El contrato de franquicia es un instrumento jurídico esencial para estructurar relaciones comerciales donde un franquiciador otorga a un franquiciado el derecho de operar un negocio bajo una marca o sistema establecido. En el contexto actual, donde la transparencia y la equidad contractual cobran mayor relevancia, los profesionales del derecho y las empresas deben prestar especial atención a las obligaciones precontractuales y a los mecanismos de resolución de conflictos.
La jurisprudencia ha abordado varias controversias relacionadas con el contrato de franquicia. A continuación, exploraremos algunos aspectos clave y ejemplos de sentencias relevantes en España.
Marco Normativo del Contrato de Franquicia
Entre las normas aplicables, en lo que ahora resulta relevante, figura la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, que se circunscribe a las modalidades de distribución y de servicios, por lo que no comprende la industrial, y define la actividad comercial de franquicia en el art.
En el marco de dicha disposición legal y del Derecho comunitario (Reglamento 4.087/1988, de 30 de noviembre, sobre cláusulas restrictivas exentas de la prohibición, actualmente sustituido por el Reglamento 2.790/99, de la Comisión, de 22 de diciembre), y de acuerdo con sus previsiones, su desarrollo reglamentario se contiene en el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, en el que se completa la definición de la actividad comercial en régimen de franquicia con una enumeración de las prestaciones que deben constituir el contenido mínimo del contrato, y una delimitación negativa las relaciones jurídicas que, aun presentando algún punto de contacto común, no se incluyen en el concepto de contrato de franquicia (art.
De estos elementos prestacionales, el primero y el tercero (uso de la denominación o rótulo, o de otros derechos de propiedad intelectual o industrial y la imagen uniforme de los locales o medios de transporte, y la asistencia comercial y técnica) constituyen prestaciones de tracto sucesivo o continuado, y su duración debe extenderse a la propia de la vigencia completa del contrato.
Este marco normativo debe ser complementado con los pronunciamientos de este tribunal. Los distintos hitos de la doctrina jurisprudencial de esta Sala referidos al contrato de franquicia fueron resumidos en nuestra sentencia núm. 754/2005 de 21 octubre, que posteriormente reiteramos en la núm.
La sentencia de 15 de mayo de 1985 alude al contrato de franchising y lo caracteriza por la autorización que el concedente da al concesionario para utilizar la marca, generalmente internacional, integrándolo en su red de comercialización. La sentencia de 27 de septiembre de 1996, cuya doctrina es reproducida en lo fundamental en la de 30 de abril de 1998, define este contrato como «aquel que se celebra entre dos partes jurídica y económicamente independientes, en virtud del cual una de ellas -franquiciador- otorga a la otra -franquiciado- el derecho a utilizar bajo determinadas condiciones de control, y por un tiempo y zona delimitados, una técnica en la actividad industrial o comercial o de prestación de servicios del franquiciado, contra entrega por éste de una contraprestación económica».
Del conjunto de estos pronunciamientos resulta también la distinción, antes observada en la regulación normativa, entre prestaciones de tracto sucesivo y otras de tracto único, que conjuntamente integran el entramado prestacional que el franquiciador se compromete a proporcionar al franquiciado, que no pueden desvincularse o escindirse sin afectar a la causa del contrato, y que en su conjunto integran una cesión del «derecho a la explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios» ( art.
En el primer grupo, prestaciones de tracto sucesivo, figuran básicamente dos elementos: (i) la cesión de un derecho de utilización temporal, y en su caso limitado a una zona geográfica, de ciertos elementos como marca, rótulo, patente, emblema, fórmula, método o técnica de fabricación o actividad industrial o comercial, u otros vinculados a derechos de propiedad intelectual o industrial (el franquiciador deberá incluir entre la información precontractual la «acreditación de tener concedido para España, y en vigor, el título de propiedad o licencia de uso de la marca y signos distintivos de la entidad franquiciadora» ex art. 3 b del RD 201/2010); y (ii) la prestación continuada por el franquiciador al franquiciado de una asistencia comercial, técnica o ambas. El carácter estratégico para el modelo de negocio desarrollado por la red de franquicias de este elemento ( know how) explica que el art.
Del lado del franquiciado, la definición de sus obligaciones es sumamente genérica en la normativa reseñada. Tanto en los Reglamentos comunitarios antes citados (Reglamentos 4.087/1988 y 2.790/99), como en el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, la única referencia enunciativa a las prestaciones a cargo del franquiciado es la de «una contraprestación financiera directa, indirecta o ambas». Esto implica que el contrato de franquicia es un contrato esencialmente oneroso, siendo la prestación del franquiciado de carácter financiero (directa, indirecta o ambas).
Así queda perfectamente definido el concepto del contrato de franquicia así como su contenido y régimen aplicable a raíz de la normativa y jurisprudencia existente.
Análisis del IX Observatorio de la AEF
El sistema de franquicias en España confirma su estabilidad jurídica. En este IX Observatorio se ha ampliado el análisis de la litigiosidad en franquicia, comprendiendo ahora los años de 1998 a 2024 (ambos inclusive). El estudio amplía su análisis al periodo comprendido entre 1998 y 2024, ambos inclusive, y registra un total de 1.034 sentencias: 1.011 dictadas por Audiencias Provinciales, 22 por el Tribunal Supremo y 1 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El informe desglosa año a año el número de fallos judiciales. De las 1.034 sentencias registradas, los ejercicios con mayor volumen se sitúan en 2018 (57), 2019 (56) y 2024 (58). Por el contrario, los primeros años de la serie, entre 1998 y 2001, apenas superaron la veintena anual. Las Audiencias Provinciales concentran la práctica totalidad de los litigios, con 1.011 resoluciones. De ellas, el 57,96% fueron instadas por el franquiciador y el 39,76% por el franquiciado. En el Tribunal Supremo se dictaron 22 resoluciones civiles durante el periodo analizado, con un máximo de cinco en 2012.
Respecto a los dos sectores que presentaron una mayor litigiosidad en el año 2024, estos son los de Hostelería/Restauración, con un total de 110 procedimientos, y Moda, con 107. Les siguen Belleza/Estética (79), Servicios de Transporte (46) y Servicios Inmobiliarios (44).
Luisa Masuet, presidenta de la AEF, felicita al comité por "demostrar con datos objetivos y fiables que la franquicia no es un sistema de negocio conflictivo. Por parte de BBVA, María Eugenia López, responsable de Negocios Especializados Pymes, subraya que "compartimos plenamente los principios de transparencia, rigor y compromiso con el tejido empresarial que inspiran este Observatorio.
La conclusión del IX Observatorio es clara: el sistema de franquicias en España mantiene un grado de litigiosidad mínimo y estable a lo largo del tiempo.
Comité de Expertos Jurídicos de la AEF
Este Comité se creó en el año 2004. Los miembros del Comité son, además, árbitros especializados en franquicia reconocidos por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, entre otras cortes arbitrales de carácter nacional, a través de los convenios firmados por la AEF.
Según explica el socio de Fieldfisher y presidente de este Comité de Expertos, uno de los fundadores de la AEF hace 31 años, Jordi Ruiz de Villa, en conversaciones con Economist and Jurist, respecto a los dos sectores que presentaron una mayor litigiosidad en el año 2024, estos son los de Hostelería/Restauración, con un total de 110 procedimientos, y Moda, con 107. “Sin embargo, los datos revelan que es un sistema seguro y de poco riesgo. Nuestros colegas americanos se sorprenden cuando conocen estos datos y ven la poca litigiosidad que existe.
El estudio refleja que en estos 27 años analizados se dictaron un total de 1.034 sentencias: 1.011 en Audiencias Provinciales, 22 en el Tribunal Supremo y 1 en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De esas 1.011 sentencias, 586 (el 57,96 %) fueron instadas por el franquiciador y 402 por franquiciados (el 39,76 %).
Sentencia del Tribunal Supremo sobre Fijación de Precios
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que prohíbe a las franquicias la fijación de precios incluso cuando se trata de un contrato vencido, ya que vulnera la ley de Defensa de la Competencia y la normativa comunitaria.
Se trata del caso de un particular que suscribió con La Botica un contrato de franquicia vigente durante cinco años, que entre otras cláusulas establecía que el franquiciado no es libre a la hora de aplicar los precios y debe seguir los fijados por el franquiciador.
Lo relevante del caso es, como destaca el Supremo, que la ley de Defensa de la Competencia prohíbe “la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio”.
Desde el bufete Navas & Cusí, la letrada Mirian Navas explica que el fallo del Supremo avala la nulidad del contrato aunque este estuviera ya vencido, ya que se firma el 1 de octubre de 2013 por un período de cinco años prorrogable, y tres meses antes del 1 de octubre de 2018 el franquiciado manifiesta su intención de no renovar.
Asimismo, Navas destaca que la nulidad del contrato de franquicia supone la nulidad también de la cláusula penal de no concurrencia de 120.000 euros.
Incumplimiento de Cláusulas y Consecuencias Legales
El incumplimiento de cláusulas en los contratos de franquicia puede traer consecuencias legales, tal como indica una sentencia de 2024 del Tribunal Supremo.
En este caso, nuestra experta analiza la sentencia resultante tras varias demandas y recursos entre la empresa DISBOPER y una de sus franquicias, Doña Milagrosa, reclamando penalizaciones e incumplimientos de cláusulas en el contrato de franquicia.
Es decir, que en este caso, "el hecho ilícito sería la infracción de normas de la competencia por imposición de precios. La norma general sería que quien crea la distorsión de la competencia deba indemnizar los daños y perjuicios causados a la parte contraria.
Asimismo, la jurisprudencia, por su parte, ha enten-dido que este tipo de ... En el marco de las franquicias se configuraría por tres elementos: ... ... hoy en día, cada vez se ofrecen más franquicias “sin casi necesidad de inversión inicial y sin ... tiene prácticamente completo control sobre el franquiciado “de hecho, la relación es casi ... ística no es discutida en la jurisprudencia laboral a la hora de calificar el contrato de ...
Análisis de Sentencias Recientes
Para ilustrar la aplicación práctica de la jurisprudencia en contratos de franquicia, a continuación se presentan algunas sentencias recientes:
- Sentencia Civil 245/2025 Audiencia Provincial Civil nº 2, Rec. 246/2023 de 30 de abril del 2025: Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida. Por parte de la entidad Digital Market, S.L. y de D. Artemio y Dª. Concepción se ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia de fecha 18 de Diciembre de 2.022, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 5 de San Sebastián.
- Sentencia Civil 546/2024 Audiencia Provincial Civil nº 8, Rec. 136/2023 de 25 de noviembre del 2024: Por parte de la representación de D. Teodoro se interpuso demanda de juicio ordinario de resolución contractual por incumplimiento de contrato de franquicia y reclamación de cantidad, frente a la entidad mercantil MR. JEFF ESPAÑA, SLU, solicitando la condena de la misma al pago de la cantidad de VEINTISÉIS MIL NOVENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (26.096,53.euro.
- Sentencia Civil 108/2025 Audiencia Provincial Civil nº 19, Rec. 1325/2022 de 10 de marzo del 2025: La sentencia de 1 de julio de 2022 del Juzgado de 1ª Instancia nº 49 de Barcelona, dictada en los autos de juicio ordinario nº 625/2018 estimaba la demanda formulada por Eleuterio contra GLOBAL NETWORKS INVESTMENTS SLU y BANCO SABADELL SA declarando la nulidad del contrato de franquicia suscrito entre los primeros el 18 de abril de 2016 condenando a GLOBAL NETWORKS INVESTMENTS SLU a l.
- Sentencia Civil 219/2025 Audiencia Provincial Civil nº 11, Rec. 924/2022 de 13 de marzo del 2025: La representación de ESCALERITAS FIT S.L., D. Eleuterio y D. Adrian interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada el 17 de junio de 2022 por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Barcelona en autos de juicio ordinario nº 262/2021. El referido procedimiento se inició en virtud de demanda interpuesta por ANY TIME FITNESS INERIA S.L. contra la recurrente en la q.
- Sentencia Civil 72/2025 Audiencia Provincial Civil nº 8, Rec. 1423/2022 de 14 de febrero del 2025: La parte actora SUPERMERCADOS CHAMPION, S.A.U., CENTROS COMERCIALES CARREFOUR, S.A., SOCIEDAD DE COMPRAS MODERNAS, S.A.U. y GRUP SUPECO MAXOR, S.L.U. presentó demanda contra 2015 ALL SUPERMERCADOS, S.L., Doña Reyes y Don Jesús Manuel en reclamación de cantidad. La demanda se basaba en que SU.
- Sentencia Civil 378/2024 AP Tarragona, Rec. 1099/2022 de 20 de junio del 2024: En la demanda rectora del proceso la entidad GOURMET JIENNENSE, S.L, reclamó de la demandada Doña Paloma la cantidad de 32.077,67 €, como precio debido de las facturas giradas por suministro de productos y mercancías en el marco de un contrato de franquicia concertado entre las partes en fecha 16 de agosto de 2016 para la venta de los productos entregados por la actora.
- Sentencia Civil 260/2024 AP Barcelona, Rec. 990/2021 de 17 de abril del 2024: Con la demanda inicial la actora, GRUPO OLMAR 2010 SL (en adelante OLMAR), ejercita una acción de responsabilidad contractual que dirige contra DISACA SA en reclamación de una indemnización por los daños y perjuicios, que comprende daño emergente y lucro cesante, ocasionados por el incumplimiento por parte de la demandada d.
- Sentencia Civil 156/2024 AP Madrid, Rec. 170/2023 de 22 de marzo del 2024: Para abordar mejor el conocimiento de este recurso de apelación consideramos adecuado hacer un breve resumen de las circunstancias que han rodeado a la relación jurídica mantenida entre GOCCO CONFEC S.A., entidad actora en este procedimiento y DIRECCION000 C.B.
- Sentencia Civil 384/2023 AP Madrid, Rec. 1066/2022 de 19 de septiembre del 2023: Se alzan en apelación la mercantil TUEPAPI SL Y D. Pedro contra la sentencia que ha estimado la demanda formulada por SUPERMERCADOS CHAMPION, S.A y CENTROS COMERCIALES CARREFOUR, S.A; se formula igualmente recurso de apelación por TUEPAPI SL contra el pronunciamiento desestimatorio de su demanda interpuesta contra SUPERMERCADOS CHAMPION S.A.
Datos Relevantes sobre Litigiosidad en Franquicias (1998-2024)
A continuación, se presenta una tabla con datos relevantes sobre la litigiosidad en franquicias en España, basada en el IX Observatorio de la AEF:
| Tribunal | Número de Sentencias (1998-2024) | Porcentaje |
|---|---|---|
| Audiencias Provinciales | 1.011 | 97.78% |
| Tribunal Supremo | 22 | 2.13% |
| Tribunal de Justicia de la Unión Europea | 1 | 0.09% |
| Total | 1.034 | 100% |
| Parte Instante | Número de Sentencias | Porcentaje |
|---|---|---|
| Franquiciador | 586 | 57.96% |
| Franquiciado | 402 | 39.76% |
| Sector | Número de Procedimientos (2024) |
|---|---|
| Hostelería/Restauración | 110 |
| Moda | 107 |
| Belleza/Estética | 79 |
| Servicios de Transporte | 46 |
| Servicios Inmobiliarios | 44 |
Estos datos proporcionan una visión clara de la distribución de litigios en el sector de las franquicias en España, destacando la importancia de las Audiencias Provinciales y los sectores más propensos a conflictos.
