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El País Vasco (Euskadi) ofrece diversas ayudas económicas diseñadas para apoyar a emprendedores y Pymes en diferentes etapas de su desarrollo. Estas ayudas abarcan desde el inicio de la actividad hasta la consolidación y crecimiento de empresas innovadoras. A continuación, exploramos algunas de las más importantes, sus requisitos y cómo acceder a ellas.

Ayudas de Apoyo a las Personas Emprendedoras: Ayudas a la Consolidación de una Actividad Empresarial

Esta ayuda económica está diseñada para apoyar a los empresarios y emprendedores en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). La actividad empresarial debe tener domicilio social y fiscal en la CAPV.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

  • Personas físicas, empresarios o profesionales individuales.
  • Socios de una Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles.

Cuantía de la ayuda:

  • La cuantía general de la ayuda será de 2.500 euros por persona.
  • Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si el solicitante es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud.
  • Otro 15% adicional en el caso de ser mujer.
  • En el caso de socios integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, la subvención no superará los 6.000 € para el conjunto de los socios.

Requisitos:

  • Acreditación del alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  • Acreditación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad profesional correspondiente.
  • Estar al corriente de pago en materia de subvenciones.
  • No tener deudas con el Estado, el País Vasco y/o la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionado por discriminación de cualquier clase, y cumplir con la normativa pertinente.
  • Haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o por razón de sexo.
  • Cumplir con la cuota establecida de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
  • No haber sido sancionado por contaminar.
  • Cumplir con el régimen de ayudas “minimis”.
  • No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
  • No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
  • Que no está percibiendo ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración Pública o entidad pública o privada.
  • Que no se halla incursa en procedimiento alguno de reintegro de subvención otorgada por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Inversiones Subvencionables:

Podrá ser objeto de subvención las siguientes inversiones en activos fijos directamente relacionados con la actividad:

  • Construcciones (incluido el estudio técnico del arquitecto), excepto adquisición de locales
  • Maquinaria
  • Instalaciones
  • Utillaje
  • Mobiliario
  • Equipos para procesos de información
  • Elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional. Se entenderán únicamente los siguientes:
    • Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías
    • Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación
    • Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotes mediante contraprestación
    • Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas
    • Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales
    • Los utilizados en servicios de vigilancias
    • Vehículos de venta ambulante
  • Contratos de franquicia
  • Aplicaciones informáticas
  • Fondo de comercio
  • Derechos de traspaso

¿Cómo se realiza el pago?

El abono de la subvención se realizará en un único pago tras la concesión de la misma.

Plazos y presentación de solicitudes:

  • Las solicitudes de las ayudas se resolverán según el orden de presentación hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria.

Documentación requerida para justificar la ayuda:

  • Acreditación del alta en el IAE y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, régimen especial por cuenta propia que corresponda o en la mutualidad profesional correspondiente.
  • Que se halla al corriente de pago en materia de subvenciones y que se compromete a comunicar cualquier cambio que pudiese suceder en esta circunstancia hasta el momento de la justificación del total de la subvención concedida.

Gauzatu Industria 2025

La ayuda, Gauzatu Industria 2025, pretende impulsar la creación y desarrollo de Pymes de Base Tecnológica y/o Innovadoras. Su objetivo es favorecer el crecimiento de las empresas para conseguir la recuperación de empleo y mejorar su calidad. Está dirigida a Pymes que tengan una base tecnológica y/o innovadoras y cumplan los requisitos para beneficiarse de activos fijos de inversión.

Características:

  • Anticipos reintegrables.
  • Tramitación a través de internet.
  • Anticipos proporcionales a las inversiones hasta un 35%, reintegrables con carácter fijo, durante 5 años.
  • Límites: 200.000€ por empleo generado y 150.000€ por mantenimiento del empleo, sin poder superar el 1.500.000€.
  • Dirigida a Pymes industriales extractivas y empresas cuya actividad principal incluya sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT en empresas industriales.

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Ayudas para Contratos de Relevo

Los beneficiarios de esta ayuda serán personas físicas o jurídicas que realicen contratos de relevo, ya sea a jornada completa o por tiempo indefinido, siempre que presten servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Cuantía:

  • 8.400 euros por cada contrato de relevo.
  • Posible incremento del 10% si la persona contratada es una mujer.

Tramitación:

  • Electrónica.
  • Plazo de tres meses para presentarla desde el día siguiente a la realización del contrato.

Ayudas para la Contratación por Excedencias o Reducción de Jornada

Esta ayuda pretende apoyar la contratación de personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras por cuenta propia o ajena que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para cuidar de hijos o familiares.

Ayudas para Espacios de Creación Cultural

Los espacios deben contar con infraestructuras adecuadas para organizar proyectos que faciliten la creación, producción y el diálogo entre artistas y sociedad.

Cuantía:

  • Máximo de 120.000€ sin superar el 70% del presupuesto aceptado.

Requisitos:

  • Tener la condición de arrendataria del inmueble.
  • Destinarlo a la creación cultural, investigación o experimentación.

Subvenciones:

  • Inversiones en construcción, mejora de inmuebles, compra de maquinaria, sistemas de energía para autoconsumo y gastos administrativos asociados.
  • Adquisición de software, patentes, licencias y el registro de marcas colectivas.

Ayudas para el Emprendimiento Comercial (MERKATARITZA EKINTZAILE)

Programas de ayudas destinadas a incentivar el emprendimiento comercial en la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE), adaptado a las características especiales del comercio. El objetivo es acompañar y apoyar a las personas y empresas emprendedoras en este sector.

Programas:

  • MERKATARITZA-EKINTZAILE AHOLKULARITZA: Ayuda económica para el asesoramiento técnico especializado.
  • MERKATARITZA-EKINTZAILE DIRULAGUNTZAK: Ayuda económica para ejecutar lo planteado en el asesoramiento previo realizado.

Líneas Subvencionales:

  1. ABIATU: Para la puesta en marcha de un negocio comercial.
  2. SENDOTU: Para la consolidación del negocio comercial.
  3. HAZI: Para la fase de crecimiento del negocio.

Gastos Subvencionables (MERKATARITZA EKINTZAILE AHOLKULARITZA):

  • Gastos de consultoría que superen la cantidad de 500 euros y estén sujetos a precios de mercado. El máximo subvencionable es de 5.000 euros.
  • El servicio de consultoría realizado deberá tener un mínimo de 35 horas.
  • Los gastos de consultoría que tengan un coste superior a 100 euros la hora, únicamente serán subvencionados hasta dicha cantidad.

Gastos No Subvencionables:

  • El Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido en factura, así como cualquier otro tributo.
  • Los gastos correspondientes a horas de trabajo interno del personal de la empresa.
  • Los gastos correspondientes a viajes, dietas y manutención.
  • Los servicios ordinarios de gestoría administrativa y de asesoría fiscal, laboral, financiera y contable.

Características de cada línea (MERKATARITZA EKINTZAILE AHOLKULARITZA):

Línea ABIATU: Subvenciona el asesoramiento para la puesta en marcha de un negocio comercial, en la elaboración de un Plan de Negocio, en el acompañamiento en su desarrollo y en el seguimiento de este.

Línea SENDOTU: Subvenciona el asesoramiento en la fase de consolidación del negocio comercial, para la elaboración de un Plan de Consolidación, el acompañamiento en su desarrollo y seguimiento de este.

Línea HAZI: Subvenciona el asesoramiento en la fase de crecimiento del negocio, elaboración de un Plan de Crecimiento, el acompañamiento en su desarrollo y seguimiento de este.

MERKATARITZA EKINTZAILE DIRULAGUNTZAK: Programa destinado a subvencionar las inversiones y los gastos de proyectos de emprendimiento comercial que radiquen o vayan a radicar en Euskadi.

Requisitos para acceder a este programa: Los solicitantes deberán haber completado el asesoramiento de la misma línea (ABIATU, SENDOTU o HAZI) del programa de ayudas «Merkataritza-Ekintzaile Aholkularitza» en los 2 años anteriores a la solicitud.

Inversiones Subvencionables (Líneas ABIATU, HAZI y SENDOTU):

  • Inversiones sujetas a precios de mercado que superen la cantidad mínima de 500 euros (IVA excluido), y cuya suma total alcance la cuantía mínima de 5.000 euros (IVA excluido). El máximo subvencionable es de 25.000 euros.

Ejemplos de inversiones subvencionables:

  • Inversiones en el local comercial, en instalaciones técnicas y en almacenes (reformas, acondicionamiento, accesibilidad, sostenibilidad).
  • Inversiones en mobiliario.
  • Inversiones en maquinaria especializada.
  • Inversiones en tecnología (equipos informáticos, software, comercio electrónico, equipos de comunicación, sistemas de punto de venta).
  • Inversiones en adquisición de vehículos (vehículos mixtos, bicicletas y triciclos de reparto).
  • Derechos de traspaso.

Gastos Subvencionables (Línea ABIATU):

  • Gastos sujetos a precios de mercado incurridos en la puesta en marcha del negocio comercial expresamente contemplados en el Plan de negocio (Línea 1. ABIATU). Cada gasto deberá superar la cantidad mínima de 100 euros (IVA excluido), y la suma total de todos ellos deberá alcanzar la cuantía mínima de 1.500 euros (IVA excluido).

Ayudas de la Diputación Foral de Bizkaia

La Diputación Foral de Bizkaia ha abierto una nueva convocatoria de ayudas a la puesta en marcha y funcionamiento de empresas, pensada para quienes estén arrancando una actividad empresarial entre julio de 2024 y julio de 2025.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

La convocatoria está dirigida a nuevos proyectos empresariales con base en Bizkaia. Esta ayuda puede beneficiarte si eres autónomo, sociedad limitada, cooperativa, comunidad de bienes o profesional individual, siempre y cuando cumplas los requisitos.

¿Cuánto dinero puedo recibir?

Hasta 15.000€, lo cual es especialmente interesante para negocios con varios socios, como cooperativas o pequeñas sociedades.

¿Cuándo y cómo se solicita?

El plazo de solicitud está previsto entre el 15 de enero y el 30 de julio de 2025. La solicitud se presenta de forma telemática.

Otros Requisitos y Consideraciones Importantes

Además de los requisitos específicos de cada ayuda, existen algunas condiciones generales que suelen aplicarse:

  • No haber sido subvencionado con anterioridad por la misma actividad, incurriendo en una sobrefinanciación.
  • Cumplir con la normativa en materia de igualdad y no discriminación.
  • No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
  • Actualización en el registro correspondiente para industrias vinícolas y otras actividades reguladas.
  • Comunicación a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) sobre intenciones de contratación.

Es fundamental revisar detalladamente cada convocatoria para asegurar el cumplimiento de todos los requisitos y maximizar las posibilidades de obtener la ayuda.