joven).

Desde ahí se activa la tarjeta, se consultan saldos y movimientos y, si se eligió la modalidad virtual, se puede vincular a Google Pay, Apple Pay o Samsung Wallet.

Quien optó por la tarjeta física la recibirá en el domicilio indicado en su solicitud.

El pago se ingresa el importe total en un único abono en la tarjeta.

Información para empresas culturales

El Bono Cultural Joven no solo beneficia a los jóvenes, sino que también impulsa el sector cultural. Las empresas culturales pueden adherirse al programa para que los jóvenes puedan utilizar su bono en sus establecimientos.

¿Quién puede solicitar la adhesión al Bono Cultural Joven?

Podrán obtener la condición de entidad adherida, mediante el procedimiento regulado en la Orden CLT/1424/2023, de 26 de diciembre, aquellas personas físicas o jurídicas que reúnan los requisitos previstos en el artículo 7 del Real Decreto 191/2023 y cuya actividad empresarial se encuadre en alguno de los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) previstos en el Anexo I de la Orden CLT/1424/2023.

Es imprescindible que el establecimiento cuente con un Terminal de Punto de Venta (TPV) para poder beneficiarse del bono.

Para poder adherirse al programa, la actividad de la empresa o entidad debe estar contemplada por los requisitos del Bono Cultural:

  • Artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales.
  • Productos culturales en soporte físico.
  • Consumo digital o en línea.

¿Cómo adherirse al programa?

Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos. Los requisitos para la adhesión se establecen en el artículo 3 de la Orden CLT/1424/2023, de 26 de diciembre, por la que se regula el procedimiento para la adhesión de las empresas al programa Bono Cultural Joven.

El solicitante, con carácter previo a la firma y registro electrónicos de la solicitud, deberá declarar expresamente su consentimiento u oposición para que el órgano instructor pueda comprobar o recabar de otros órganos, administraciones o proveedores de información, por medios electrónicos, la información sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 6 de la Orden CLT/1424/2023, de 26 de diciembre. En caso de que los datos no pudieran ser comprobados de manera automatizada por el órgano instructor o se formule oposición a su consulta, deberán ser aportados por el solicitante.

Documentación necesaria

Puedes consultar la documentación necesaria en el apartado Información sobre el procedimiento de adhesión.

Para obtener información de como solicitar los certificados necesarios para la adhesión puedes acceder a la información de la siguiente página de Certificados de la Agencia tributaria. De forma más específica según el tipo de empresa puedes acceder en la Agencia Tributaria a:

  • Para persona física / trabajadores autónomos y para persona jurídica española o extranjera con establecimiento permanente en España: Si necesitas el Certificado de alta en el censo de profesionales, empresarios y retenedores puedes acceder a: Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Situación Censal. Si necesitas el Certificado de alta en el IAE acceda a: Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. IAE. Para la autorización expresa firmada puedes utilizar cualquier plantilla que tengas disponible.
  • Para empresa extranjera sin establecimiento permanente en España: Si necesitas el Certificado de alta en el Impuesto de Sociedades accede a: Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Impuesto sobre Sociedades. Si necesitas el Certificado de Impuesto sobre la Renta de no residentes accede a: Impuesto sobre la Renta de no Residentes: rentas obtenidas sin establecimiento permanente. Si necesitas el Certificado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios accede a: Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Operadores Intracomunitarios.

Obligaciones de las empresas adheridas

Puedes consultarlas en el apartado Obligaciones de las empresas adheridas.

Plazos

El plazo para que cualquier empresa cultural que cumpla los requisitos antes nombrados pueda adherirse al programa ya está abierto.

La resolución de adhesión de las empresas al programa Bono Cultural Joven o, en su caso, desestimación será dictada por el titular de la Subsecretaría de Cultura y notificada en el plazo máximo de seis meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Contra la resolución desestimatoria de la solicitud de adhesión, el medio de impugnación será el previsto en el artículo 7.6 del Real Decreto 191/2023.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas interesadas podrán, en cualquier momento del procedimiento, aducir alegaciones y aportar documentos que estimen necesarios.

Preguntas frecuentes para empresas

¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud como entidad adherida? Tienen hasta 6 meses para resolver y, aunque lo deseable es que se haga en un plazo menor, pueden hacerlo hasta esa fecha.

No tengo la resolución favorable como entidad adherida aún, pero ¿pueden usar las personas beneficiarias sus bonos en mi comercio si el estado de mi solicitud es en revisión (no resuelta)? No, la tarjeta del bono solamente se puede utilizar en los comercios que están aprobados, pues para la operación es necesario que el código de comercio esté asignado a una entidad adherida.

¿Cómo sabré entre todas las compras que se realizan en mi comercio (TPV) cuáles son las realizadas con cargo al bono? Las tarjetas de los bonos tienen numeraciones especiales. Las tarjetas virtuales se identificarán como Bin token 54559647 y las físicas como Bin físico 54521501.

¿Cómo justificar las compras realizadas con el Bono Cultural Joven?

Justificar tus compras con el Bono Cultural Joven es muy sencillo. Luego, inicia sesión en tu cuenta a través de la App o la página web del Bono Cultural Joven; ve a la sección de ‘Transacciones’ y selecciona la categoría que corresponda. Puedes agrupar en un mismo pedido (un mismo carrito) varios productos de la misma categoría del Bono Cultural Joven. Si quieres comprar productos de distintas categorías, por ejemplo, un producto de gaming y una suscripción a revista, tendrás que hacer pedidos separados.

Problemas comunes y soluciones

No he conseguido confirmar mi registro, ¿qué puedo hacer?

Una vez realizado el registro, deberías haber recibido un correo electrónico con un enlace de confirmación. En caso de no recibirlo, puedes solicitar un nuevo enlace de confirmación desde la pantalla de inicio de sesión pulsando el enlace He olvidado mi contraseña.

Errores con Autofirma

En caso de experimentar problemas con Autofirma, aquí tienes algunas soluciones:

  • Comprobar que tu navegador tiene activada la opción de permitir ventanas emergentes.
  • Comprueba que la versión instalada de este software sea la adecuada.
  • Asegúrate de que el software está utilizando el certificado digital instalado en tu ordenador correctamente.

Aparece un error de carga de Autofirma ¿qué puedo hacer?

En caso de que te aparezca el siguiente mensaje tendrás que hacer lo siguiente:'Autofirma no ha cargado correctamente. Se va a redireccionar al inicio y deberás recargar la página y seguir con la solicitud para proceder a la firma.'

  1. Pulsar el botón 'Reintentar'.
  2. Recarga la página web.
  3. Volver a intentar el proceso.

Configuración manual adicional para Autofirma y el Certificado Digital

De manera eventual, la instalación de Autofirma y el Certificado Digital requiere de una configuración manual adicional para que Autofirma pueda conectarse con tu Certificado Digital. Si te sale un mensaje de error indicando que no se ha podido conectar con Autofirma, sigue los siguientes pasos:

  1. Accede al Llavero de Mac. Para ello, haz una búsqueda en el 'Finder'.
  2. Accede al Llavero de 'SISTEMA' y a la opción de Certificados. Ahí encontrarás varios certificados digitales instalados, entre ellos dos que se llaman '127.0.0.1' o 'localhost' y 'Autofirma ROOT'. El icono que situado a la izquierda del nombre de cada uno de ellos debería tener el símbolo '+'. Si este no es el caso, tendrás que pulsar sobre el nombre de cada certificado y pulsar sobre el botón 'Confiar' en la ventana emergente que aparezca. Junto a ella, a la izquierda, habrá un icono con un triángulo sobre el que tendrás que pulsar para que se muestren una serie de opciones. Tienes que seleccionar la primera opción que pone 'Al utilizar este certificado' y dentro del desplegable elegir la opción de 'Confiar siempre'.
  3. Terminado este paso, el sistema te pedirá que confirmes los cambios introduciendo la contraseña de nuestro ordenador. Habrá que repetir estos dos pasos con ambos certificados previamente nombrados.
  4. Accede al Llavero de 'INICIO DE SESIÓN' y a la opción 'MIS CERTIFICADOS'. Ahí deberás encontrar tu Certificado Digital con tu nombre y apellidos. Para este certificado repetirás los mismos pasos que hiciste con los anteriores certificados, es decir, seleccionar la opción 'Confiar Siempre'.
  5. Ya podrás continuar sin problemas.

Soy una entidad y no dispongo de TPV propio, utilizo las plataformas de pago Stripe y PayPal. ¿Cómo puedo completar el campo TPV del alta de mi solicitud?

Stripe es una solución de pago que se limita a procesar pagos con tarjeta. Pone a disposición de sus empresas cliente TPVs virtuales y físicos que pueden estar referenciados con cadenas numéricas o alfanuméricas. Por favor consulte con su servicio técnico de Stripe para obtener dicha información.

Conclusión

El Bono Cultural Joven es una excelente oportunidad para que los jóvenes accedan a la cultura y para que las empresas culturales impulsen su actividad. Si cumples los requisitos, no dudes en solicitarlo y aprovechar al máximo esta ayuda.