En los últimos años, el emprendimiento basado en la innovación ha ido ganando terreno, impulsado por el éxito de las empresas digitales que nacieron de pequeños proyectos innovadores. El acceso a un caudal inmenso de conocimientos y datos en internet, sobre los que pueden desarrollarse nuevos productos y servicios, y el avance en los conocimientos científicos y técnicos que hacen posible transformar los resultados de la investigación en empresas viables, han sido clave en este auge.
En este contexto, la Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, conocida como Ley de Startups, sitúa a España a la vanguardia de Europa en el ámbito del apoyo a estas empresas innovadoras de base tecnológica y en la atracción de talento y capital internacional.
La norma se aprobó por amplia mayoría en el Congreso de los Diputados el 1 de diciembre de 2022, tras incorporar numerosas aportaciones de los actores del sector y los diferentes grupos parlamentarios. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 22 de diciembre de 2022 y entró en vigor al día siguiente. La iniciativa forma parte de la Agenda España Digital 2026 y se enmarca en las reformas estructurales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para mejorar el clima de negocios, complementando la Ley Crea y Crece y la Ley Concursal.
Objetivo de la Ley de Startups
La norma busca apoyar a las empresas emergentes innovadoras de base digital, sobre todo en sus inicios, adaptando el marco administrativo, fiscal, civil y mercantil a sus especificidades. Con ese fin, incluye medidas para impulsar la creación y el crecimiento de este tipo de empresas, reforzar la atracción de talento e inversores internacionales a España, estimular la inversión pública y privada y fomentar la circulación del conocimiento. También se propone potenciar el emprendimiento rural y eliminar las brechas de género para que haya más mujeres emprendedoras.
En España se ha desarrollado un incipiente ecosistema de empresas emergentes en torno a algunos polos de atracción de talento, capital y emprendedores, que despuntan en el panorama europeo. Más allá de los centros urbanos, es fundamental fomentar el desarrollo de polos de atracción de empresas emergentes en ciudades periféricas, así como en entornos rurales, favoreciendo la interrelación de estas empresas y de los territorios para así aumentar su oportunidad de éxito.
¿Qué es una Startup o Empresa Emergente según la Ley?
La norma establece los siguientes requisitos para que una empresa sea considerada como startup:
- No superar los 5 años de antigüedad (7 en el caso de sectores estratégicos como la biotecnología o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España).
- No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no sean consideradas emergentes.
- No distribuir dividendos.
- No cotizar en bolsa.
- Tener la sede social o establecimiento permanente en España.
- Tener al menos al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España.
- No superar un volumen de negocio anual de diez millones de euros.
- Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. La innovación puede consistir en desarrollar productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica.
Las empresas emergentes presentan características específicas que hacen difícil su encaje en el marco normativo tradicional. Todas estas características de las empresas emergentes encajan mal con los marcos normativos tradicionales en el ámbito fiscal, mercantil, civil y laboral. Ello justifica un tratamiento diferenciado respecto a empresas con modelos de negocio convencionales.
Certificación como Empresa Emprendedora e Innovadora
Los emprendedores que quieran acogerse a los beneficios de esta ley deben solicitar a ENISA (Empresa Nacional de Innovación) que certifique el cumplimiento de los requisitos. Además de rápido, la certificación como empresa emergente es un proceso sencillo y gratuito para quien quiera emprender. ENISA dispone en su página web de un buscador que permite consultar datos de estas empresas, como la fecha de la certificación o la comunidad autónoma.
Incentivos Fiscales para Startups
Las principales medidas fiscales incluidas en la ley son:
- Reducción del tipo impositivo en el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes: del 25 % al 15 % en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.
- Ampliación de la aplicación del régimen fiscal especial de los trabajadores desplazados: se extiende a los profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, que podrán optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) durante el periodo impositivo de cambio de residencia y los cinco siguientes. Deben cumplir la condición de no haber residido en España durante los 5 periodos impositivos anteriores, frente a los 10 exigidos antes de la entrada en vigor de la ley.
- Posibilidad de extender el aplazamiento del pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sea positiva.
- Ampliación de la base máxima de deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación de 60.000 a 100.000 euros anuales. También se eleva el tipo de deducción (del 30 al 50 %).
- Mejora del tratamiento fiscal de las stock options (opciones sobre acciones) usadas para retribuir a los trabajadores de la startup. El importe exento de tributar se eleva de los 12.000 euros a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de 'startups' de acciones o participaciones.
En el capítulo I del título I y en las disposiciones finales segunda y tercera, se desarrollan un conjunto de incentivos fiscales para favorecer las necesidades específicas de este tipo de empresas.
En primer lugar y siguiendo el ejemplo de otros países del ámbito europeo, se suaviza la tributación inicial de las empresas emergentes, reduciendo el tipo del Impuesto de Sociedades del actual 25 % al 15 %, durante un máximo de cuatro años, siempre que la empresa mantenga la condición de empresa emergente.
Así, se eleva el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes, exención aplicable igualmente cuando dicha entrega sea consecuencia del ejercicio de opciones de compra previamente concedidas a aquellos.
Asimismo, se eleva, con carácter general, de tres a cinco años el plazo para suscribir las acciones o participaciones, a contar desde la constitución de la entidad, y hasta siete para determinadas categorías de empresas emergentes.
En particular, se disminuye el número de períodos impositivos anteriores al desplazamiento a territorio español durante los cuales el contribuyente no puede haber sido residente fiscal en España, que pasa de diez a cinco años, con lo que se hace más sencillo el acceso al régimen.
Adicionalmente, para la parte del rendimiento del trabajo en especie que exceda de dicha cuantía se establece una regla especial de imputación temporal, que permite diferir su imputación hasta el período impositivo en el que se produzcan determinadas circunstancias, y en todo caso, en el plazo de diez años a contar desde la entrega de las acciones o participaciones.
En tercer lugar, se aumenta la deducción por inversión en empresa de nueva o reciente creación, incrementando el tipo de deducción del 30 al 50 por ciento y aumentando la base máxima de 60.000 a 100.000 euros.
En cuarto lugar, se mejora el acceso al régimen fiscal especial aplicable a las personas trabajadoras desplazadas a territorio español con el objetivo de atraer el talento extranjero.
Además, se extiende el ámbito subjetivo de aplicación del régimen a los trabajadores por cuenta ajena, al permitir su aplicación a trabajadores que, sea o no ordenado por el empleador, se desplacen a territorio español para trabajar a distancia utilizando exclusivamente medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación, así como a administradores de empresas emergentes con independencia de su porcentaje de participación en el capital social de la entidad.
Ventajas Administrativas de la Ley de Startups
La ley ofrece las siguientes ventajas administrativas:
- Posibilidad de crear una empresa emergente en un solo paso, obteniendo un número de identificación fiscal, de manera que la empresa puede completar los trámites para su constitución posteriormente. Se elimina el doble trámite registral y notarial y se prevé un procedimiento íntegramente electrónico.
- Coste mínimo de aranceles notariales y registrales por la inscripción de sociedades de responsabilidad limitada.
- La ley exime a las startups de la exigencia de equilibrio patrimonial durante los tres primeros años desde su constitución. Esto implica que, en general, no tendrán que disolverse si sufren pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a menos de la mitad del capital social.
Atracción de Talento Emprendedor
La norma busca atraer y retener el talento nacional e internacional con medidas específicas como:
- Ampliación de la vigencia de las autorizaciones iniciales de residencia para emprendedores, inversores y estudiantes extranjeros. Además, la norma facilita la expedición del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) para los solicitantes de autorizaciones de residencia.
- Creación de un visado especial de 'nómadas digitales' -personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia frecuentemente- para titulares que trabajen en territorio nacional para sí mismos o para empleadores de cualquier lugar del mundo.
- Eliminación de la obligación de obtener el NIE para los inversores no residentes. Solo se exige tanto a ellos como a sus representantes la solicitud de los números de identificación fiscal (NIF) a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), a través de un procedimiento electrónico y con un plazo de resolución de 10 días hábiles.
- Eliminación durante tres años de la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad para emprendedores que, de forma simultánea, trabajen por cuenta ajena para otra empresa.
Asimismo, España presenta importantes activos para la atracción de profesionales altamente cualificados que desarrollan su actividad, por cuenta propia o ajena, mediante herramientas electrónicas. Es el primer país en despliegue de fibra óptica dentro de la Unión Europea, lo que proporciona unas buenas condiciones de conectividad, incluso en zonas rurales.
Para regular la residencia de este perfil de profesionales itinerantes y de otros muchos que puedan elegir España como un lugar de teletrabajo más estable, se crea una nueva categoría de visado y de autorización de residencia.
El visado para el teletrabajo de carácter internacional permite entrar y residir en España durante un máximo de un año mientras que sus titulares trabajan para sí mismos o para empleadores en cualquier lugar del mundo.
Este supuesto se añade a los previstos en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para facilitar la inmigración de interés económico para España, y se rige por ella, para beneficiarse de todas las ventajas que otorga esa Ley no solo en cuanto a los ajustados plazos de tramitación, con silencio positivo a su término, sino también por la posibilidad de reagrupación familiar.
Apoyo al Ecosistema Emprendedor
La ley apoya al ecosistema emprendedor a través de:
- Creación de la Oficina Nacional de Emprendimiento (ONE), el organismo encargado de coordinar los servicios de apoyo al emprendimiento. Su portal web funciona como punto de encuentro virtual del emprendimiento innovador en España y ofrece información sobre trámites, ayudas, convocatorias y jornadas, entre otros contenidos.
- Facilitación de las convocatorias para el diseño de soluciones innovadoras que resuelvan problemas o necesidades de la Administración (compra pública innovadora).
- Entornos regulados de pruebas. Por una parte, las empresas emergentes que operan en sectores regulados pueden solicitar a la autoridad administrativa reguladora de su ámbito de actividad una licencia de prueba temporal para el desarrollo de sus actividades. Por otra, los poderes públicos deben promover la creación de entornos controlados de pruebas (sandboxes, en inglés) para evaluar, durante períodos limitados, la utilidad, la viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en distintos sectores.
- Favorecimiento de la colaboración público-privada para crear empresas emergentes de base innovadora en el entorno universitario, así como las iniciativas para impulsar el emprendimiento de los estudiantes.
- Reducción de las cargas correspondientes a las startups para el acceso a ayudas públicas.
La Administración tiene un importante potencial de arrastre del emprendimiento a través de la contratación pública, así como la colaboración público-privada y el establecimiento de entornos seguros de prueba para la actividad de startups en entornos regulados.
La Administración puede proyectar, tanto al interior como al exterior, información sobre las características del sistema español de empresas emergentes, para facilitar la interconexión entre los distintos agentes que lo conforman y la atracción de capital y talento internacional.
Con el mismo espíritu de retroalimentación y mejora, se prevé la realización de un informe anual, que se elevará a las Cortes Generales, sobre la aplicación de la ley y sus resultados.
Requisitos para Acogerse a los Beneficios de la Ley
No podrán acogerse a los beneficios de esta ley aquellas empresas emergentes fundadas o dirigidas por sí o por persona interpuesta, que no estén al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, hayan sido condenadas por sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios, delitos de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, delitos contra la Hacienda pública y la Seguridad Social, delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos, así como a aquellas condenadas a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
Contexto y Alineación con la Agenda Digital
Asimismo, está recogida en la Agenda España Digital 2025, presentada el 23 de julio de 2020, y es uno de los hitos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por las instituciones europeas el 13 de julio de 2021.
Esta ley se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El principio de seguridad jurídica queda reforzado al ser la reforma plenamente congruente con el ordenamiento jurídico y haberse buscado, en todo lo posible, la alineación del régimen jurídico nacional con el régimen jurídico europeo y el mantenimiento de los instrumentos legislativos vigentes.
El principio de transparencia se garantiza a través del Boletín Oficial del Estado y todos los trámites de consulta, audiencia e información pública, donde las partes interesadas han tenido oportunidad de influir en el proceso de elaboración de esta ley.
Mejoras Introducidas Durante el Trámite Parlamentario
Algunas de las mejoras incluidas durante el trámite parlamentario y el paso por el Senado son las siguientes:
- Se contemplan mayores incentivos para el emprendimiento "en serie". Los socios fundadores de startups que se embarquen en nuevos proyectos podrán beneficiarse ilimitadamente de los beneficios de la Ley.
- Se potencia el emprendimiento rural, poniendo en marcha proyectos piloto en entornos rurales y alineando las iniciativas previstas en la Ley con el Territorio Rural Inteligente, un proyecto que prevé la incorporación de las nuevas tecnologías en ámbitos como la agricultura, la ganadería, el urbanismo o el medioambiente de los pueblos.
- Se flexibilizan los requisitos y se incorpora la posibilidad de retener al talento que finalice sus estudios para que busque empleo en España.
- Se crea un visado especial de Nómadas Digitales para titulares que trabajen para sí mismos o para empleadores de cualquier lugar del mundo en territorio nacional.
España a la Cabeza de Europa
La Ley de Startups es la primera orientada de manera específica a la creación de un ecosistema emprendedor innovador en Europa.
España ha demostrado voluntad propositiva y de cohesión en el impulso de las naciones de excelencia para el emprendimiento en Europa, como demuestra ser fundadores de la ESNA (European Startup Nation Alliance) junto a Austria y Portugal.
Dicha alianza está orientada a generar un ecosistema de emprendimiento digital coordinado en Europa, con el objetivo de duplicar el número unicornios tecnológicos en la UE para el año 2030. Un reto a gran escala donde España está asentando su liderazgo gracias a iniciativas como la norma recientemente aprobada.
Nuestro país lidera el ranking en cuanto al miedo al fracaso como obstáculo a la hora de emprender, con un 64% de la población frente al 47% de media mundial. (Informe GEM 20-21). Y, sin embargo, ha asentado su ecosistema emprendedor en el TOP 20 mundial, por encima de la media europea (GEM 20-21).
El Gobierno ha abierto la puerta a una revisión en la Ley Startup, un proyecto aprobado por casi unanimidad y que entró en vigor en enero de 2023, hace apenas dos años y medio. Los trabajos, encabezados por la Secretaría de Estado de Inteligencia Artificial y Digitalización dependiente del Ministerio de Óscar López, comenzaron hace más de un mes, con un proceso de escucha con varios actores de relevancia del sector en plena revisión del sector a nivel europeo para garantizar la autonomía estratégica y una mejor competencia, según ha podido saber EL MUNDO por fuentes del mismo. El Ministerio niega que este proyecto vaya a desembocar en una reforma total del texto.
Pese a ello, el Ejecutivo constituyó la pasada semana el Foro Nacional de Empresas Emergentes, un organismo contemplado en esta ley -y que se crea con notable retraso respecto al plazo normativo-. Este ente es un punto de interlocución entre casi una decena de asociaciones que representan a las startups y el capital riesgo y el sector público. Precisamente, en su jornada inaugural, se crearon tres grupos de trabajo, uno de ellos destinado a "políticas públicas y ecosistema, que sería el que debe abordar los obstáculos que siguen teniendo este tipo de compañías en el país. Según el comunicado del Gobierno, precisamente una de las metas del foro será "identificar" las barreras que enfrentan las startups y "propondrá soluciones para eliminarlas".
Estas barreras están relacionadas con una de las palabras de moda en el ecosistema tecnológico: las scaleups, empresas tecnológicas que siguen teniendo particularidades y necesidades de inversión por su crecimiento, pero que son más grandes que las startups y se quedan fuera del paraguas de la ley. En general, el proyecto fue bien acogido tras su aprobación tanto por emprendedores como inversores, que lo calificaban como un "buen primer paso", pero que dudaban sobre aspectos de la Ley.
Esta ponía en marcha un procedimiento rápido y digital de creación de empresas y otorgaba exenciones fiscales a la inversión y a las compañías que tuvieran menos de cinco años de vida y no hubieran recibido dividendos, ni cotizaran en bolsa. Este segundo punto es uno de los aspectos criticados porque precisamente obstaculiza el acceso al mercado de capitales de pequeñas compañías, algo que que está intentando impulsarse en España.
En este sentido, las fuentes consultadas señalan que la idea sería seguir la línea que va marcando la Unión Europea de potenciar a estas compañías para crear los gigantes tecnológicos comunitarios, en un tema en el que el Gobierno siempre ha sido capaz de entenderse con el PP, que recogía una Ley Scaleup en su programa de 2023.
La propuesta europea busca crear una región 28 (similar a la comunidad 18 propuesta por el Ministerio de Economía) que permita crear empresas que puedan operar en toda europa de forma digital en menos de 48 horas a través de una cartera digital única. Entre las prioridades de Bruselas se encuentra simplificar los instrumentos de financiación públicos y la creación de incentivos para que los fondos de inversión europeos crezcan y los grandes inversores institucionales entren en el sector. En esta línea, gran parte de las medidas se incluirían en la futura Ley Europea de Innovación, cuya adaptación a la legislación española podría servir de paraguas para acometer esta reforma y que incluirá también la promoción de los campos de pruebas legislativos, los famosos sandbox que el Gobierno está usando para probar productos financieros o proyectos de IA considerados de alto riesgo por la legislación europea.
La Ley de Startups supone uno de los grandes compromisos de esta legislatura y forma parte del conjunto de reformas para la mejora del clima de negocios del país, junto con la Ley Crea y Crece y la Ley Concursal, aprobadas este año. También es uno de los hitos más importantes para este ejercicio dentro de la Agenda España Digital 2026, hoja de ruta del ambicioso plan de digitalización que está llevando a cabo el país.
