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El despido por jubilación del empresario genera numerosas interrogantes tanto para trabajadores como para empresarios. A continuación, se detallan los aspectos clave relacionados con esta situación, incluyendo las indemnizaciones correspondientes, los derechos de los trabajadores y las obligaciones del empresario.

¿Qué es el Despido por Cierre de Empresa, Liquidación o Jubilación del Empresario?

Es el cese definitivo de la actividad empresarial, que puede ocurrir por cierre, liquidación o jubilación del empresario. Una de las claves fundamentales para determinar si realmente se está produciendo el cierre o cese de la empresa es ver si con la jubilación se termina o no la actividad del negocio, tanto si el empresario es individual como si es persona jurídica.

Ejemplo:

  • Una pequeña tienda de ropa constituida como sociedad limitada decide cerrar por falta de rentabilidad.
  • Un autónomo con dos trabajadores de oficina se jubila. Esto afecta directamente a la planificación del cierre.
  • Una pyme de reformas cierra porque su propietario se jubila.
  • Una sociedad limitada de servicios informáticos entra en liquidación con deudas salariales.

Es decir, si quieres hacer un despido por este motivo, debes cesar la empresa de forma efectiva.

Tipos de Situaciones Tras la Jubilación del Empresario

Tras la jubilación del empresario individual, pueden darse diferentes escenarios:

  • Empresas familiares: Si el empresario individual se jubila, los familiares no tienen obligación de continuar con el negocio, pero en ocasiones los herederos siguen con el negocio.
  • Traspaso del negocio: Los contratos laborales de empleados no se pueden extinguir en este caso.
  • Sucesión familiar.
  • Contratar a un encargado: Nombrar un gerente o encargado que la dirija, pero conservando el empresario jubilado la propiedad de la empresa. En estas situaciones, se está produciendo una sucesión de empresas, es decir, que el nuevo empresario se subroga en los derechos y obligaciones laborales, así como de la Seguridad Social del anterior empresario.

Indemnización por Despido Debido a Jubilación del Empresario

En caso de cierre del negocio por el empresario individual, se deberá abonar a las personas trabajadoras afectadas una mensualidad de salario como indemnización. Además, estas tendrán derecho a la prestación por desempleo (siempre que cumplan con los requisitos legales de cotizaciones previas), al estar en situación legal de desempleo.

A diferencia de la indemnización por despido objetivo, aquí no se tiene en cuenta la antigüedad del trabajador. La indemnización en el despido por jubilación del empresario es de un mes de salario (incluida la parte proporcional de pagas extra).

Importante: Solo es válido la extinción del contrato laboral cuando el empleador es una persona física, y no una persona jurídica.

Sentencia del TJUE de 11 de julio de 2024

Respecto a esta cuestión debemos destacar que recientemente, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 11 de julio de 2024, se pronuncia acerca de la indemnización de una mensualidad de salario recogida en la normativa española, en caso de despido de la persona trabajadora por jubilación del empresario persona física cuando afecte a cinco o más trabajadores.

El TJUE ha declarado que el artículo 49.1g) sería contrario a la Directiva 98/59/CE, ya que permite la extinción de los contratos de trabajo por jubilación del empresario persona física por encima de los umbrales establecidos para el despido colectivo, con el abono de la exigua indemnización de una mensualidad de salario. Por lo que avanzamos que esta sentencia en el futuro obligará al legislador a reformar la normativa española en materia de indemnización cuando se produzca la jubilación del empresario individual.

Jubilación Anticipada del Empresario

En caso de jubilación anticipada del empresario, no será procedente la extinción de contratos de los trabajadores y deberá acreditar la existencia de causas objetivas (económicas, organizativas, técnicas o productivas) y abonar una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.

Comunicación del Despido

Comunicación escrita al trabajador. El empleador debe enviar o hacer entrega de esta carta de despido de tal forma que pueda asegurarse que el trabajador la reciba correctamente y de forma segura.

Por otro lado, no existe un plazo de preaviso mínimo para informar del despido del trabajador, sino que se deberá comunicar el despido en un plazo prudencial (p. ej. se puede comunicar el despido meses después del fallecimiento hasta que los herederos hayan podido gestionar el cierre del negocio).

Modelo de Notificación de la Empresa al Trabajador

A continuación, se muestra un ejemplo de notificación de la empresa al trabajador de la extinción de su contrato de trabajo por jubilación del empresario:

NOTIFICACIÓN DE LA EMPRESA AL TRABAJADOR DE LA EXTINCIÓN DE SU CONTRATO DE TRABAJO POR JUBILACIÓN DEL EMPRESARIO

EMPRESA: (Indique la razón social, domicilio de la empresa y el departamento o cargo de quien remite el documento.)

En (....), a (....) de (....) de (....)

Estimado/a Sr./Sra. (....):

Me pongo en contacto con Ud. con la finalidad de comunicarle que con efectos del próximo día (....) de (....) de (....) quedará extinguida la relación laboral que le unía a esta empresa. Todo ello se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.g) del Estatuto de los Trabajadores.

Con la presente comunicación le adjuntamos una propuesta de finiquito, incluyéndose en el mismo la indemnización legal de un mes de salario.

Aprovechamos para recordarle que en el momento de la firma del finiquito tiene derecho a estar asistido por un representante de los trabajadores, habiéndosele remitido copia del presente escrito al mismo.

Le agradecemos la dedicación, profesionalidad y compromiso con la empresa durante todo este tiempo.

Rogándole acuse recibo de ambos documentos, le saluda atentamente.

Recibí el (....) de (....) de (....)

EL TRABAJADOR POR LA EMPRESA
(....) (....)
Fdo.: Nombre y apellidos Fdo: Nombre y apellidos
Sello de la empresa

Tabla Resumen de Indemnizaciones

Motivo del Despido Indemnización
Cierre por jubilación del empresario individual 1 mes de salario
Cierre por jubilación anticipada del empresario individual 20 días de salario por año trabajado (si se acreditan causas objetivas)

Requisitos para la Jubilación Empresario