La Ley 14/2013, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, tiene como objetivo fomentar la cultura emprendedora y facilitar la entrada de inversión y talento en España. Dentro de esta ley, se contemplan diferentes vías para residir y trabajar en España, entre ellas, la Autorización de Residencia para Emprendedores.
Esta autorización está regulada por los artículos 69 y 70 de la Ley 14/2013, y se orienta a personas que buscan contribuir al desarrollo económico y tecnológico de España a través de iniciativas empresariales. El solicitante debe ser un ciudadano extranjero mayor de 18 años que planee desarrollar una actividad empresarial innovadora en España.
Conoce todos los requisitos y el proceso para obtener este permiso, facilitando así tu entrada y establecimiento en el país como emprendedor.
¿Quién puede solicitar la Autorización de Residencia como Emprendedor?
Puede solicitar este tipo de autorización cualquier ciudadano extranjero (no comunitario) que quiera desarrollar una actividad emprendedora y empresarial de carácter innovador en España, o que pueda tener especial interés económico para España.
Es importante aclarar que se puede obtener un visado como emprendedor o bien una Autorización como emprendedor.
Requisitos Fundamentales
Además de demostrar que vas a desarrollar en España una actividad innovadora, es necesario acreditar lo siguiente:
- No encontrarse irregularmente en España.
- Ser mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
¿Cómo Solicitar la Autorización?
Actualmente, existen dos vías para acceder a este tipo de autorización de residencia y trabajo en España:
- Si te encuentras fuera de España: Es necesario obtener un visado de residencia para emprendedor. Esta solicitud se hace a través del Consulado de España que te corresponda en función de tu domicilio.
- Si te encuentras en España de forma legal: Podrás hacer directamente la solicitud de la Autorización de Residencia. En este caso, podrás hacer la presentación de la solicitud de tu permiso en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
La solicitud puede presentarse por el propio emprendedor o a través de representante debidamente acreditado.
Visado para emprendedores en España
Documentación Necesaria para la Autorización
La documentación que debes preparar para poder hacer esta solicitud es:
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor y, en su caso, de sus familiares.
- Seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, salvo que se vaya a desarrollar una actividad por la que se vaya a tener la condición de asegurado en el Sistema Nacional de Salud.
- Si te encuentras en España cuando se presenta la solicitud, si es titular de una estancia o de una estancia por estudios de menos de seis meses debes presentar el certificado de antecedentes penales, original, del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
- Acreditación de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España, lo que puede justificarse, en su caso, a través del correspondiente contrato de trabajo o de la documentación acreditativa de una relación profesional o por motivos de formación.
- Documento que acredite tu alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y el pago del Impuesto de Actividades Económicas (en caso de haber iniciado la actividad).
- Acreditación de los requisitos legales necesarios para iniciar la actividad o, en su caso, aportación de las copias de las solicitudes presentadas (licencias, cualificación profesional o colegiación en su caso, etc.).
- En el caso de que seas titular de una autorización de estancia o estancia por estudios en España de menos de seis meses, debes presentar un certificado de antecedentes penales del país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años.
Documentos Adicionales Según la Situación
- Si eres una persona emprendedora titular de un visado para llevar a cabo los trámites previos al inicio de una actividad emprendedora:
- Acreditación de estar en posesión de un visado de residencia para inicio de actividad emprendedora.
- Documentación que acredite tu alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y el pago del Impuesto de actividades Económicas.
- Si eres una persona emprendedora sin visado para llevar a cabo los trámites previos al inicio de actividad emprendedora:
- Acreditación de los requisitos legales necesarios para iniciar la actividad o, en su caso, aportación de las copias de las solicitudes presentadas (licencias, cualificación profesional o colegiación en su caso, etc.).
El Plan de Negocio: Clave para la Aprobación
Un elemento crucial en la solicitud es el plan de negocio. Este debe incluir:
- Descripción del proyecto.
- Descripción del producto o servicio.
- Análisis de mercado.
- Financiación.
- Valor añadido para la economía española.
- Tu perfil profesional (CV).
El proyecto emprendedor debe tener un carácter innovador o un especial interés económico para el país, y no se exige un mínimo de inversión o creación de empleo. No obstante, es esencial que el proyecto reciba un informe favorable de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA).
¿Cómo y Quién Valora mi Proyecto?
La valoración del plan de negocio se realiza a través de ENISA (Empresa Nacional de Innovación). ENISA colabora conjuntamente con las autoridades migratorias españolas y es responsable de valorar si el plan de negocio del proyecto es innovador o tiene un especial interés económico para España.
Siempre se hace un estudio individualizado de cada caso y de cada proyecto. En este sentido se valorarán los siguientes puntos:
- Tu perfil profesional: formación y experiencia profesional así como tu implicación en el proyecto.
- El Plan de negocio que debe contener, al menos:
- Descripción del proyecto: actividad empresarial a desarrollar, fecha de inicio, localización, forma jurídica prevista de la empresa, impacto económico potencial que supone la inversión, descripción del número de puestos de trabajo que se estima que puedan crearse y sus funciones y cualificaciones, actividades previstas de promoción y estrategia de venta.
- Descripción del producto o servicio (la descripción será detallada e incluirá los aspectos innovadores).
- Análisis de mercado: valoración del mercado y evolución esperada, descripción de los posibles competidores potenciales y análisis de la oferta y la demanda.
- Financiación: inversión requerida, fuentes de financiación y plan financiero, proveedores, subvenciones, créditos…
- También se tendrá en cuenta el valor añadido que pueda tener el proyecto para la economía española.
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IMPORTANTE: ENISA informará a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos de la presentación de la solicitud y una vez valorada la propuesta remitirá el informe.
Proceso de Solicitud Paso a Paso
Si estás fuera de España, deberás solicitar la autorización de residencia para emprendedores y emprendedoras y actividad empresarial. Aquí te mostramos los pasos a seguir:
- Paso 1: Envío del Proyecto Empresarial a ENISA
- Accede a la página web de ENISA, empresa nacional de innovación e inicia sesión.
- Completa el formulario con los datos del proyecto siguiendo los diferentes apartados que incluye.
- Abona la tasa establecida antes de iniciar el proceso de alta de la solicitud.
- Anexa los documentos obligatorios.
Una vez realizada la solicitud, se te informará de tu número de registro y podrás descargar el fichero con la solicitud firmada y el acuse de recibo. Tu solicitud se dirigirá directamente a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), que comprobará la documentación. Si en el momento de realizar la solicitud te encontrabas dentro de España, cuando recibas la resolución positiva ya podrás desarrollar tu actividad.
- Paso 2: Solicitud del Visado Nacional
- Para que puedas solicitar el visado nacional, previamente debes de obtener la autorización de residencia para emprendedores y emprendedoras y actividad empresarial.
- Una vez dispongas de la autorización, solicita cita previa en la misión diplomática u oficina consular de tu país de residencia.
- El visado debes solicitarlo en persona.
- Paga la tasa asociada al visado de residencia.
- Recibe o recoge tu visado. La misión diplomática u oficina consular te notificará la resolución de tu solicitud de visado por correo electrónico.
En el caso de encontrarse fuera del territorio español, una vez concedida la autorización, debe ser la propia persona interesada quien solicite el visado.
Documentos Adicionales para el Visado
Para la solicitud del visado, deberás presentar:
- Formulario de solicitud de visado nacional.
- Fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
- Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. Se requieren dos páginas en blanco en el pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
- Informe favorable sobre el proyecto. Original y una copia del Informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial competente en esta demarcación consular o por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones. El informe deberá tener en cuenta:
- Especialmente y con carácter prioritario, la creación de puestos de trabajo en España.
- El perfil profesional del solicitante, su formación y experiencia profesional, así como su implicación en el proyecto.
- El plan de negocio que describa el proyecto, el producto o servicio, el análisis de mercado y la financiación.
- El valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.
- Medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben la disponibilidad de medios económicos propios suficientes, o que acrediten una fuente de percepción periódica de ingresos para el emprendedor y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 50% del IPREM por cada familiar. Deberá presentarse documentación que permita verificar la percepción de ingresos periódicos y suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España o la tenencia de un patrimonio que garantice dicha percepción de ingresos, con un mínimo de 1.080 euros al mes o 12.908 € anuales y 537 euros al mes adicionales o 6.444 € anuales para el sostenimiento, en su caso, de cada uno de los familiares a cargo del interesado conforme a lo publicado para el IPREM del año. Quedan exceptuados de este requisito los solicitantes de visados de profesional altamente cualificados, de residencia por traslado intraempresarial, y los de formación o investigación.
- Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 2 años. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años.
- Seguro de enfermedad. Original y una copia de un certificado de seguro de enfermedad público o privado, concertado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro de salud requiere que las prestaciones de atención sanitaria deben estar cubiertas mediante asistencia directa (no de reembolso) sin limitación económica, sin deber pagar copago o franquicias, y sin carencias, y son las siguientes: servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud. El catálogo comprenderá las prestaciones correspondientes a salud pública, atención primaria, atención especializada, atención sociosanitaria, atención de urgencias, la prestación farmacéutica, la ortoprotésica, y de transporte sanitario.
Documentos para Familiares
Para cada familiar que acompañe al inversor se presentará:
- Todos los requisitos mencionados en los apartados 1, 2, 3, 6, 7, 8 y 10. En su caso, también el 9.
- Para los menores de edad, la solicitud de visado será firmada por uno de sus progenitores o por el representante debidamente acreditado.
- Documentos que prueben la relación de parentesco con el inversor: certificados de nacimiento o matrimonio expedidos por el registro civil, certificado de registro como pareja de hecho o cualquier otro documento que pruebe la relación como pareja no registrada.
- En el caso de los hijos mayores de edad, documentos que prueben la dependencia económica y el estado civil del hijo.
- En el caso de los ascendientes, documentos que prueben que están a cargo del trabajador.
Apostilla y Traducciones
Todo documento oficial no español (certificado de antecedentes penales, certificados de registro civil o en prueba de parentesco -de nacimiento, matrimonio, unión civil, etc.-) debe estar apostillado. Se debe presentar original apostillado y su fotocopia.
Todos los documentos por presentar con una solicitud de visado deben ser en español o en su caso adjuntar una traducción al español. Sólo se admitirán las siguientes traducciones:
- Realizadas en España por un traductor o intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC) de España.
- Realizadas o asumidas como propias por una representación diplomática o consular española en el extranjero.
- Realizadas por la representación diplomática o consular en España del Estado que emite el documento.
Tasas
El pago de la tasa correspondiente (Modelo 790 038) es un requisito indispensable. Para el visado, la tasa asciende a 60 euros (con carácter general). El valor de la tasa puede variar dependiendo del país. En ciertos supuestos, está prevista una reducción o una exención de la tasa.
Plazos de Resolución
El proceso de valoración de ENISA demorará 10 días hábiles, a los que se tendrán que sumar los 20 días hábiles necesarios para que la UGE resuelva el permiso de residencia una vez ENISA emita el informe favorable. El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, pero este plazo se podrá ampliar cuando se soliciten documentos adicionales o la celebración de una entrevista. Las solicitudes una vez que se presentan de manera completa y son enviadas a la autoridad en España tienen un plazo medio de resolución de dos semanas.
Innovación ENISA
Retirada del Visado
El visado debe ser retirado personalmente por el interesado o por su representante, sin necesidad de cita, en el plazo máximo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución favorable. El estado de resolución del visado se consulta online mediante el RESGUARDO entregado al realizar la solicitud. Una vez que el visado aparezca en estado “RESUELTO”, el solicitante deberá personarse en este Consulado General provisto de su cédula de identidad, en días laborables únicamente de 13:00-14:00 h. Se le entregará su pasaporte con el visado estampado o, en su caso, la resolución denegatoria.
Duración y Renovación de la Autorización
A diferencia de las autorizaciones reguladas en la Ley de Extranjería, las autorizaciones encuadradas dentro de la Ley de Emprendedores tienen una duración inicial de tres años.
Para poder renovar este permiso en España es necesario acreditar que seguimos desarrollando nuestra actividad laboral en España, con el correspondiente alta en Seguridad Social. Además es importante que la residencia sea legal y efectiva en España. Es decir, dicha residencia haya sido continuada en nuestro país y no hayas permanecido fuera de España más de 6 meses por año.
Familiares
Los familiares de estos trabajadores también podrán solicitar este tipo de autorizaciones de forma simultánea a la del trabajador, o bien, con posterioridad a la concesión de éste. Entre los familiares que pueden pedir este tipo de permisos, se limita al cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular y ascendientes a cargo.
Asesoramiento Legal
Contamos con un equipo de abogados expertos en derecho internacional y extranjería que te guiarán en cada paso del proceso para solicitar la residencia para emprendedores en España. Nos aseguramos de que tu solicitud cumpla con todos los requisitos legales, maximizando tus posibilidades de éxito.
La residencia para emprendedores es una vía atractiva para aquellos ciudadanos extranjeros que buscan llevar a cabo proyectos innovadores en España. Sin embargo, es fundamental cumplir con todos los requisitos y preparar la documentación de manera rigurosa para asegurar el éxito de la solicitud. Este proceso no solo permite al emprendedor residir y trabajar en España, sino que también contribuye al crecimiento económico del país.
