En el mundo empresarial, el modelo de franquicia ha demostrado ser una forma exitosa de expandir negocios y aprovechar la experiencia de otras empresas. La relación entre el franquiciador y el franquiciado se formaliza a través de un contrato de franquicia, un documento fundamental que establece los términos y condiciones de la relación entre franquiciado y franquiciador.
¿Qué es una Franquicia?
Una franquicia es una relación comercial en la que una empresa (franquiciadora) cede el derecho de explotación de su sistema de negocio a otra (franquiciada) a cambio de una compensación económica. Es una forma de expansión comercial de gran éxito, al permitir una rápida introducción en el mercado del franquiciador mediante inversiones limitadas, creando una red de distribución uniforme.
Por parte del franquiciado, es la oportunidad de montar un negocio más rápidamente y con más posibilidades de éxito debido al soporte y a la ayuda del franquiciador.
¿Qué es el Contrato de Franquicia?
El contrato de franquicia o “franchising” es el documento que regula todas las voluntades, obligaciones y derechos tanto del franquiciador como del franquiciado. Al ser dicho contrato atípico, se rige por la voluntad de las partes plasmadas en cláusulas y requisitos concretos.
El contrato de franquicia tendrá fuerza de ley entre las partes, según el Principio Pacta sunt servanda. Antes de que un franquiciado se comprometa con un franquiciador, es indispensable analizar su contrato, apreciar lo que dice y lo que no dice, para considerar sus ventajas y desventajas. Para entrar en una red siempre hay que saber cómo salirse de ella.
Elementos Esenciales del Contrato de Franquicia
El primer paso es entender cuáles son los elementos básicos de un contrato de franquicia, que son los que diferencian a este acuerdo de cualquier otra fórmula de colaboración empresarial y la dotan “de identidad propia para regular jurídicamente el régimen de derechos y obligaciones, de carácter recíproco, que corresponden al franquiciador y al franquiciado”.
Estos elementos esenciales son:
- La cesión o licencia de elementos de propiedad industrial (signos distintivos como marcas, rótulos de establecimientos, uso de una denominación comercial) para comercializar productos o servicios creando una imagen uniforme de la franquicia.
- La transmisión de un saber hacer (know-how).
- Prestación continuada de asistencia técnica o comercial al franquiciado, que debe ser continua durante toda la vigencia del contrato.
Entrega de Información Precontractual
La obligación de entregar la información pre-contractual en las redes de franquicia, recae en el franquiciador e incluye la información necesaria para poder decidir libremente y con conocimiento de causa la incorporación en la red. Entramos en un amplio período de negociación, precedido de un tiempo de reflexión, en el que los empresarios deberían estar debidamente asesorados. La información proporcionada es de suma relevancia a la hora de contribuir a la formación del libre consentimiento del Franquiciado.
¿Qué significa en concreto? Proporcionar los datos de identificación del franquiciador, acreditar la titularidad de la marca, describir el sector de actividad objeto del negocio de franquicia, estudiar los mercados afectados, exponer la experiencia de la franquiciadora, precisar el contenido y las características de la franquicia y de su explotación, delimitar la estructura y la extensión de la red en el territorio concedido, explicar la política de desarrollo de la cadena, establecer las estructuras de diálogo y finalmente brindar la propuesta de contrato. Se trata en definitiva de un dossier de viabilidad.
La información precontractual es de especial transcendencia dada las repercusiones que acarrea; pues, franquiciador y franquiciado son independientes, y el contrato de franquicia no asegura la rentabilidad del negocio, ni su garantía de éxito. El franquiciado, como empresario, asume los resultados del negocio y todos los riesgos que comporta. Así pues las previsiones que puedan presentarse en el dossier de viabilidad son orientativas y diferirán de la cifra real. La finalidad de la franquicia es el fin lucrativo, pero no es su causa.
Transferencia del Know-How
El franquiciador cede al franquiciado elementos de propiedad industrial (marca, rótulos, etc.), transmite un know-how y asegura una asistencia técnica y comercial durable a lo largo de toda la vigencia del contrato a cambio de una contraprestación (derecho de entrada o canon), creando así una imagen uniforme de la cadena. Son elementos esenciales que caracterizan la obligación principal del contrato. Se incluyen restricciones verticales relativas a los productos, como cláusulas de no-competencia, de distribución selectiva o de distribución exclusiva.
Por ello, cabe acreditar la transmisión del know-how, que en caso de tratarse de bienes inmateriales se suelen entregar manuales de gestión de los establecimientos, servicios y/o productos, renovándose continuamente las instrucciones.
Control de la Actividad del Franquiciado
Aunque las partes sean jurídica y económicamente independientes, en la práctica existen numerosas disputas en cuanto al control ejercido por el franquiciador para controlar la calidad del servicio. El franquiciado es plenamente responsable de sus obligaciones fiscales, laborales, administrativas y mercantiles así como del buen fin de la franquicia.
En este sentido, la Jurisprudencia ha precisado que el éxito de cada franquicia no depende únicamente de la capacidad económica y fondos propios del franquiciador, sino también de la adecuada gestión empresarial, de los productos, de las ventas y del perfil del franquiciado, de la cesión del know-how y del seguimiento de las instrucciones del franquiciador.
Aprovisionamiento Exclusivo
El circuito de aprovisionamiento debe ser precisado tanto se trate de productos o de servicios, como si el aprovisionamiento esté asegurado por el franquiciador, por unos proveedores referenciados o por una central de compras o de referencia.
La exclusividad de aprovisionamiento de productos amparados por una patente con el franquiciador puede ser total o parcial y debería estar justificada. El art. 2.2.e) del Reglamento de Defensa de la Competencia (Real Decreto 261/2008) prohíbe el establecimiento de cláusulas de aprovisionamiento exclusivo que superen los 5 años, cuando los productos, que el franquiciado deba aprovisionarse obligatoriamente en exclusiva, representen más del 80% de sus compras totales. En caso de proveerse en el libre mercado, el franquiciado deberá asegurar un nivel mínimo de calidad, características y resultados concretos. Y en todo caso, los franquiciados pueden aprovisionarse entre ellos productos y servicios de la red.
Finalmente, respecto a precios, el franquiciador no puede imponer a los franquiciados precios mínimos de venta en sus tiendas, pero sí recomendarlos e imponer precios máximos. Únicamente cabe la imposición excepcional de precios fijos de reventa por parte del franquiciador para campañas concretas y limitadas de lanzamiento de nuevos productos.
Cláusula de No Competencia
Es una cláusula habitual, válida y lícita, aplicable tanto durante como después del contrato, siempre que el umbral de la cuota de mercado del franquiciador sea inferior al 30%. Esta cláusula tiene por finalidad proteger la clientela y los derechos de propiedad intelectual, así como mantener la reputación y la identidad de la Red.
Durante el contrato, cabe estudiar sus límites: las actividades, los productos, los servicios y territorios afectados, así como las personas destinatarias y no puede superar los 5 años. Pues podría ser un freno al desarrollo de las actividades del emprendedor franquiciado y a la diversificación de sus inversiones. Después del contrato, no puede excederse de 1 año.
Cláusulas de Tanteo y Retracto y el Derecho de Consentimiento
El franquiciador siempre quiere controlar la transmisión del negocio o de las acciones de la sociedad franquiciada. Así pues, cabe estudiar estas cláusulas de muy cerca porque afectan al derecho de propiedad, al valor de la empresa franquiciada y finalmente al patrimonio del mismo franquiciado.
Aún así, los derechos de preferencia o las promesas unilaterales de venta pueden complicar mucho la venta de la empresa y afectar su precio a la baja. Junto con el derecho de consentimiento, estas cláusulas limitan el valor y la libertad de venta del Franquiciado, pero a la vez son un derecho del Franquiciador, quien escoge y controla quién entra en su Red, dado el intuitu personae y el carácter de colaboración que tiene el contrato de franquicia.
Duración y Prórrogas
Otro de los aspectos más importantes de un contrato de franquicia, y también de los que más interesa saber a los franquiciados, es la duración. Como otras cuestiones, también ha de regularse en una cláusula específica del contrato.
El plazo inicial debe ser lo suficientemente amplio como para garantizar la permanencia de la relación contractual acorde tanto a la inversión realizada por el franquiciado como a la fortaleza de la propia franquicia y su posicionamiento en el mercado. Además, se puede establecer o no un sistema de prórroga del contrato de forma automática o mediante acuerdo expreso entre ambas partes. Lo más habitual es la prórroga automática, salvo que cualquiera de las partes comunique a la otra su intención de no prorrogarlo dentro del periodo de preaviso que se establezca.
Incumplimiento del Contrato
En caso de incumplimiento del contrato por parte del franquiciado o del franquiciador, la parte cumplidora “exija su cumplimiento o la resolución anticipada del contrato, con reclamación de la indemnización que proceda por los daños y perjuicios que le hayan sido irrogados”.
En el contrato debe haberse contemplado de forma clara cuál es el medio de resolución de conflictos, ya sean los juzgados, tribunales ordinarios o el arbitraje. Si es una de las dos primeras opciones, lo habitual es “establecer una cláusula de sometimiento a los juzgados y tribunales de un determinado partido judicial con renuncia por ambas partes de cualquier otro que pudiera corresponderles según la normativa aplicable”. Para conflictos que se resuelvan a través del arbitraje, es importante aclarar también ante qué corte se plantearán las controversias.
Cláusulas Adicionales Comunes
Además de las cláusulas esenciales, es habitual incorporar otras cláusulas adicionales en el contrato de franquicia:
- Cláusula de publicidad: Establece el modo, el tiempo y el lugar en los que se va a desarrollar la publicidad y la promoción de nuevos productos.
- Cláusula de prohibición de cesión: Prohíbe la subcontratación de la franquicia.
- Cláusula de retorno: El franquiciado se compromete a comunicar al franquiciador todas las experiencias o novedades que puedan afectar positivamente al modelo de negocio.
- Cláusula indemnizatoria: Establece las cuantías que se deben abonar en caso de incumplimiento del contrato por cualquiera de las partes.
- Cláusula de resolución de conflictos: Las partes se obligan a resolver sus conflictos a través del medio recogido en el contrato (judicial, arbitraje o mediación).
Derechos de Propiedad Intelectual
Cuando un emprendedor decide iniciar una franquicia, lo que realmente adquiere es un ecosistema completo de derechos de propiedad intelectual que van mucho más allá de un simple logotipo o nombre comercial. La transferencia de derechos en una franquicia es un proceso complejo y estratégico donde el franquiciador comparte su patrimonio intangible más valioso.
En los contratos de franquicia es habitual incorporar cláusulas de no competencia y de exclusividad (entre otras), así como indicaciones sobre el precio al que deben venderse los productos finales.
Marco Jurídico Aplicable
El marco legal del contrato de franquicia recoge los siguientes ámbitos legales:
- El Comercio Minorista: Ley 7/1996 de 15 de enero, de Ordenación del comercio minorista (modificada por la Ley 1/2010 de 1 de marzo) y el Real Decreto 201/2010 de 26 de febrero por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de Franquiciadores.
- La Propiedad Intelectual: Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas; Ley 10/2002, de 29 de abril, de Patentes; Ley 20/2003 de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial; Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
- La Competencia: con la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia; Real-Decreto 261/2008, de 22 de febrero, de Defensa de la Competencia, y la Ley 3/1991 de 10 de enero de Competencia Desleal.
- La Protección de datos: Ley orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal modificada por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre y la Ley 34/2002 de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico.
- la Protección de los consumidores: con el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, modificada por la Ley 29/2009 de 30 de diciembre, y otras leyes complementarias y finalmente.
- La normativa comunitaria en materia de acuerdos verticales: con el reglamento (CE) nº 330/2010 de la Comisión, la Comunicación (DOCE C291 de 13 de octubre de 2000), las directrices nº 11, 45, 48, 52, 53, 87 y 95; 189 a 191; 225 y 226 sobre los acuerdos de franquicia.
Tabla Resumen de Cláusulas Esenciales
| Cláusula | Descripción |
|---|---|
| Objeto del contrato | Define el alcance de la franquicia y los derechos otorgados. |
| Duración y renovación | Especifica el plazo de vigencia y las condiciones de renovación. |
| Cuotas y pagos | Detalla la cuota inicial, regalías periódicas y otros pagos. |
| Obligaciones del franquiciante | Capacitación, asistencia técnica, manuales operativos y apoyo en marketing. |
| Obligaciones del franquiciado | Operar el negocio según estándares, reportar ventas y respetar la imagen de marca. |
| Cláusula de no competencia | Impide abrir negocios similares durante y después de la franquicia. |
| Propiedad intelectual | Protege el uso de la marca, logotipos y procedimientos. |
| Causales de terminación | Establece las circunstancias para rescindir el contrato. |
| Resolución de conflictos | Define el mecanismo para resolver disputas. |
En conclusión, el contrato de franquicia es un documento legal crucial que debe ser analizado cuidadosamente antes de ser firmado. Comprender bien los derechos, obligaciones, costos y condiciones que se establecen en el contrato te permitirá tomar decisiones informadas y evitar futuros problemas legales.
