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El contrato de franquicia es un instrumento jurídico esencial para estructurar relaciones comerciales donde un franquiciador otorga a un franquiciado el derecho de operar un negocio bajo una marca o sistema establecido. En el mundo empresarial, el modelo de franquicia ha demostrado ser una forma exitosa de expandir negocios y aprovechar la experiencia de otras empresas. La relación entre el franquiciador y el franquiciado se formaliza a través de un contrato de franquicia, un documento fundamental que establece los términos y condiciones de la relación entre franquiciado y franquiciador.

Para entender las obligaciones del franquiciado, es fundamental comprender el régimen comercial de franquicia en el que operan. De acuerdo con el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, una franquicia se configura como un acuerdo entre dos entidades empresariales, donde una de ellas transfiere a la otra un negocio comercial o franquicia previamente establecido y probado, a cambio de una compensación financiera. En este contexto, tenemos dos conceptos: el franquiciador y el franquiciado.

El franquiciador es la entidad que posee y ha desarrollado el negocio comercial en cuestión.

El Contrato de Franquicia como Eje Básico en las Relaciones de Franquicia

El contrato de franquicia es la pieza fundamental que va a regular la relación jurídica entre el franquiciador y el franquiciado. En algunos casos, antes de la firma final del contrato, se firma entre las partes un precontrato de franquicia o de reserva de zona.

Tipos de Contratos de Franquicia

  • Precontrato de franquicia: Suele ser habitual en muchas enseñas la disposición de un documento contractual. A modo de opción de compra de la franquicia para el potencial franquiciado, permite a las partes avanzar en la realización de ciertas operaciones y análisis, con anterioridad al otorgamiento del contrato con el que se pretenda regular el definitivo acuerdo. Este documento puede recibir varios nombres; precontrato, contrato de reserva o acuerdo de intención. No significa para el franquiciado más que una posibilidad preferente de adhesión a la red, mediante la explotación de un centro operativo en un mercado que habrá de establecerse con anterioridad. En el acto de otorgamiento del precontrato, el adquirente abonará al franquiciador una cantidad a cuenta del derecho de entrada. Todo ello siempre y cuando el franquiciador cumpla con lo dispuesto en Real Decreto 201/2010, de 26 febrero. En su artículo 3, de Información precontractual al potencial franquiciado.
  • Contrato de franquicia: El contrato de franquicia va a ser el documento final que regule los derechos y obligaciones de franquiciado y franquiciador durante toda la vigencia de la relación. En este documento se plasma la voluntad de los firmantes de entablar una relación empresarial a través del sistema de franquicia. El franquiciado deberá exigir que el documento que firme regule de forma clara e inequívoca las obligaciones que el sistema de franquicia impone al franquiciador y cumplir con las exigencias de la normativa.

Esta regulación es aplicable sólo a los acuerdos de franquicia, y permite el establecimiento de cláusulas cuyo contenido, en otro tipo de acuerdos distintos a los de franquicia, podría devenir nulo por ser contrario a las normas de defensa de la competencia. Esta exención es únicamente aplicable a lo que la propia normativa define como acuerdo de franquicia y que, necesariamente, debe incluir:

  • La cesión de la marca al franquiciado
  • La transmisión del Know-How (Saber Hacer)
  • La prestación de asistencia continuada al franquiciado durante toda la vigencia del contrato.
La ausencia de cualquiera de estos tres elementos impide la calificación del acuerdo en cuestión como de franquicia. Por todo esto, es necesario que ambas partes sometan a un riguroso estudio el contrato con anterioridad a su otorgamiento. Este es el mejor medio de evitar sorpresas desagradables en el futuro. La relación contractual de la franquicia nace para durar en el tiempo.

Y un conflicto no contemplado podría acarrear un perjuicio grave para ambas partes. Deberá ajustarse, el Contrato de Franquicia al Derecho Nacional, al Derecho Comunitario y al Código Deontológico. El contrato reflejará los intereses de los miembros de la red de Franquicia. Protegerá los derechos de propiedad industrial e intelectual del Franquiciador. Y mantendrá la identidad común y la reputación de la red de Franquicia.

El Franquiciador y los Franquiciados son conscientes de que colaboran en un sistema en el que están unidos sus intereses (tanto a corto como a más largo plazo). La flexibilidad del sistema y el sentido de las responsabilidades de cada uno han sido la base del éxito de la Franquicia. Las relaciones entre las partes deberán permitir, por tanto, seguir las evoluciones necesarias para mejorar el funcionamiento de la red de franquicia y la satisfacción del consumidor.

El Franquiciador establecerá en el contrato escrito, de forma completa y precisa, los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes. El contrato deberá reflejar la estrategia de la red de franquicia. El contrato no impondrá a las partes interesadas restricciones que no sean necesarias para alcanzar los objetivos. El equilibrio del contrato se apreciará de forma global en función del interés de la red de franquicia. El marco contractual permitirá la expresión de un diálogo permanente y propiciará las soluciones de conciliación.

Todo contrato y todo acuerdo contractual por los que se rijan las relaciones entre Franquiciador y Franquiciado serán redactados o traducidos por un traductor jurado en la lengua oficial del país en el que se establece la franquicia. Las copias del contrato firmado se remitirán inmediatamente al Franquiciado.

El Contrato de Franquicia

Puntos Esenciales del Contrato de Franquicia

El contrato de franquicia establecerá sin ambigüedades las obligaciones y responsabilidades respectivas de las partes, así como cualquier otra cláusula material de la colaboración. Los puntos esenciales del contrato de franquicia son los siguientes:

  • Los derechos del Franquiciador.
  • Los derechos del Franquiciado.
  • Los bienes y/o servicios proporcionados al Franquiciado.
  • Las obligaciones del Franquiciador.
  • Las obligaciones del Franquiciado.
  • La duración del contrato. Fijada de modo que permita al Franquiciado amortizar las inversiones específicas de la franquicia.
  • Las condiciones de renovación del contrato, si procede.
  • Las posibilidades en que podrá efectuarse la cesión o la transferencia de los derechos derivados del contrato, Así como las condiciones de prioridad del Franquiciador.
  • Las forma de utilización por el Franquiciado de los símbolos pertenecientes al Franquiciador: distintivo, marca, marca de servicio, logotipo y todos los demás símbolos característicos.
  • El derecho del Franquiciador de hacer evolucionar su concepto de franquicia.
  • Las cláusulas de rescisión del contrato.
  • Las cláusulas que prevean la recuperación, por el Franquiciador, de cualquier elemento material o inmaterial que le pertenezca. Siempre en el caso de finalización del contrato antes del plazo previsto.

Uno de los pilares fundamentales del contrato de franquicia es definir claramente los roles y responsabilidades de ambas partes. El franquiciador debe especificar los derechos y licencias otorgados al franquiciado, como el uso de la marca, el know-how, los métodos operativos y el apoyo continuo. El contrato de franquicia también debe delimitar el territorio en el que el franquiciado opera y establecer si se otorgará exclusividad en ese territorio.

La duración del contrato y los términos de renovación son aspectos muy importantes. El contrato debe establecer el sistema de pagos, incluidas los royalties que el franquiciado debe pagar al franquiciador. El franquiciador debe proporcionar al franquiciado el conocimiento y la formación necesarios para poder operar en la empresa al comienzo y durante todo el periodo de relación. La formación y el soporte al franquiciado es uno de los pilares fundamentales que hacen que el negocio sea exitoso. El contrato debe abordar cómo se manejarán los derechos de propiedad intelectual, incluido el uso de la marca registrada y cualquier otro material patentado.

Obligaciones Clave del Franquiciado

Por otra parte hay que señalar una serie de obligaciones que debe cumplir la empresa que va explotar la actividad comercial concreta. En primer lugar, cumplir con la actividad comercial acordada en el contrato por el cual se procede a la explotación comercial. Por una parte, el franquiciado debe pagar la cantidad acordada entre las partes en el contrato. Además, el franquiciado deberá aceptar la supervisión por parte del franquiciador, respetando las decisiones de relevancia que se tomen por su parte. Lo habitual es que en el contrate se pacte una duración determinada obligatoria para ambas partes con posibilidad de prórrogas sucesivas en el tiempo.

Junto con el pago del canon, una de las obligaciones clave del franquiciado es cumplir con la actividad acordada en el contrato de franquicia. Cuando se firma un contrato de franquicia, se firma un compromiso de cumplimiento de los estándares y directrices establecidos por la marca franquicia. Para poder cumplir con los tres puntos anterior es necesario contar con la capacidad operativa adecuada. Una de las partes clave del contrato de franquicia son las cláusulas de confidencialidad. Por tanto, cumplir con las obligaciones del franquiciado es fundamental para poder alcanzar el éxito empresaria. Debe existir un reconocimiento expreso de los derechos de propiedad industrial del franquiciador (logotipos, marca, símbolos y demás signos distintivos del negocio).

El elemento esencial del contrato de franquicia es la transmisión por el franquiciador al franquiciado de un know how o saber hacer. La normativa lo define como el conjunto de conocimientos derivados de la experiencia del franquiciador relativos a la explotación del negocio. Es habitual regular la obligación del franquiciado de aprovisionarse de forma exclusiva a través del franquiciador o de proveedores autorizados por este. Deberá especificarse con claridad el territorio donde operar y sus condicionantes.

Duración contractual: La duración habitual del contrato de franquicia es de 3 a 5 años. Aunque los acuerdos de franquicia se realizan con carácter “intuitu personae” es necesario incluir cláusulas de cesión del contenido objeto del contrato de franquicia.

El contrato de franquicia no dispone de una regulación legal especifica. Esta falta de concreción jurídica entorno a la franquicia, hace que se suelan producir un mayor número de abusos por el franquiciador, que es quien establece de manera unilateral las condiciones y cláusulas del contrato.

Incumplimientos y Resolución del Contrato

Uno de los incumplimientos de obligaciones más habituales que suponen la resolución de dichos contratos es el impago. Otro incumplimiento de obligación del franquiciado es la alteración de la imagen de la marca, produciendo una distorsión de la misma. En cuanto a los franquiciadores, el incumplimiento más común, suele ser la ausencia de asistencia continuada. Otra de los incumplimientos del franquiciado es la falta de transparencia. Esto se produce cuando el franquiciado aporta unos datos sobre los beneficios medios y resultados muy distantes de los estipulados.

Hay que señalar por tanto, cuáles deben ser los puntos esenciales en los contratos de franquicia. Por otro lado, otro de los puntos fundamentales son las condiciones de renovación o prórroga llegado el caso. Además, en caso de resolución anticipada, se protege al franquiciador de manera que la marca permanezca sin ninguna alteración producida por la cesión a consecuencia del contrato de franquicia.

Recomendaciones Finales

Antes de firmar un contrato de franquicia, es fundamental analizar sus implicaciones legales para evitar riesgos y garantizar una relación justa entre franquiciador y franquiciado. Es importante conocer las consecuencias de no cumplir con el contrato o de querer salir de la franquicia antes de tiempo.

El contrato de franquicia está redactado siempre por el franquiciador. Esto tiene como consecuencia que la mayor parte de las obligaciones recaen sobre el franquiciado, que es la parte más débil de la relación contractual. Esta circunstancia debe llevar indefectiblemente al franquiciado a extremar las precauciones antes de lanzarse a firmar uno de estos contratos. Por esto te aconsejamos que te asesores antes de firmar un contrato de franquicia.

Así por ejemplo para el caso de que el franquiciado incumpla con la cláusula de no competencia o con la de confidencialidad, se suelen incluir en los contratos importantes indemnizaciones a favor del franquiciador. También se podrán imponer penalizaciones para otros incumplimientos menos graves realizados por el franquiciado, o para el caso de que el contrato se resuelva de manera anticipada. En general por haber sido elaborado por el franquiciador, el contrato resultara en la mayoría de los casos muy desequilibrado ( siempre a su favor ) y contendrá cláusulas que para el caso de que el franquiciado no fuera un empresario, sería tenidas por abusivas.

Si estás pensado en salir de una franquicia te aconsejamos que contrates un abogado.