El Código de Cuenta de Cotización (CCC) es un número de identificación otorgado por la Tesorería General de la Seguridad Social a los empresarios. Este código es fundamental para el control de las obligaciones del empresario dentro del Sistema de la Seguridad Social.
La inscripción es el acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social asigna al empresario este número para su identificación y control. Este número es considerado como el primer y principal Código de Cuenta de Cotización.
Importancia del Código de Cuenta de Cotización Principal
Al Código de Cuenta de Cotización Principal se vincularán todos aquellos otros que puedan asignársele a un empresario.
Es importante señalar que el empresario debe solicitar un Código de Cuenta de Cotización (modelo TA.7) en cada una de las provincias donde ejerza actividad, así como en determinados supuestos en que sea necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización.
CCC EH Sede Electróniica Seguridad Social
Proceso de Inscripción para Nuevos Empresarios
El empresario que por primera vez vaya a contratar trabajadores, deberá solicitar su INSCRIPCIÓN como empresa antes del inicio de actividad, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio.
Documentación Necesaria para la Inscripción
Para realizar la inscripción, se requiere la siguiente documentación:
- Modelo oficial de solicitud.
- Documentos 1, 2 y 3 (especificados en la normativa general).
- Escritura de Constitución debidamente registrada o certificado del Registro correspondiente (Libro de Actas en el caso de Comunidades de Propietarios).
- Fotocopia del DNI de quien firma la solicitud de inscripción.
- Documento que acredite los poderes del firmante, si no están especificados en la escritura.
Para empresas extranjeras, se requiere:
- Documentos 1, 2 y 3 indicados con carácter general.
- Fotocopia de las escrituras de constitución de la empresa extranjera con certificado de estar inscrita en el registro correspondiente o el equivalente exigido por su legislación para empresas de la Unión Europea.
En el caso de terceros países, se necesita:
- Documentos 1, 2 y 3 indicados con carácter general.
- Certificado expedido por el cónsul español de su autorización y constitución legal en su país.
Dónde Presentar la Solicitud
Para terminar su solicitud puede dirigirse a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio de actividad.
