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La Generalitat Valenciana ofrece diversas ayudas y subvenciones para fomentar el emprendimiento y apoyar a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en la Comunitat Valenciana. Estas ayudas están diseñadas para impulsar el inicio y la consolidación de proyectos empresariales, contribuyendo así al desarrollo económico de la región.

Bases Reguladoras y Legislación Aplicable

El marco legal que regula estas ayudas se basa en diversas leyes y reglamentos, tanto a nivel estatal como autonómico y europeo. A continuación, se mencionan algunas de las principales disposiciones legales:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25/07/2006).
  • Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOGV núm. 7464, de 12/02/2015).
  • Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (DOGV núm. 4474, de 04/04/2003).
  • Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (BOE núm. 314, de 30/12/2004).
  • Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9323, de 22/04/2022).
  • Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad (DOGV núm. 4907, de 21/12/2004).
  • Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L 187, de 26/06/2014).
  • Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L2023/81820 de 15/12/2023).
  • ORDEN 2/2024, de 29 de febrero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las BASES REGULADORAS para la concesión de ayudas dirigidas a fomentar el ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9800, de 01/03/2024).

Convocatoria EMPYME 2025

La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo ha publicado la RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, por la que se efectúa la CONVOCATORIA de subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y la consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2025. Esta convocatoria, conocida como EMPYME 2025, tiene como objetivo proporcionar apoyo financiero a aquellos que están comenzando o consolidando sus negocios en la Comunitat Valenciana.

Además, se ha publicado el Extracto de la Resolución de 30 de abril de 2025, que resume los aspectos más relevantes de la convocatoria.

La RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2025, de la Dirección General de Emprendimiento e Internacionalización, resuelve la convocatoria de las ayudas para personas emprendedoras y pymes para el ejercicio 2025.

Requisitos y Documentación

Para acceder a estas ayudas, es fundamental cumplir con una serie de requisitos y presentar la documentación necesaria. Algunos de los aspectos más importantes son:

  • Debe presentarse una única solicitud.
  • El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto empresarial es de 5.000 euros, IVA excluido.
  • Los requisitos formales del proyecto empresarial: su extensión máxima será de 5 hojas, con letra arial 11, interlineado sencillo.

Plazo de Presentación

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 12 de mayo de 2025 hasta el 12 de junio de 2025, ambos incluidos.

Presentación Telemática

La presentación de solicitudes debe realizarse de forma telemática. Para ello, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación».

En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.).

Formularios

Existen modelos normalizados y rellenables de algunos de los documentos necesarios, disponibles en el subapartado "Formularios" y en el apartado "Qué necesitas saber > Formularios" del trámite telemático, así como en el propio trámite telemático.

  • PROYEMPY: Modelo Proyecto Empresarial EMPYME
  • CUJUEMPY: Cuenta Justificativa EMPYME
  • DECPYME: [Descripción del formulario DECPYME]

IMPORTANTE: Si no se han presentado los datos de domiciliación bancaria con anterioridad ante la Generalitat Valenciana, o si con posterioridad esos datos han experimentado cualquier variación, debe realizarse el trámite telemático "PROPER: Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria).

Silencio Administrativo

Transcurrido el plazo establecido sin que se haya notificado resolución expresa, las solicitantes podrán entender DESESTIMADAS sus solicitudes por silencio administrativo.

Tabla Resumen de la Convocatoria EMPYME 2025

Concepto Detalle
Nombre de la Convocatoria EMPYME 2025
Organismo Convocante Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Objeto Apoyo al inicio y consolidación de proyectos empresariales
Beneficiarios Personas emprendedoras y PYMES
Plazo de Presentación 12 de mayo de 2025 - 12 de junio de 2025
Presupuesto Mínimo Subvencionable 5.000 euros (IVA excluido)

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