El Programa de Impulso al Ecosistema Emprendedor Innovador tiene como objetivo financiar iniciativas y eventos que apoyen a los emprendedores y, principalmente, a las empresas emergentes, con el fin de promover sus actividades, tanto a nivel nacional como internacional. La finalidad de esta línea de ayudas es promover el emprendimiento y la innovación en todo el territorio nacional, contribuir al desarrollo de ecosistemas regionales y locales, fortalecer los foros de encuentro, redes formales e informales de apoyo a emprendedores y oportunidades de formación.
El apoyo a estos eventos contribuirá al fortalecimiento del tejido empresarial, su competitividad y posibilidades de crecimiento e internacionalización, además de potenciar la atracción de talento e inversión a esos territorios.
¿A quién está dirigido el programa?
Estas ayudas están dirigidas a entidades públicas o privadas (agencias de desarrollo local, confederaciones empresariales, empresas de planificación de eventos, operadores, consorcios, asociaciones y/o grupos de startups, etc.) que tengan la intención de organizar eventos de emprendimiento innovador como exposiciones, ferias, congresos u otro tipo de eventos relacionados con las actividades promovidas en esta convocatoria.
El ochenta por ciento del público de estos eventos serán empresas emergentes, emprendedores, particulares que estén considerando iniciar un proyecto empresarial, inversores u otras partes interesadas en el ecosistema emprendedor (asociaciones, agencias gubernamentales, instituciones financieras y otras partes interesadas implicadas en el impulso del ecosistema emprendedor).
Características del Programa
Estas subvenciones concederse mediante concurrencia competitiva y considéranse subvenciones de minimis, pudiendo acadar un importe máximo de 100.000 €. Podrás presentar un máximo de dos solicitudes de subvención. Poderás subcontratar ata o 75 % do importe total da subvención. Los costes subvencionables son los principales gastos directos da organización dun evento, pero convén analizar cales son e que límites teñen no marco desta convocatoria de propostas.
Las ayudas objeto de esta convocatoria tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido. Las ayudas previstas se destinarán a financiar los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo de las actuaciones descritas en el artículo 7 para las que se hayan concedido.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas comparables de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, lo que deberá justificarse adecuadamente en base a motivos técnicos.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa, así como cuando únicamente sea posible presentar una oferta. En ningún caso se considerará subvencionable cualquier tipo de impuesto, salvo cuando no sea susceptible de recuperación por el beneficiario.
Proceso de solicitud · Programa Aceleración de Startups
Requisitos para los Beneficiarios
Para obtener estas subvenciones, la entidad solicitante debe tener al menos dos años de experiencia en la organización de eventos o en el apoyo, asistencia o ayuda a empresas emergentes, emprendedores o personas que estén considerando iniciar un proyecto emprendedor, o en la dinamización del ecosistema empresarial. Las entidades beneficiarias deben tener su domicilio fiscal en España. Al anunciar y promover actividades, se debe indicar que estas están financiadas con fondos del Ministerio de Industria y Turismo, que fueron incorporados al presupuesto de la Fundación EOI.
Podrán ser beneficiarios los que cumplan las siguientes condiciones:
- Ser una entidad válidamente constituida con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal y principal centro operativo en España.
- Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con una antigüedad mínima de dos años antes de la fecha de publicación en el BOE del extracto de la convocatoria.
- Cumplir con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en lo referente a los requisitos para obtener la condición de beneficiario, no pudiendo estar incurso en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la misma ley.
- Disponer de, al menos, dos años de experiencia, en los últimos seis años en la organización de eventos o en apoyo, asistencia o ayuda a startups, personas emprendedoras o personas que estén valorando iniciar un proyecto emprendedor, o la dinamización del ecosistema empresarial.
- Disponer de recursos económicos y humanos suficientes para ejecutar la ayuda solicitada.
- No tener deudas por reintegro de ayudas, préstamos o anticipos con la Administración, o estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
Además de las obligaciones recogidas en el artículo 6 de la orden, los beneficiarios tendrán las siguientes obligaciones de carácter específico:
- Garantizar que los destinatarios de las actuaciones objeto de ayuda sean principalmente (en un porcentaje superior al 80 por ciento) empresas emergentes (startups), personas emprendedoras, personas que estén valorando iniciar un proyecto emprendedor, inversores u otros actores del ecosistema emprendedor (asociaciones, administración, entidades financieras y otros actores implicados en la dinamización del ecosistema emprendedor).
- Seleccionar, en su caso, a los asistentes al evento en condiciones de igualdad, transparencia y objetividad.
- Comunicar al órgano concedente las actividades concretas a desarrollar con una antelación mínima de un mes natural con detalle del tipo de actividad, lugar de celebración, fecha, hora, participantes y programa previsto. Esta comunicación no será necesaria cuando la información este incluida en la solicitud de subvención.
Actuaciones Subvencionables
Las actuaciones objeto de las ayudas que se regulan en esta orden consistirán en la celebración de eventos de emprendimiento innovador que estimulen e impulsen el espíritu emprendedor innovador. La celebración del evento incluirá las actividades necesarias para su organización y desarrollo, así como las actividades posteriores de análisis de satisfacción, análisis de resultados y seguimiento de actuaciones.
Los eventos de emprendimiento innovador serán actos de carácter local, autonómico, nacional o internacional a celebrar en un lugar concreto, con una duración mínima presencial de una jornada (6 horas). El evento de emprendimiento innovador debe tener lugar en la anualidad 2025. El periodo en el que se podrán realizar gastos subvencionables abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Cuantía de la Ayuda
La intensidad máxima de la ayuda concedida corresponderá al 100 por cien de los gastos subvencionables de la Propuesta de Actividades presentada hasta un importe máximo de 100.000 euros por Propuesta. Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión de 13 de diciembre de 2023 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
¿Qué obtienes con el programa?
El objetivo principal de estos eventos de emprendimiento innovador es crear el ambiente adecuado para que tanto los emprendedores como las empresas emergentes se conecten con distribuidores, inversores y clientes potenciales; establecer contactos, aprender, estudiar la competencia u obtener acceso a otras entidades líderes dentro del sector. Una vez abierto o proceso de inscrición, indicaranse aquí os pasos a seguir para beneficiarse do programa.
Proceso de Solicitud
El solicitante elaborará una Propuesta de Actividades describiendo las actividades a realizar para un evento, en un lugar físico concreto. La Propuesta de Actividades recogerá información sobre la entidad solicitante, los objetivos perseguidos y las actividades a desarrollar. La Propuesta de Actividades se redactará de acuerdo con las indicaciones que figuren en la Guía para la Solicitud que se publicará en la sede electrónica de la Fundación EOI.
Fechas Importantes
- ABIERTO O PERÍODO DE SOLICITUDE: El plazo de presentación de solicitudes está abierto del 07/05/2025 al 06/06/2025 a las 23:59.
- El acceso á solicitude e á documentación complementaria para a súa presentación está dispoñible na sección de Convocatorias Abertas da sede electrónica da EOI.
Si es una organización interesada en el Programa de Impulso a Ecosistemas Emprendedores Innovadores, participa en la convocatoria de solicitudes en cuanto se publique y podrás enviar tu solicitud directamente.
