En el mundo empresarial, es común enfrentarse a situaciones contables específicas que requieren un tratamiento adecuado. En este artículo, abordaremos la contabilización de franquicias de seguros, facturas de reparación de vehículos, operaciones intracomunitarias y otros aspectos relevantes para una gestión financiera precisa.
Facturas: Documentos Clave para la Contabilidad
Conviene recordar que las facturas son los documentos por los que se repercute el IVA a los sujetos pasivos y que, por otra parte, otorgan el derecho a deducir los gastos en el IRPF y en el impuesto sobre sociedades y el IVA soportado en las liquidaciones de IVA.
Reparación de Vehículos Asegurados
Es raro que un vehículo de empresa o de un autónomo no tenga algún siniestro, ya sea por culpa propia o ajena. En este caso, las reparaciones de vehículos por el taller obviamente están sujetas a IVA, pero el dilema aquí reside en quién es el destinatario de la factura.
Puede ser la compañía aseguradora que paga toda la factura, o una parte de ella, si existe una franquicia en la póliza de seguro, o el propietario del vehículo.
"El destinatario de la reparación será la persona que así resulte de los pactos entre las partes, es decir, entre la compañía aseguradora y el tomador del seguro. De tal manera, que si de acuerdo con tales pactos el destinatario de la reparación fuese la empresa aseguradora, el empresario que efectúa la reparación (taller) estará obligado a repercutir el impuesto a la citada empresa; en otro caso, la repercusión se hará al asegurado o persona destinataria real de la reparación".
Es por ello que, dependiendo de la compañía de seguros, en unos casos las facturas se emitirán a las compañías aseguradoras y en otros a particulares o empresas. En el caso de que las facturas se emitan a empresas, la compañía de seguros puede pagar solo la base imponible de la factura, pudiendo la empresa deducirse el IVA de dicha factura.
¿Cómo se contabiliza la reparación de un vehículo asegurado?
La Dirección General de Tributos se "autocorrige". La contabilidad del ingreso que supone la indemnización y del gasto que ocasiona la reparación no tiene ningún misterio. Será en el momento de los cobros y los pagos donde nos pueden volver a asaltar las dudas.
Dependiendo de lo acordado con la aseguradora y el taller puede ocurrir que tengamos que hacer frente al total de la factura y después la entidad del seguro nos abone su parte. No obstante, lo habitual es que sólo abonemos una parte de la factura del taller, normalmente el IVA y la franquicia de existir, y el resto lo abone directamente la aseguradora, sin que pase por nuestra caja.
La factura del taller debe ir a nombre de la empresa para que sea deducible tanto el gasto como el IVA. La empresa SuperContable SL tiene un vehículo asegurado a todo riesgo con una franquicia de 400 euros, de acuerdo con la póliza firmada con la entidad Seguros SA.
Ejemplo Práctico
La empresa SuperContable.com, S.A. ha sufrido un accidente con su vehículo:
- El accidente ha provocado la rotura de la luna y varios roces en el parachoques, ocasionando unos gastos de reparación en el taller de 5.000 euros. Tras su reparación, el valor del vehículo sigue siendo el mismo, pues se ha reparado completamente.
- Ha quedado totalmente inutilizado recibiendo 40.000 euros de la compañía aseguradora en concepto de indemnización.
En el caso A, debe darse de baja el vehículo (o inmovilizado) en la contabilidad y anular todas las cuentas relacionadas con el mismo (amortización acumulada y deterioro). Por el seguro contratado, SuperContable.com S.A. (472) H.P.
¿Cuál es el tratamiento del pago seguros por hurto o siniestro de vehículo en renta?
Otros Aspectos Contables Relevantes
Anticipos de Clientes
Es una práctica errónea, pero relativamente habitual, no ingresar el IVA de los anticipos recibidos de los clientes, ya que se piensa que no hay problema, pues ya se facturará todo cuando se emita la factura de venta. Por lo tanto, cuando se recibe un anticipo, se debe emitir una factura, en la que debe ir desglosado el IVA, que se debe ingresar en la próxima declaración, no en la declaración relativa a la fecha de emisión de la factura.
Autoconsumo de Bienes y Servicios
Una práctica relativamente habitual en muchas empresas es la retirada de bienes o la prestación de servicios al propietario del negocio sin realizar la correspondiente factura. Sin embargo, el autoconsumo de bienes y servicios está sujeto al IVA, cuando el IVA soportado en la adquisición del bien objeto de autoconsumo hubiera resultado deducible, al menos parcialmente, y siempre que el bien o derecho se encuentre afecto o integrado en el patrimonio empresarial del sujeto pasivo.
Operaciones Intracomunitarias
Las operaciones intracomunitarias son aquellas realizadas entre los Estados miembros de la Unión Europea, realizándose la tributación de estas operaciones en destino, por lo que la entrega de bienes en el país de origen queda exenta del impuesto, siendo en el país de destino donde se realiza el hecho imponible. Destacar de este tipo de facturas que lo primero que tendremos que hacer es comprobar que el NIF-IVA que nos facilita un cliente intracomunitario es correcto, ya que en caso contrario no se podrá realizar la facturación sin IVA.
Facturas con Inversión de Sujeto Pasivo
En las facturas con inversión de sujeto pasivo, se debe reflejar este hecho en la factura con la coletilla “Sujeto Pasivo del impuesto el destinatario de la operación". En este tipo de facturas, pese a no reflejarse el IVA, el destinatario debe repercutirse el IVA, calculándolo sobre la base imponible de la factura, e ingresar la cuota resultante en su autoliquidación de IVA.
Contabilización de Seguros Plurianuales
En las empresas se contratan múltiples seguros y de muy diversos tipos, de responsabilidad civil, de responsabilidad profesional, para cubrir posibles siniestros entre los empleados, para la cobertura de las instalaciones, etc. Sin embargo, a diferencia de otros muchos servicios, es muy habitual que el pago de la prima, coste del seguro, se realice en un sólo pago, si bien, la cobertura del seguro se calcula mensualmente.
Esto es, los actuarios evalúan el coste de la cobertura del riesgo con una periodicidad mensual, siendo la prima anual la agregación de las distintas primas mensuales. Para realizar una correcta distribución del gasto lo que hacemos es repercutir al ejercicio corriente el gasto efectivamente realizado en dicho ejercicio, trasladando al ejercicio siguiente el importe no consumido.
El problema surge al tener que 'eliminar' del ejercicio en el que se ha realizado el pago el gasto que no corresponde a dicho ejercicio.
En el caso de que la empresa haya contratado una póliza de seguros plurianual anticipando el importe de la prima de todo el periodo deberemos realizar dicho registro para el exceso de prima que quede pendiente en cada ejercicio. Por último cabe destacar que si hubiéramos financiado el importe de la prima habiendo satisfecho intereses por dicha financiación también deberemos periodificar dichos intereses.
Tratamiento Contable de la Franquicia por Accidentes de Obra
Por el pago de la franquicia por accidentes de obra, no de trabajo, en éste caso, yo elegiría una cuenta 659 o 678. A la interpretación/gusto del usuario.
Contabilización de Gastos
Los gastos, en el PGC, se contabilizan en función de su naturaleza. El que, en lugar de la compañía aseguradora, los sufrague el asegurado en nada cambia su naturaleza. Debes contabilizarlo exactamente igual que si no hubiera un seguro de por medio. Dicho de otro modo: ¿De qué es la factura? Por ejemplo, de una reparación.
Época estival y sin embargo "pequeños asuntos" poco habituales en el "día a día" de la empresa pero que inevitablemente se producen con diversa periodicidad, despiertan nuestras dudas en cuanto a cuál será el tratamiento contable adecuado (registro contable y valoración) que hemos de darle en cada situación.
En el peor de los casos, ante un siniestro total que impida volver a utilizar el vehículo, tocará darlo de baja del balance junto a su amortización acumulada y cualquier deterioro de valor registrado, reconociendo la pérdida en la cuenta 678.
