El contrato indefinido es una modalidad contractual que establece una relación laboral sin límite de tiempo entre el empleado y el empleador. Aunque solo una minoría de los trabajadores con contrato temporal logra obtener un contrato indefinido, esta forma de acuerdo presenta beneficios tanto para los empleados como para las empresas.
¿Quieres saber en qué consiste esta forma de acuerdo y qué tipos hay? ¿Te gustaría entender cuándo se usa y qué requisitos tiene? A continuación, exploraremos en detalle las ventajas que ofrece el contrato indefinido para el empresario.
¿Qué es el contrato indefinido?
El contrato indefinido es el que se formaliza entre empleado y empleador, vinculando al primero a una relación laboral con la empresa en la que no se concretan límites máximos temporales en la prestación de los servicios, en todo lo relativo a la duración del contrato. Los contratos indefinidos se pueden formalizar de forma verbal o escrita.
Muchas veces cuesta distinguir entre contrato indefinido y jornada completa y la realidad es que no dependen el uno del otro, ya que un empleado puede trabajar a jornada parcial, aunque su contrato sea indefinido.
Como ya se ha apuntado, el contrato indefinido implica una vinculación estrecha del trabajador con la empresa, y viceversa. Este contrato puede ser verbal o escrito, dice el propio SEPE, y podrá aplicarse a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.
Tras la última reforma laboral, se dio prioridad a los contratos indefinidos, por encima de los temporales. Por otro lado, un contrato de trabajo debe incluir datos básicos sobre las dos partes que forman el documento, es decir, el empresario o representante de la empresa, y el trabajador.
También se incluirá en el contrato laboral la distribución y la duración de las jornadas de trabajo, así como de las vacaciones, días festivos, y plazos de preaviso si se diera el caso de una extinción de dicho contrato. Respecto al periodo de prueba en el contrato indefinido, dependerá de la empresa aplicarlo o no.
Tipos de contrato indefinido
La última reforma laboral impulsada por el Gobierno de España, que entró en vigor en diciembre de 2021, fija tres tipos de contratos indefinidos:
- A jornada completa.
- A jornada parcial. Se fijan las mismas condiciones contractuales que con la jornada completa, pero las horas que hay que cumplir, como refleja el contrato, se reducen a la mitad.
- Fijo discontinuo. Es un tipo de contrato indefinido que se ajusta a las necesidades de trabajo de una empresa que ofrece servicios de manera intermitente. Se emplea sobre todo en el turismo, sector dependiente de la temporalidad, y se trata del tipo de contrato indefinido más empleado en el mercado de trabajo actual.
Además de estos tres tipos de contrato indefinido, existen otros. Como el contrato indefinido de empleados del hogar, entre las que se encuentran aquellas actividades como las tareas domésticas de limpieza y mantenimiento, plancha, etc., pero también el cuidado de gente mayor y niños.
Podemos dividir los contratos indefinido en tres contratos principales, aunque existen muchas variaciones con cláusulas específicas:
- Ordinario, indefinido
- Apoyo a los emprendedores, se deben tener menos de 50 trabajadores. Cuenta con bonificaciones especiales.
- Fijo-discontinuo, se prestan los servicios en periodos determinados de actividad que se repiten.
Existen diferentes tipos de contrato indefinido en función de la jornada, de la continuidad, de las circunstancias especiales del empleador y de las características del empleado:
- A tiempo completo
- A tiempo parcial
- Empleados del hogar familiar
- Alta dirección
- Familiar de trabajador autónomo
- Personas con discapacidad
- Centros especiales de empleo
- Personas en exclusión social
- Desempleados larga duración
- Mayores de 52 años
- Víctimas de violencia de género
También existen clausulas especiales cuando se produce la conversión de un contrato formativo, en prácticas, de relevo, de sustitución, etc.
Requisitos del contrato indefinido
Dentro de este tipo de contrato, encontramos una serie de requisitos con los que se debe cumplir. Estos requisitos serán necesarios cuando el contrato se formalice por escrito. Así, será ineludible que contenga:
- Los datos del trabajador.
- Las características del puesto de trabajo.
- El grupo profesional en el que se enmarca.
- El salario que percibirá el trabajador.
- Los datos de la empresa.
- Si será jornada laboral a tiempo completo o parcial y cómo se distribuirá la jornada.
- Ubicación del centro de trabajo.
- Periodo de prueba.
- Convenio colectivo.
- Expresar su carácter indefinido.
- Clausulas específicas para los diferentes tipos de contrato indefinido.
Ventajas del contrato indefinido para el empresario
Aunque pueda parecer que el contrato indefinido tiene más cosas negativas que positivas para la empresa, sobre todo por sus altos costes, tener personal fijo en la plantilla aporta una gran cantidad de ventajas de las que puedes beneficiarte. Vamos a ello.
- Bonificaciones fiscales: A nivel económico, las compañías que opten por el contrato indefinido tienen derecho a importantes bonificaciones fiscales tanto estatales como autonómicas y locales. La mayoría de las bonificaciones relacionadas con la contratación de personal tienen como requisito formalizar un contrato indefinido con el trabajador. Así que, si vas a hacerlo, infórmate de todas las posibilidades en cuanto a ayudas a las que puedes acceder. Toda ayuda viene bien, ¿no?
- Bonificaciones por transformar contratos de formación: Si tienes a un trabajador con un contrato de formación en alternancia y lo transformas en indefinido puedes beneficiarte de una bonificación de hasta 1.800 euros. El importe final a percibir dependerá de si el trabajador es hombre o mujer.
- Ayudas por contratar a personas con discapacidad: Existen ayudas de hasta 6.300 euros para contratar a personas que tengan una discapacidad. Las empresas que formalizan contratos con personas discapacitadas pueden recibir una bonificación cuyo importe dependerá del tipo de discapacidad del empleado y también de su género. Se puede solicitar la bonificación tanto para contratar trabajadores con discapacidad por tiempo indefinido a jornada completa y también a jornada parcial. Las cooperativas de trabajo asociado también podrán solicitar esta bonificación cuando incorporen trabajadores con discapacidad como socios.
- Bonificaciones por contratar a desempleados de larga duración: Esta bonificación se aplicará cuando la empresa contrate de forma indefinida a personas desempleadas que hayan estado inscritas en una oficina de empleo al menos 12 meses de los 18 anteriores. El importe que se recibe será de 1.300 euros al año en caso de los hombres y 1.500 euros al año si es una mujer.
- Bonificaciones por contratar a víctimas de violencia doméstica: Si contratas en tu empresa a una persona que ha sido víctima de violencia doméstica podrás aplicar una bonificación de 850 euros en las cuotas empresariales durante un periodo de 4 años. Si la persona contratada ha sido víctima de violencia de género o de terrorismo, la bonificación es de 1.500 euros.
- Compromiso y productividad: Una empresa que tiene contratados a sus trabajadores de forma indefinida genera un compromiso por ambas partes, tanto el empleado como la empresa. Además, se evita la rotación del personal y se genera un entorno de confianza donde los trabajadores son más productivos al realizar sus tareas.
- Atracción de talento: Todo esto suele significar la atracción de nuevo talento porque se transmite a las personas que la empresa se preocupa por el bienestar de sus empleados. Así, la empresa puede contar con personal más cualificado que les resulte interesante formar parte de equipo de trabajo con buen ambiente laboral y condiciones.
- Reducción de trámites laborales: Al no tener que renovar contratos o formalizar nuevos acuerdos con empleados, tener un contrato indefinido con la mayoría del personal reduce los trámites laborales. Únicamente será necesario hacer alguna gestión en caso de que haya que hacer algún cambio, por ejemplo en el horario o la categoría.
- Disponibilidad de personal para campañas temporales: Tener el personal necesario para una campaña temporal, por ejemplo, significa una tranquilidad en el sentido de no tener que iniciar un proceso de búsqueda y formación cada vez que tengas que contar con trabajadores. Aunque sólo presten sus servicios durante un periodo de tiempo al año, la empresa los llamará para incorporarse y tanto los trabajadores como la empresa tendrán la seguridad de contar con ese acuerdo en vigor.
Además de estas bonificaciones existen muchas más ayudas relacionadas con la contratación indefinida, como el contrato al familiar de un trabajador autónomo.
En España, dependiendo de varios factores, existen distintos tipos de contratos de trabajo. Uno de los más reclamados por los trabajadores y trabajadoras es el contrato indefinido.
Desventajas del contrato indefinido para el empresario
Pero, a pesar de que hemos visto que los contratos indefinidos tienen una gran cantidad de ventajas, no todo es tan bueno.
- Dificultades financieras: En este caso, los recortes para ahorrar dinero son más complicados. Eso sí, siempre se puede recurrir al despido por causas económicas.
- Cuantía y dificultad para despedir: La indemnización que hay que pagar al despedir a alguien con un contrato indefinido es de 33 días de salario por cada año de servicio. El máximo se sitúa en veinticuatro mensualidades.
- Desmotivación: Puede ocurrir que, en lugar de motivar al trabajador por tener un puesto permanente, se confíe y pierda la motivación. Esto repercute en el rendimiento diario y la productividad.
- Rigidez en el mercado laboral: Al haber menos rotación y estar los puestos de trabajo ocupados de forma indefinida, dificulta la contratación de nuevos trabajadores. También limita la capacidad de adaptación de las empresas a los cambios del entorno económico.
Ahora ya conoces mejor el contrato indefinido y sus ventajas y desventajas para ti como empresario para que puedas valorarlo mejor antes de formalizarlo.
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Conversión a contrato indefinido
El artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, que regula la duración del contrato de trabajo, prevé distintos supuestos de adquisición de la condición de indefinido.
Un contrato por obra o servicio determinado se convierte en indefinido
Tienen una duración máxima de 3 años, salvo que por Convenio Colectivo se amplíe a un año más. Superado este tiempo máximo, el contrato pasará a ser indefinido.
Cuando un contrato eventual por circunstancias de la producción se convierte en indefinido
Su duración máxima es de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. Si bien, por Convenio Colectivo puede ampliarse este límite máximo hasta 12 meses dentro un periodo de 18 meses. En caso de concertarse por una duración inferior a la máxima permitida, podrá irse prorrogando hasta alcanzar el tiempo máximo permitido.
El alta en Seguridad Social supone un indefinido
Esta alta dará lugar a la consideración de la relación laboral como indefinida, una vez superado el tiempo igual al previsto legalmente como periodo de prueba.
Cuando un contrato temporal se convierte en indefinido
Un contrato temporal en fraude de ley conlleva que pase a ser contrato indefinido. Esto sucede cuando la contratación temporal no se ajusta a las exigencias de la normativa, es decir, cuando la temporalidad de la relación laboral no queda debidamente justificada. En estos casos, se entenderá como contrato indefinido.
Un contrato de interinidad se convierte en indefinido
El contrato de interinidad no conlleva que, a su finalización, se convierta en indefinido. No obstante, en algunos casos puede ocurrir que la persona sustituida nunca se vuelva a reincorporar. Por ejemplo, el caso de una sustitución por baja médica que acaba en declaración de incapacidad permanente. En esos casos, la ley no prevé que el contrato de interinidad deba convertirse en contrato indefinido. Si bien, tampoco lo prohíbe, por lo que en la práctica es perfectamente posible que la empresa opte por incorporar a la persona como personal fijo.
También puede ocurrir que finalice la causa que motivaba el contrato de interinidad y que la persona continúe prestado servicios para la empresa. por las causas previstas en el ET. en algunos colectivos. Ver Ley 43/2006 de 29 de diciembre para la mejora del crecimiento y del empleo. de trabajo Para el Incremento del Empleo y Mejora de su Calidad. Ver igualmente Ley 27/2009 de 30 de diciembre de medidas urgentes para el mantenimiento y fomento del empleo y protección de las personas desempleadas y también Real Decreto-Ley 10/2010 de 16 de junio de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo y ver también, los arts. Con objeto de facilitar el empleo estable a la vez que se potencia la iniciativa empresarial, y de conformidad con el art. Cuando estos contratos se concierten con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado las cuantías anteriores se incrementarán en 8,33 euros/mes (100 euros/año).
El contrato indefinido no te “blinda"
Tener un contrato, siempre es bueno, y si es indefinido mejor, pero es un mito que un contrato indefinido te protege frente a un despido. El contrato indefinido no te “blinda". Las empresas deben justificar el despido por causas objetivas o disciplinarias. Y si eres indefinido te tienen que pagar una indemnización mayor que la de los contratos temporales, pero nada más. Hoy en día, con una antigüedad baja, un contrato indefinido puede ser igual de débil que uno temporal.
Para que te hagas una idea: si llevas un año en la empresa y te despiden de forma improcedente, lo máximo que te toca es una indemnización de 33 días por año trabajado, poco más de un mes de sueldo. Es decir con 1.500 € brutos de salario la indemnizarían sería de 1.650. ¡Y eso que es un despido que un juez declara improcedente, injustificado! ¿Y si llevas 6 meses? Pues te dan el equivalente a medio mes de salario, un poco más… En muchos casos, las empresas hacen sus números y les sale más rentable echarte que renovarte o subirte el sueldo.
Eso sí, el contrato indefinido sigue siendo el mejor. Repasamos algunas ventajas. Por supuesto da mayor estabilidad laboral que uno temporal. Por otro lado, la empresa tiene la obligación de justificar las causas del despido, si tienes un contrato temporal, en vez de despedirte, esperan a que se termine.
Estos contratos suelen estar asociados a mejores condiciones, posibilidades de promoción y más compromiso, es decir, tienes más posibilidades de crecer en la empresa. Además, tiene una mayor protección frente a despidos improcedentes, y las indemnizaciones son más altas que en los contratos temporales.
En fin, que aunque no sea el escudo del Capitán América, un contrato indefinido, incluso un fijo discontinuo, da más seguridad y tranquilidad que uno temporal. Cuatro palabras que muchos anhelan y que no siempre son tan fáciles de conquistar: contrato de trabajo indefinido.
Pueden suscribir este tipo de contrato las empresas de menos de cincuenta trabajadores que no hubieran realizado despidos por causas objetivas declarados improcedentes por sentencia judicial ni despidos colectivos en los seis meses anteriores a la contratación. Además el trabajador podrá compatibilizar su salario con el 25% de la prestación que tuviera pendiente en el momento de su contratación.
Si el trabajador fuera mayor de 45 años y hubiera estado inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años.
