Emprender en Estados Unidos es una de las metas más comunes entre quienes buscan nuevas oportunidades de negocio. Este país ofrece un mercado amplio, estabilidad económica y un entorno favorable para los emprendedores. Sin embargo, es crucial comprender los requisitos legales, fiscales y administrativos para establecer un negocio exitoso.
Primeros Pasos para Establecerse en EE.UU.
Para comenzar el proceso de establecerse en EE.UU., es recomendable visitar la página web de la Embajada estadounidense en Madrid. Esta página proporciona enlaces a información valiosa del Departamento de Estado y del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS).
Búsqueda de Vivienda y Empadronamiento
La búsqueda de vivienda es un paso fundamental. Existen guías y recursos para el alquiler, compra y venta de casas, mantenimiento, mejoras, recursos para mudanzas, programas comunitarios, préstamos y legislación sobre vivienda en EE.UU.
Asesoramiento Inicial
Si planeas emprender un negocio en la zona del Medio Oeste de los Estados Unidos, lo más recomendable es dirigirse a la Oficina Económica y Comercial de España en Chicago. Ellos podrán informarle sobre requisitos, trámites y asesorarle sobre cómo impulsar su empresa en Estados Unidos.
La Sociedad para Emprender en los Estados Unidos
Cualquier actividad empresarial o profesional que se pretenda desarrollar en los Estados Unidos por una persona sin poseer un Permiso de Trabajo, ser Residente Permanente o ser Ciudadano de los Estados Unidos, debe realizarse al amparo de una sociedad constituida o registrada en los Estados Unidos.
Adicionalmente, una sociedad es un valor añadido para cualquier emprendedor por las siguientes razones:
- Limitación de responsabilidad: La constitución de la sociedad otorgará “limitación de responsabilidad” a su dueño, es decir, el socio o socios de la sociedad en los Estados Unidos, solo responderán patrimonialmente con el capital aportado a la sociedad ante cualquier eventualidad en el desarrollo de sus actividades empresariales o profesionales.
- Beneficios fiscales: Una sociedad puede aportar importantes “beneficios fiscales”, que deben ser tomados en consideración y sobre los que nuestra firma junto a nuestros contables/fiscalistas podemos asesorar con objeto de recomendar el tipo de sociedad con el mejor trato fiscal aplicable.
Tipos de Sociedades en EE.UU.
En los Estados Unidos existen distintos tipos de sociedades, pero algunos de ellos no ofrecen Limitación de Responsabilidad a los Socios, por lo que no es aconsejable su uso.
Los tres tipos de sociedades principales -Corporación, Sociedad de Responsabilidad Limitada (Sociedad LLC) y la Sociedad de Delaware- representan las sociedades más comunes y recomendables para el desarrollo de actividades de negocios en los Estados Unidos, puesto que todas ellas ofrecen una total y plena limitación de responsabilidad de los socios.
Características Comunes en las Sociedades en los Estados Unidos
La constitución y registro de Sociedades en los Estados Unidos está regulada por la legislación estatal vigente en cada uno de los Estados de la Unión. Cada Estado tiene competencia exclusiva en esta materia. No obstante, y aunque una sociedad se constituya y se registre en un Estado determinado, la sociedad tendrá facultades para desarrollar operaciones de negocio en todo el territorio nacional de los Estados Unidos.
Una sociedad queda legalmente constituida mediante la presentación y registro de unos Artículos o Certificado de Constitución (denominación según cada Estado) en el Departamento o Secretario de Estado en donde se establezca la sociedad.
El nombre del Administrador de la sociedad consta en los Artículos o Certificado de Constitución de la sociedad en todos los Estados de la Unión, a excepción del Estado de Delaware, que no requiere registrar públicamente el nombre del Administrador o Administradores de la sociedad.
En las sociedades en los Estados Unidos, no es necesario un Capital Social mínimo para su constitución. No es obligatorio la descripción de un Objeto Social en los Artículos o Certificado de Constitución de una sociedad en los Estados Unidos.
No existe en los Estados Unidos la obligación de que la sociedad disponga de un domicilio físico. El Domicilio Social de la sociedad puede ser un domicilio virtual o simplemente un domicilio postal.
Toda sociedad en los Estados Unidos debe tener designado un Agente y Oficina Registral.
Todos los Estados permiten que sociedades constituidas inicialmente como Corporaciones puedan ser “convertidas” a Sociedades LLC y viceversa.
Tipos de Sociedades Principales
Corporación
La sociedad de capitales por excelencia, sobre todo para el empresario estadounidense, es la Sociedad Anónima, denominada en los Estados Unidos “Corporation” y traducida como Corporación.
Una Sociedad Anónima o Corporación se constituye en el Estado donde quiera establecerse, mediante la presentación y registro en el Departamento o Secretario de Estado de los Artículos de Incorporación.
Sociedad de Responsabilidad Limitada - Sociedad LLC
El Estado de Wyoming fue el primer Estado en regular la Sociedad de Responsabilidad Limitada (“Limited Liability Company”) -y de sus siglas en inglés proviene la abreviación Sociedad LLC- y su legislación se remonta al año 1977. Todos los Estados de la Unión progresivamente han ido desarrollando legislaciones similares, y a día de hoy, las Sociedades LLC están implementadas en todos los Estados de la Unión y en el Distrito de Columbia.
Una Sociedad LLC queda constituida en el Estado donde se quiera establecer, mediante la presentación y registro en el Departamento o Secretario de Estado, de lo que en una Sociedad LLC se denominan Artículos de Organización (“Articles of Organization”).
Sociedad de Delaware
Sobre el Estado de Delaware se ha difundido una errónea concepción de que este Estado puede llegar a considerarse Cuasi Paraíso Fiscal por la confidencialidad y privacidad de ciertos datos corporativos y las “excepcionales ventajas fiscales” de las que se pueden favorecer las sociedades constituidas en Delaware.
La normativa que regula las Sociedades en el Estado de Delaware -Corporaciones o Sociedades LLC- es muy similar a las comentadas anteriormente para el resto de las Sociedades de los Estados de la Unión y, por tanto, las características y funcionamiento de las Sociedades de Delaware es similar a las sociedades que se constituyen en el resto de Estados.
La diferencia, importante, sin duda, es que el nombre del Director de una Corporación o del Manager de una Sociedad LLC no consta en los Artículos o Certificado de Constitución y, por tanto, no es objeto de registro público.
Trato Fiscal Aplicable a la Sociedad
Considerando que los tres tipos de sociedades principales en los Estados Unidos -Corporación, Sociedad de Responsabilidad Limitada (Sociedad LLC) y la Sociedad de Delaware- ofrecen una total y plena limitación de responsabilidad de los socios, la elección por un tipo u otro de sociedad, aparte de cuestiones organizativas y/o de funcionamiento, estriba fundamentalmente en conocer cuál es el trato fiscal aplicable a cada tipo de sociedad y determinar cuál es el más favorable, considerando las necesidades específicas de cada emprendedor.
En relación con las actividades empresariales o profesionales desarrolladas en los Estados Unidos, deberán adicionalmente tomarse en consideración los efectos internacionales que producirán la aplicación de Tratados de Doble Imposición e Intercambio de Información Fiscal firmados por los Estados Unidos.
Corporación “C” y “S”
La Corporación “C” tributa a nivel federal por sus ganancias corporativas y, cuando distribuye dividendos a sus socios, estos deben también tributar a nivel federal por los beneficios que reciben.
Cuando una Corporación tiene menos de setenta y cinco socios, todos ellos personas físicas y a la vez todos ellos Residentes en los Estados Unidos, la Corporación puede aplicar para ser calificada como Corporación “S”, cuya característica principal es su tratamiento fiscal: la Corporación “S” obtiene transparencia fiscal, de modo que las ganancias y pérdidas de la sociedad son atribuidas directamente a los socios.
Los extranjeros no residentes en Estados Unidos solo pueden optar a constituir el modelo de Corporación “C”. Las inversiones en Estados Unidos realizadas por sociedades extranjeras que constituyen Filiales en Estados Unidos, al tener la Filial un solo socio (sociedad matriz) y además ser la sociedad matriz una sociedad no residente en Estados Unidos, la Filial siempre debe ser constituida como Corporación “C”. Lo mismo ocurre con la constitución de una sociedad cuando los socios son personas físicas no residentes en los Estados Unidos, este mismo supuesto se debe constituir una Corporación “C”.
Sociedad LLC
La Sociedad LLC otorga al inversor extranjero el beneficio del régimen de transparencia fiscal, que posibilita que el inversor extranjero tribute solo por los beneficios que recibe como Miembro de la sociedad. La Agencia Tributaria Federal (“Internal Revenue Service”) -IRS- otorga a la Sociedad LLC la posibilidad de que tribute como Corporación o como Sociedad LLC con transparencia fiscal.
La sociedad puede escoger ser tratada fiscalmente como Sociedad LLC con transparencia fiscal o, en el supuesto de que no elija ninguna opción, por defecto, se la trataría como Sociedad LLC con transparencia fiscal.
Visados para Emprendedores
Los visados de Tratado de Comerciante (E-1) y Tratado de Inversionista (E-2) son visados de no inmigrante para ciudadanos de países con los cuales Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación. Los visados del Tratado de Comerciante y del Tratado de Inversionista se establecieron para facilitar y mejorar la interacción económica entre Estados Unidos y otros países con tratados.
La ley de EE. UU. establece explícitamente que los titulares de visados E-1 deben ingresar “únicamente para llevar a cabo un comercio sustancial” y los titulares de E-2 “únicamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa” en la que hayan invertido. Además, estos visados son visados de no inmigrantes y, por lo tanto, temporales.
El Visado de Emprendedor puede ser obtenido por los solicitantes que posean la nacionalidad de cualquiera de los países que tengan ratificado un Tratado de Comercio y Navegación con los Estados Unidos y que, se establezcan en los Estados Unidos, con objeto de realizar negocios de importancia, incluyendo comercio, servicios o inversión principalmente entre los Estados Unidos y su país de nacionalidad.
El Visado de Emprendedor en los Estados Unidos abarca los siguientes tipos de emprendimientos:
- Comercio con Estados Unidos
- Prestación de Servicios en los Estados Unidos
- Inversión en los Estados Unidos
El Visado de Emprendedor no debe ser confundido con la Residencia Permanente por Inversión del Programa EB5 que exige:
- Creación de al menos 10 puestos de trabajo
- Inversión en una empresa comercial de al menos 500.000 USD en una zona aprobada por el USCIS por alto desempleo o zona rural.
- Inversión en una empresa comercial de al menos 1.000.000 USD.
Visado de Emprendedor para el desarrollo de Comercio con Estados Unidos
El Visado de Emprendedor para desarrollar actividades comerciales en los Estados Unidos puede ser obtenido por Ciudadanos de los siguientes países con los que Estados Unidos tiene suscrito un Tratado de Comercio y Navegación:
Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bolivia, Bosnia, Brunei, Canadá, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, España, Estonia, Etiopia, Filipinas, Finlandia, Francia, Grecia, Honduras, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Libia, Luxemburgo, México, Holanda, Noruega, Omán, Pakistán, Paraguay, Reino Unido, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Taiwán, Togo y Turquía.
Para obtener este Visado se han de cumplir unos requisitos fundamentales y necesarios:
- Nacionalidad del Emprendedor: El Emprendedor debe tener Nacionalidad de uno de los países con Tratado.
- Nacionalidad de la Empresa del Emprendedor: La empresa del Emprendedor debe tener mayoría de Accionistas de uno de los países con Tratado, es decir, Ciudadanos de uno de los países con Tratado deben tener el 51% o más de las Acciones de la empresa.
- Comercio entre el País con Tratado y los Estados Unidos: Este Visado fue concebido con objeto de promocionar el desarrollo de actividades comerciales entre los Estados Unidos y el país con Tratado, y es requisito fundamental que más del 50% de las actividades de comercio que realice la empresa del Emprendedor sean actividades de comercio entre el país con Tratado y los Estados Unidos.
- Comercio Sustancial entre el País con Tratado y los Estados Unidos: La concesión de este Visado de Trabajo y Residencia se otorga con objeto de que el Emprendedor pueda desarrollar sus actividades comerciales en los Estados Unidos durante un periodo inicial que generalmente suele ser de cinco años. Por ello se requiere que el “comercio sea sustancial”.
- Empresa Real y Operativa: La empresa del Emprendedor debe ser real y operativa y no califican para este Visado emprendimientos de carácter virtual o que puedan ser operados de manera telemática o informática desde otro país o incluso en los Estados Unidos.
- Personal Adicional para la Empresa: El Emprendedor podrá obtener Visados adicionales derivados del emprendimiento para el personal que decida contratar en los Estados Unidos, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Visados para Familiares y Descendientes del Emprendedor: Los familiares acompañantes del titular de un Visado de Emprendedor -cónyuge y descendientes menores de 21 años- podrán solicitar cada uno de ellos un Visado de Acompañante que se les concederá, previa justificación documental de los vínculos familiares, por el mismo periodo de validez que el Visado de Emprendedor de su familiar.
Visado de Emprendedor para el desarrollo de Prestación de Servicios con Estados Unidos
El Visado de Emprendedor para desarrollar actividades de prestación de servicios con los Estados Unidos puede ser obtenido por Ciudadanos de los siguientes países con los que Estados Unidos tiene suscrito un Tratado de Comercio y Navegación:
En resumen, emprender un negocio en USA requiere una planificación cuidadosa y el cumplimiento de numerosos requisitos legales y administrativos. Sin embargo, con la información correcta y la asistencia adecuada, es posible establecer un negocio exitoso en el mercado estadounidense.
