Muchos profesionales, artistas o particulares se enfrentan a una duda recurrente: ¿se puede hacer una factura sin ser autónomo? La respuesta, aunque parezca sencilla, tiene matices importantes. No siempre es necesario darse de alta como autónomo para emitir una factura, pero hacerlo sin cumplir ciertos requisitos puede generar problemas con Hacienda o la Seguridad Social.
En este artículo te explicamos cuándo se puede y cuándo no se puede hacer una factura sin ser autónomo, qué alternativas legales existen, qué impuestos debes declarar y cómo hacerlo correctamente para evitar sanciones. Además, descubre los escenarios y métodos legales para emitir una factura sin necesidad de darte de alta como autónomo, y cómo la normativa actual lo permite en casos muy concretos.
💰 ¿Puedo FACTURAR SIN SER AUTÓNOMO en España? [2025]
La necesidad de emitir una factura puntual puede surgir a cualquiera: por un trabajo esporádico, la venta de un bien o un servicio aislado. Pero la idea de tener que darse de alta como autónomo, con sus costes y trámites, parece un obstáculo desproporcionado para una sola operación. ¿Existe una alternativa legal para facturar sin cruzar ese umbral?
Si buscas una solución puntual y dentro de la legalidad para formalizar un ingreso sin convertirte en profesional autónomo, en este artículo abordamos el problema central: cómo realizar esta gestión cumpliendo estrictamente con Hacienda y la Seguridad Social, evitando sanciones.
Para entenderlo bien, hay que diferenciar entre actividad habitual y actividad esporádica. La Seguridad Social establece que cualquier persona que trabaje de manera habitual por cuenta propia debe registrarse como autónomo. Existen ciertos casos en los que darse de alta en Hacienda sin ser autónomo es legal y factible.
¿Por qué alguien querría hacer una factura sin ser autónomo?
No todo el mundo que necesita emitir una factura se dedica profesionalmente a una actividad económica. Algunos ejemplos frecuentes son:
- Una persona que realiza un trabajo puntual o esporádico (por ejemplo, diseñar un logotipo o impartir una charla).
- Un artista o creativo que recibe un pago único por una colaboración.
- Un profesional que está empezando su negocio y aún no alcanza ingresos estables.
- Un particular que ofrece un servicio ocasional (una traducción, una reparación, una consultoría puntual).
En estos casos, darse de alta como autónomo puede parecer excesivo, especialmente si los ingresos son bajos o se trata de una única factura. Pero cuidado: la ley no permite emitir facturas libremente sin estar registrado.
Marco legal: Hacienda y Seguridad Social
En España, el marco legal se basa en dos pilares:
- La Agencia Tributaria (Hacienda), que regula la facturación y los impuestos.
- La Seguridad Social, que exige alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) si existe actividad habitual.
Ambos organismos tienen criterios distintos, lo que genera confusión.
Hacienda
Permite emitir facturas sin ser autónomo si te das de alta de forma puntual en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (modelo 036 o 037), siempre que sea por una actividad no habitual. Registrar el alta en Hacienda presentando el modelo 036 o 037, lo que permite inscribirse en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
Seguridad Social
Por su parte, considera que debes darte de alta en el RETA si ejerces una actividad económica de forma habitual, aunque tus ingresos sean bajos. Sin embargo, no define con precisión qué significa “habitual”. Por ello, los tribunales han interpretado que si los ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la actividad no es continua, no existe obligación de alta como autónomo.
OJO MITO: En 2025, el SMI anual ronda los 15.120 € (1.260 €/mes). Por tanto, si tus ingresos puntuales están muy por debajo de esa cifra, puedes emitir factura sin alta en el RETA, siempre que cumplas con tus obligaciones fiscales. Esto no es cierto, al menos no directamente. Tendrás que ganar tu caso en los tribunales frente a la Seguridad Social.
¿Cuándo se puede hacer una factura sin ser autónomo?
Hay dos condiciones fundamentales que deben cumplirse simultáneamente:
- Actividad puntual o esporádica: No debe tratarse de una actividad regular o con continuidad en el tiempo. Si haces varias facturas cada mes, Hacienda considerará que es una actividad profesional habitual.
- Cumplimiento fiscal: Aunque no te des de alta en la Seguridad Social, sí debes registrarte en Hacienda para declarar los ingresos y los impuestos correspondientes.
Cumplidos estos dos requisitos, puedes hacer una factura legal sin ser autónomo y sin infringir la normativa. Para que facturar sin ser autónomo no sea considerado fraude, es crucial que la actividad no sea la principal fuente de ingresos y no sea recurrente.
Por ejemplo, un aficionado a la fotografía que realiza el reportaje de boda de unos amigos puede facturar sin estar dado de alta en el RETA, aunque sí en el IAE, siendo esta actividad legal y esporádica.
Tal y como comentábamos en el apartado anterior, no existe un umbral económico que permita facturar menos de 3.000 € sin ser autónomo de manera legal. Si trabajas de forma recurrente, aunque los ingresos sean bajos, podrías estar incurriendo en una irregularidad al no estar dado de alta en el RETA.
Por otro lado, si la actividad es totalmente puntual y aislada, puedes darte de alta en Hacienda mediante el Modelo 037, emitir la factura correspondiente y declarar los impuestos que correspondan. En definitiva, el criterio clave no es cuánto facturas, sino con qué frecuencia lo haces.
Es fundamental que la actividad no sea recurrente ni constituya tu principal fuente de ingresos.
¿Cuánto se puede facturar sin ser autónomo?
El Estatuto del Trabajo Autónomo no establece una cantidad de dinero a partir de la cual se exima u obligue a un profesional a darse de alta como autónomo. Según el Estatuto, toda persona física que lleve a cabo una actividad económica de forma habitual, personal, directa y por su cuenta tendrá que darse de alta en la Seguridad Social como autónomo.
Los juzgados, en diferentes sentencias, han entendido por habitual aquella actividad realizada repetidamente en el tiempo que genere unos ingresos mensuales superiores al Salario Mínimo Interprofesional. Por lo tanto, y atendiendo a esta jurisprudencia, se puede facturar como persona física, es decir, sin ser autónomo, siempre que se realicen trabajos puntuales que mensualmente no superen el SMI, que en 2026 se sitúa en 1.184 € brutos al mes en 14 pagas.
Para cumplir con la legalidad, tendrás que presentar el modelo 036 en Hacienda para declarar tu actividad económica y, por supuesto, tendrás que declarar los ingresos obtenidos en tu declaración anual de la renta.
Por tanto, puedes plantearte esta opción si solo vas a realizar actividades esporádicas. También en caso de que solo vayas a obtener ingresos limitados.
Según las circunstancias vistas y la legislación vigente, no se puede facturar sin ser autónomo cuando el profesional tenga unos ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional.
¿Cómo hacer una factura sin ser autónomo paso a paso?
Si vas a emitir una factura puntual, estos son los pasos que debes seguir para hacerlo correctamente:
Paso 1. Date de alta temporal en Hacienda
Debes presentar el modelo 036 o 037, marcando la casilla de alta en el Censo de Empresarios y Profesionales. Aquí indicarás:
- Tu actividad económica (epígrafe del IAE).
- Tus datos personales y fiscales.
- La fecha de inicio (y posteriormente la de cese).
Este trámite se puede hacer online con certificado digital o en la oficina de Hacienda.
Paso 2. Emite la factura correctamente
Tu factura debe incluir todos los datos obligatorios:
- Nombre, NIF y dirección del emisor y del cliente.
- Número y fecha de factura.
- Descripción del servicio o producto.
- Base imponible, IVA aplicable y total.
- Retención de IRPF (si procede).
Por ejemplo, un diseñador gráfico que realiza un trabajo puntual para una empresa debe aplicar:
- IVA del 21%.
- IRPF del 15% (o 7% si es su primer año de actividad).
Aunque no seas autónomo, la factura debe ser legal y completa, como la de cualquier profesional.
Paso 3. Declara tus impuestos
Aunque no seas autónomo, cualquier ingreso económico tiene sus correspondientes obligaciones fiscales.
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Se declara trimestralmente con el modelo 303 y se hace el resumen anual con el modelo 390.
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): Si facturas a empresas o profesionales, la factura debe llevar un 15% de retención de IRPF.
Paso 4. Da de baja tu actividad en Hacienda
Una vez emitida la factura y cumplidos los modelos fiscales, puedes darte de baja mediante el mismo formulario (036 o 037). Esto indica que ya no estás ejerciendo la actividad y evita que Hacienda te exija declaraciones trimestrales posteriores.
¿Qué impuestos se aplican en la factura?
Emitir una factura sin ser autónomo no te exime de aplicar los impuestos correspondientes. Debes seguir las mismas normas que cualquier profesional.
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Se aplica el tipo correspondiente (21%, 10% o 4%, según el servicio o producto). Debes ingresarlo en Hacienda mediante el modelo 303.
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): Se aplica una retención del 15% (o 7% si es tu primer año). Tu cliente debe ingresar esa cantidad mediante el modelo 111 y entregarte el certificado anual (modelo 190). Con carácter general, en servicios profesionales a empresas o profesionales se aplica retención.
Sin embargo, es posible que tu actividad profesional esté exenta de tributar IVA. Aunque no son numerosos, existen casos así. La enseñanza y formación, la asistencia sanitaria, las actividades culturales y deportivas, los servicios artísticos o los inmobiliarios (hay excepciones en todos los casos) son actividades exentas de IVA.
Alternativas legales para hacer una factura sin ser autónomo
Si necesitas emitir facturas ocasionales pero no quieres gestionar el alta temporal por tu cuenta, existen opciones legales para hacerlo de manera más sencilla.
A) Facturar a través de una cooperativa de trabajo
Las cooperativas de facturación permiten emitir facturas legalmente sin darte de alta como autónomo. Ellas se encargan de:
- Emitir la factura en su nombre.
- Ingresar el IVA e IRPF.
- Pagarte el importe neto como trabajador temporal.
Esta opción es válida para actividades puntuales, aunque Hacienda ha endurecido el control sobre estas cooperativas en los últimos años. Durante un tiempo, se promovieron las cooperativas de facturación y se llegó incluso a legislar a su favor como una herramienta clave para quienes deseaban facturar sin registrarse como autónomos. El Ministerio de Trabajo ha estado persiguiendo estas prácticas durante años, y cada vez con más determinación. Aunque han surgido algunas cooperativas, o similares, para este propósito, lo más prudente es evitarlas. No se recomienda.
B) Usar una empresa intermediaria
Existen plataformas que emiten facturas en tu nombre a cambio de una comisión. Es una solución rápida para colaboraciones únicas, pero debes asegurarte de que estén debidamente registradas y cumplan la normativa.
C) Crear tu propio alta temporal con Facturalia
Si prefieres gestionar todo tú mismo, herramientas como Facturalia te permiten:
- Emitir facturas profesionales online con todos los requisitos legales.
- Calcular automáticamente el IVA e IRPF.
- Generar los modelos tributarios para presentarlos en Hacienda.
Además, puedes usar Facturalia tanto si eres autónomo como si solo necesitas facturar de manera puntual.
Qué no debes hacer nunca
Aunque muchas personas lo hacen, hay prácticas que no son legales y pueden traerte consecuencias graves:
- Emitir una factura sin darte de alta en Hacienda. Toda factura debe tener respaldo fiscal.
- No declarar el IVA cobrado. Aunque sea una única factura, debes ingresar el IVA en el modelo 303.
- Facturar con el NIF de otra persona. Es un delito de suplantación y fraude.
- Emitir recibos o “facturas falsas”. Cualquier documento no registrado oficialmente carece de validez ante Hacienda.
- Realizar actividades continuadas sin alta en el RETA.
- No debemos recurrir a terceros para facturar nuestros servicios.
- Si se utilizan empresas pantalla o cooperativas para facturar sin estar de alta, lo que puede ser considerado fraude.
¿Qué pasa si Hacienda detecta que has facturado sin ser autónomo?
En este caso, la Seguridad Social puede llegar a reclamarte una gran cantidad de dinero en concepto de multas, sanciones y cuotas atrasadas. Si no cumples con los dos requisitos para poder facturar sin ser autónomo, las multas pueden suponer un desembolso mucho mayor que si te hubieras dado de alta en el RETA desde el principio.
Lo más habitual es que tengas que pagar todas las cuotas atrasadas, más un 20% de recargo y de la propia multa. Además, perderás todo derecho a bonificaciones y te cobrarán directamente la cuota de autónomos normal, más el recargo, más la multa por haber facturado sin ser autónomo.
Asimismo, deberás tener muy presente que si estás cobrando el subsidio por desempleo no podrás emitir facturas sin darte de alta como autónomo. De lo contrario, perderías el derecho a la prestación. Por eso es mejor capitalizar el desempleo y utilizarlo para el inicio de tu actividad.
Requisitos para facturar sin ser autónomo
En principio, todos los profesionales que vendan productos o presten servicios a terceros tendrán que estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). Sin embargo, la Seguridad Social establece lo siguiente:
“A los efectos del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, (…), se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo, y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas”.
Por lo tanto, los requisitos clave son:
- No realizar la actividad de forma habitual: A la hora de determinar qué es lo que entiende la Seguridad Social por “forma habitual” debemos tener en cuenta que la actividad no podrá reiterarse en el tiempo. Imaginemos un trabajo de diseño de una página web. Podremos facturar el servicio si el proyecto es puntual, es decir, lo facturo este mes, pero no el que viene. Si, por el contrario, también voy a facturar por el mantenimiento de la web y se trata de unos ingresos mensuales, esto sí que se consideraría una actividad habitual.
- No ingresar una cantidad superior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Actualmente, el SMI se encuentra en 1.184 € mensuales en 14 pagas. Diversas sentencias judiciales han establecido que no existe obligatoriedad de darse de alta como autónomo en el RETA cuando el interesado ingrese una cantidad inferior.
Cómo facturar sin ser autónomo
Básicamente deberás emitir una factura con tu NIF y datos personales. Este documento deberás guardarlo. Además, es importante que declares los ingresos obtenidos si presentas la renta.
Para emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo en la Seguridad Social, lo primero que debemos hacer es inscribirnos en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Es un trámite gratuito y esencial para emitir facturas. Mucho cuidado, porque si no estás inscrito en el Censo y emites facturas estarás cometiendo un delito.
Igualmente, tendrás que cumplir con las obligaciones tributarias. En todas las facturas que emitas, deberás computar el IVA y el IRPF. Así, de forma trimestral, tendrás que liquidar el IVA que hayas acumulado con la venta de tus productos o servicios, así como el IRPF. En esta entrada te explicamos cómo funciona el IVA y el IRPF en las facturas
Alternativas legales para facturar sin ser autónomo
Llegados a este punto, ¿qué opciones tenemos para facturar sin estar dado de alta como autónomo? Vamos a ver las que hay.
- Trabajar por cuenta ajena en una empresa o agencia de contratación: Si cuentas con unos ingresos habituales por parte de algún cliente pero no puedes darte de alta como autónomo, tienes la posibilidad de que una empresa o una agencia de contratación te conviertan en empleado, y así en vez de ser autónomo, serás asalariado. De esta manera, dicha entidad será la que se encargue de pagar las retenciones de IRPF y Seguridad Social que te corresponden. Evidentemente, serías un empleado por cuenta ajena, pero te evitarías ese trámite. Si conoces alguna empresa que pueda hacer ese trámite por ti, puede ser un intercambio interesante para ambos.
- Obtener contratos mercantiles sin estar dado de alta como autónomo: ¿es posible? Un contrato mercantil determina los términos en los que se va a realizar la prestación de un servicio entre un trabajador y quien contrata dicho servicio. Sin embargo, dichos acuerdos también están sometidos a un alta previa en el régimen de autónomos por parte de quien los va a ejecutar. Cabe la posibilidad de que hayas oído hablar de esta opción, pero sin el alta no es viable.
- Trabajos esporádicos: Como ya hemos mencionado, si ofreces servicios esporádicos una de tus opciones es establecer acuerdos de colaboración, ya sea con empresas o con particulares. Esta alternativa no precisa estar dado de alta como autónomo. Pero recuerda: deben ser trabajos puntuales, no habituales. Y no pueden superar un importe superior al Salario Mínimo Interprofesional fijado en España en ese momento.
Consejos para facturar como persona física
Te dejamos unos pequeños consejos a tener en cuenta, que te facilitarán el proceso para facturar:
- Revisa tu caso: Piensa que tienes todo el derecho a facturar como persona física siempre que no exista una actividad recurrente con ingresos y siempre que lo facturado esté por debajo del salario mínimo interprofesional. ¿Qué es una actividad recurrente? Pues una factura mensual al mismo pagador, por ejemplo.
- Date de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE): Es un trámite totalmente gratuito. Si prefieres hacerlo de forma presencial, lo único que tienes que hacer es presentarte en cualquier oficina de la Agencia Tributaria y solicitarlo. Una vez estés dado de alta en el IAE, podrás facturar libremente siempre que se den las circunstancias expresadas más arriba.
- Cuidado con las sanciones: Si no cumples las circunstancias corres el riesgo de que Hacienda te imponga una multa que puede ir de los 300 a los 3.000 euros.
- Valora los pros y los contras de darte de alta como autónomo: Evidentemente, si el servicio que estás prestando es algo puntual y que se agotará rápidamente, ni que decir tiene que no es una opción. Pero ¿y si puede convertirse en algo habitual? Recuerda que la tarifa plana de autónomos es una excelente ayuda para comenzar.
- Consulta con un asesor fiscal: Cada caso es un mundo, por lo que, ante la duda, lo mejor es que hables con un experto. Un asesor fiscal o laboral no solo te explicará qué puedes hacer o no, sino que te dará las mejores opciones para tu situación.
Preguntas frecuentes
¿Debo poner las retenciones de IRPF e IVA al facturar sin ser autónomo?
Sí. El hecho de no estar dado de alta en la Seguridad Social no te exime de pagar los impuestos derivados de tu actividad. Para hacer facturas es imprescindible estar dado de alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores (Hacienda), mediante el modelo 036. Y, en consecuencia, emitir las facturas con los impuestos de IRPF e IVA que correspondan a los productos o servicios que comercialices.
¿Es seguro usar cooperativas para facturar como persona física?
La Seguridad Social actuó de oficio años atrás contra algunas cooperativas, al considerar que era una fórmula para evitar el pago de cuotas a la Seguridad Social, y no un verdadero ejercicio del trabajo mediante cooperativa.
¿A partir de qué momento merece la pena darse de alta como autónomo?
Depende de numerosos factores. Si no se cumplen los requisitos económicos que te obligarían a darte de alta, es absurdo planteárselo. Pero si sí se dan, toca ver pros y contras. Desde 2023, puedes darte de alta y después de baja como autónomo tantas veces como quieras, siempre que la actividad sea temporal.
Descargo: Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento jurídico individual. En Cruz Guillén Abogados de Extranjería, somos especialistas en extranjería, nacionalidad española y tramitación de visados. Miles de clientes ya han confiado en nosotros para obtener su residencia, nacionalidad o visado. Si tienes dudas sobre tu situación legal en España o necesitas orientación profesional, no lo dejes para después. 📞 Contáctanos hoy.
