El programa de emprendimiento de segunda oportunidad está diseñado para proporcionar a los autónomos y emprendedores que no han tenido éxito en su trayectoria profesional una nueva oportunidad. Este programa incluye un incentivo económico para la realización de un itinerario personalizado de re-emprendimiento y empleo, así como ayudas económicas condicionadas a la decisión de volver a emprender tras el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
Finalidad y Objetivo de la Ayuda
El objetivo principal de estas ayudas es ofrecer una segunda oportunidad a aquellos autónomos y emprendedores que han enfrentado dificultades en sus proyectos anteriores. El programa proporciona:
- Un incentivo económico para un itinerario personalizado de re-emprendimiento y empleo.
- Ayudas económicas de hasta 12 meses, condicionadas a la decisión de volver a emprender.
Estas ayudas están destinadas a facilitar la vuelta al mercado laboral, ya sea a través de un nuevo emprendimiento o mediante la inserción en el mercado de trabajo por cuenta ajena.
Beneficiarios: ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los trabajadores autónomos o por cuenta propia que tengan reconocido el derecho a percibir la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social por el órgano gestor con el que se tengan cubiertas las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, a partir de la publicación de estas normas reguladoras, y aquellos trabajadores autónomos o por cuenta propia que teniendo reconocido el citado derecho, hayan iniciado el período de disfrute de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social en los 12 meses anteriores a la publicación de las normas reguladoras de estas ayudas.
Además, para acceder a estas ayudas, los beneficiarios deben cumplir con una serie de requisitos específicos y generales que garantizan el correcto uso de los fondos y el cumplimiento de los objetivos del programa.
¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda se divide en dos fases:
Primera Fase: Itinerario Personalizado de Re-emprendimiento y Empleo
- Cuantía: 420 euros mensuales durante los meses de realización del itinerario, con una duración máxima de 6 meses.
- Cuantía Adicional: 450 euros mensuales si el solicitante tiene a su cargo al menos a dos miembros de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad igual o superior al 33%, o menores acogidos). Estos familiares no deben tener rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Segunda Fase: Subvención para el Reinicio de la Actividad como Autónomo
- Cuantía: Subvención de parte de las cuotas correspondientes a los doce primeros meses iniciales al darse nuevamente de alta como trabajador autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, hasta un máximo de 200 euros mensuales.
Las dos fases previstas serán independientes, por lo que el beneficiario podrá realizar el itinerario personalizado de reemprendimiento y empleo y posteriormente reiniciar la actividad con el correspondiente alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, directamente, optar a la ayuda por su nueva alta como trabajador autónomo o por cuenta propia, siempre dentro de los plazos previstos en esta normativa para la realización de cada fase.
Gastos e Inversiones Subvencionables
Las acciones subvencionables se distribuyen en dos fases:
- Primera Fase: Realización de un itinerario personalizado de re-emprendimiento y empleo.
- Segunda Fase: Cuotas del beneficiario correspondientes al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
Detalles de la Primera Fase
- Asesoramiento y formación para la vuelta al mercado de trabajo durante un tiempo máximo de 6 meses.
- El itinerario comienza con un Informe de Diagnóstico Inicial, que incluye un análisis de los motivos del cese de la actividad, una valoración de las competencias y experiencia del beneficiario, y un cronograma orientativo.
- Cada cita de asesoramiento debe documentarse con el justificante de citación y el justificante de asistencia firmado por asesor y beneficiario.
- El itinerario finaliza con un Informe de Evaluación Final, que analiza los resultados del asesoramiento y formula recomendaciones para el reinicio de la actividad o la vuelta al mercado laboral.
Detalles de la Segunda Fase
- Subvención de las cuotas que sean objeto de abono por el trabajador autónomo durante los 12 meses iniciales al darse nuevamente de alta.
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Requisitos para Acceder al Programa
Con carácter general, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser perceptores de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social en el período establecido.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
- No incurrir en alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Cumplir las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Con carácter específico, en la primera fase del programa, el beneficiario deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Deberá firmar un compromiso con la Unidad de Autónomos, Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, para participar en un itinerario personalizado de re-emprendimiento y empleo (IPR) que consistirá en un programa de recualificación profesional con asesoramiento especializado y, en su caso, formación y acompañamiento.
- Haber percibido las mensualidades reconocidas de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social o, en su caso, las mensualidades inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Para acceder a la segunda fase del programa el beneficiario deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Haberse dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en el plazo máximo de los 3 meses siguientes a la finalización de la primera fase.
- En el caso de no haber participado o realizado el itinerario personalizado de reemprendimiento y empleo (IPR), darse de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en el plazo máximo de 3 meses después de la finalización de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social o, en su caso, en el plazo de 1 mes desde la resolución por la que se conceda el pago único de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
Ejemplo Práctico del Programa
Imaginemos a un autónomo que, tras el cierre de su negocio, accede a la prestación por cese de actividad. Este autónomo decide acogerse al programa de segunda oportunidad. Durante los primeros seis meses, recibe 420 euros mensuales mientras participa en un itinerario personalizado de re-emprendimiento, donde recibe asesoramiento y formación. Posteriormente, decide volver a emprender y se da de alta nuevamente como autónomo. Durante los siguientes doce meses, recibe hasta 200 euros mensuales para cubrir parte de sus cuotas de la Seguridad Social.
Líneas de Actuación del Programa de Emprendimiento
El programa de emprendimiento de segunda oportunidad se estructura en varias líneas de actuación, cada una con objetivos específicos:
- Línea 1: Estabilización de la iniciativa emprendedora: Apoyo a colectivos desfavorecidos o subrepresentados, con medidas de ayuda concretadas en función del género, la edad y situaciones especiales como discapacidad, violencia de género y terrorismo.
- Línea 2: Emprendimiento de segunda oportunidad: Facilita una nueva oportunidad a aquellos que han cesado su actividad, ofreciendo capacitación y apoyo para la continuidad de la actividad emprendedora.
- Línea 3: Capacitación profesional y estímulo a la innovación: Incrementa la capacitación de los autónomos, fomentando la gestión empresarial eficiente y la especialización profesional, así como el trabajo en investigación aplicada.
- Línea 4: Estímulo a la creación de empleo indefinido, competitividad y apoyo social: Ofrece soluciones para asegurar la continuidad y permanencia de los autónomos en su actividad, abordando situaciones de incapacidad temporal y fomentando la competitividad.
Estas líneas de actuación buscan simplificar los trámites administrativos, ofrecer ayudas específicas por sectores y colectivos, y garantizar la transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos.
Consideraciones Adicionales
Es importante tener en cuenta que no todas las deudas pueden ser eliminadas a través de la Ley de Segunda Oportunidad. Sin embargo, este mecanismo permite a aquellos que se acojan a esta ley la posibilidad de reducción de carga financiera ya sea total o parcialmente. Se eliminarán las deudas privadas (excepto compra de alimentos) y seguirá siendo necesario hacer frente a las deudas contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, aunque en determinados casos, esta deuda también podría ser eliminada.
Para determinar si cumples con los requisitos, es recomendable buscar asesoramiento profesional y realizar una consulta inicial gratuita.
Normativa Aplicable
El programa de emprendimiento de segunda oportunidad se rige por diversas normativas, entre las que destacan:
- ACUERDO de 12 de septiembre de 2017.
- ORDEN de 25 de octubre de 2017.
- ORDEN de 15 de noviembre de 2017.
- ORDEN de 15 de enero de 2019.
- ORDEN de 25 de noviembre de 2019.
- Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo (BOJA de 26 de septiembre de 2018).
Además, se deben tener en cuenta los reglamentos de la Unión Europea que regulan los fondos FEDER y FSE, así como la normativa estatal y autonómica en materia de subvenciones y trabajo autónomo.
La presente orden se ajusta al principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación necesaria e imprescindible para conseguir la finalidad perseguida; al principio de seguridad jurídica, al estar ajustado al procedimiento regulado para la tramitación de este tipo de normas; al principio de transparencia, teniendo en cuenta que en su elaboración se ha posibilitado el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía; al principio de eficiencia, pues se ha tratado de evitar cualquier carga administrativa que resulte innecesaria y llevar a cabo una adecuada racionalización de los recursos públicos; y finalmente se ajusta a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, por cuanto que cualquier gasto o ingreso público que en cumplimiento de esta norma pudiera surgir en el futuro estarán supeditados al cumplimiento de los principios citados.
Tabla Resumen de las Ayudas
| Fase | Descripción | Cuantía | Requisitos Adicionales |
|---|---|---|---|
| Primera | Itinerario Personalizado de Re-emprendimiento y Empleo | 420 €/mes (hasta 6 meses) | Compromiso con la Unidad de Autónomos |
| Primera | Itinerario Personalizado de Re-emprendimiento y Empleo (con familiares a cargo) | 450 €/mes (hasta 6 meses) | Tener al menos dos familiares a cargo |
| Segunda | Subvención para el Reinicio de la Actividad como Autónomo | Hasta 200 €/mes (durante 12 meses) | Alta en el RETA dentro de los 3 meses siguientes a la finalización de la primera fase |
En resumen, el programa de emprendimiento de segunda oportunidad ofrece una valiosa ayuda para aquellos autónomos que buscan un nuevo comienzo. Con una combinación de apoyo económico y asesoramiento personalizado, este programa facilita la vuelta al mercado laboral y fomenta la creación de nuevas empresas.
