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Las ayudas Consolidapyme representan un programa de subvenciones a fondo perdido diseñado para impulsar el crecimiento y la consolidación de las pequeñas y medianas empresas (pymes) en Extremadura. El Programa Consolidapyme, regulado a través del Decreto 288/2023, ofrece cinco líneas de ayudas a fondo perdido dirigidas a las pequeñas y medianas empresas de Extremadura, con el objetivo de impulsar su crecimiento y consolidación. Estas ayudas son a fondo perdido y sirven para consolidar y hacer crecer a las pequeñas empresas extremeñas a través de su mejora competitiva.

Según explicaron desde la Junta de Extremadura, el programa constituye una respuesta estratégica a las necesidades de modernización y mejora de la competitividad del tejido empresarial de la región. Te contamos las novedades del Decreto 37/2025 de estas ayudas para que tengas todo preparado para la próxima convocatoria.

Si eres una pyme y necesitas innovar, estas ayudas te interesan. Recuerda que el plazo de solicitud aún no está abierto. Suscríbete a nuestro boletín de noticias para empresas: convocatorias de ayudas, formación, asesoramiento, recursos etc.

Sectores Beneficiados

Las ayudas están dirigidas a pymes de diversos sectores, incluyendo:

  • Agroalimentario
  • Artesanía
  • Comercio
  • Construcción
  • Cultura y Comunicación
  • Energético
  • Enseñanza
  • Industria
  • Minería
  • Servicios
  • Turismo
  • Otros

Líneas de Ayuda y Conceptos Subvencionables

Existen diversas líneas de ayuda dentro del programa Consolidapyme, cada una enfocada en diferentes aspectos del crecimiento y consolidación empresarial. A continuación, se describen algunas de ellas:

Línea 1: Optimización de Procesos

Te subvencionamos proyectos dirigidos a la reorganización y optimización de los procesos productivos, organizacionales y/o de gestión basados en las metodologías Lean o en cualquier otra. Optimización de procesos mediante metodologías Lean u otras, dirigido a empresas que tengan una plantilla de, al menos, tres trabajadores.

Línea 2: Implantación y Certificación de Normas y Sistemas de Gestión

Para determinadas normas, se incrementa el límite máximo de inversión subvencionable, ajustando la línea a la realidad del mercado.

  • Para la norma ISO 9001 o la norma ISO 14001 la inversión subvencionable máxima será de 4.000 euros (IVA excluido) por norma.
  • Por la implantación y certificación de los protocolos BRC o IFS la inversión subvencionable sería de 10.000 euros (IVA excluido) por norma.

Línea 3: Soluciones Tecnológicas Avanzadas

Implantación de soluciones tecnológicas avanzadas para gestión eficiente de datos, producción y logística, dirigido a empresas que tengan una plantilla de, al menos, tres trabajadores.

Línea 4: Transición a la Economía Circular

Ayudas dirigidas a empresas del sector industrial y de la construcción para realizar proyectos que favorezcan la transición a la economía circular de procesos y/o productos. Transición de los procesos y los productos a la economía verde y circular (ECOPYME), dirigido a empresas manufactureras y de construcción, que tengan una plantilla de, al menos, cinco trabajadores.

Línea 5: Diseño de Productos Innovadores, Envases y Embalajes

Conceptos subvencionables: Te subvencionamos la contratación de colaboraciones externas, por parte de consultoras de diseño, centros tecnológicos, laboratorios o cualquier entidad especializada.

  • Diseño de nuevos productos innovadores: El 80 % de inversión subvencionable, con un límite 12.000 € para el diseño conceptual, prototipado, pruebas, identidad gráfica e implementación comercial y productiva.
  • Asistencia tecnológica para la mejora y optimización de la cartera de productos: El 80% de inversión subvencionable, con un límite de 6.000 €.
  • Diseño de nuevos envases o embalajes que supongan una novedad para la empresa solicitante: El 80 % de inversión subvencionable, con un límite 12.000 € para el diseño conceptual, prototipado, pruebas, identidad gráfica e implementación comercial y productiva.

Requisitos y Obligaciones de los Beneficiarios

Para acceder a las ayudas Consolidapyme, es fundamental cumplir con una serie de requisitos y obligaciones:

  • Comunicar al órgano concedente cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la ayuda concedida.
  • No encontrarse incursos en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • En los supuestos de incumplimiento de la obligación de mantenimiento de la actividad, el órgano gestor tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad en la determinación de la parte de ayuda a devolver por el beneficiario, siendo el importe a reintegrar directamente proporcional al tiempo transcurrido desde la presentación de la solicitud de liquidación hasta el cese de la actividad, siempre y cuando haya transcurrido al menos el 60% del total del periodo de mantenimiento de la actividad.

Inversión Subvencionable Máxima

Para determinadas normas, se incrementa el límite máximo de inversión subvencionable, ajustando la línea a la realidad del mercado.

  • Para la norma ISO 9001 o la norma ISO 14001 la inversión subvencionable máxima será de 4.000 euros (IVA excluido) por norma.
  • Por la implantación y certificación de los protocolos BRC o IFS la inversión subvencionable sería de 10.000 euros (IVA excluido) por norma.

Documentación Necesaria

Para solicitar las ayudas, es necesario presentar la siguiente documentación:

  • Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que pretenda llevar a cabo la entidad solicitante de la ayuda, desglosadas por conceptos e importes.
  • Informe de vida laboral de los últimos 12 meses sobre la vida laboral de un autónomo dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Sin la adecuada justificación en una oferta que no fuera la más favorable económicamente, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial contradictoria del bien o servicio, siendo de cuenta del beneficiario los gastos ocasionados.

Beneficiarios

Además de las pymes, también podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. En estos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

Normativa Aplicable

Las ayudas Consolidapyme se rigen por diversas leyes y regulaciones, entre las que destacan:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Procedimiento de Solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será DESDE el día 12 de MAYO de 2025 HASTA el día 12 de JUNIO de 2025, ambos incluidos (la Resolución de convocatoria se ha publicado en el DOGV núm. Que debe presentarse una única solicitud. Requisitos formales del proyecto empresarial: su extensión máxima será de 5 hojas, con letra arial 11, interlineado sencillo. El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto empresarial es de 5.000 euros, IVA excluido.

Es importante destacar que, si no se han presentado los datos de domiciliación bancaria con anterioridad ante la Generalitat Valenciana, o si con posterioridad esos datos han experimentado cualquier variación, debe realizarse el trámite telemático "PROPER: Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria).

Transcurrido el plazo antes mencionado sin que se hubiese notificado resolución expresa, las solicitantes podrán entender DESESTIMADAS sus solicitudes por silencio administrativo.