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El modelo 036 es el formulario esencial en España para registrarse como autónomo y gestionar diversas obligaciones fiscales. Este documento es fundamental para realizar trámites como el alta, la modificación de datos y la baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

¿Para qué sirve el Modelo 036?

El modelo 036 es fundamental para:

  • Hacer cambios en tu situación de autónomo: Por ejemplo, cuando cambias de actividad o vas a empezar una nueva.
  • Modificar tu domicilio fiscal.
  • Darte de alta en el ROI: Para vender tus servicios a un cliente alemán.
  • Darte de baja de autónomo.

Si presentas el modelo 036 para modificar tu actividad, el plazo general es de 1 mes desde el comienzo de la nueva situación.

Cómo Presentar el Modelo 036

Puedes realizar el trámite a través de dos vías:

  • Telemática: En la sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
  • En persona: En una oficina de la Agencia Tributaria.

Guía Paso a Paso para Rellenar el Modelo 036

Este apartado requiere suma atención. A continuación, se detallan los campos a rellenar en las páginas clave del modelo:

Página 2

Aquí se detallan los campos a rellenar en la página 2 del modelo:

  • Casilla A1 (Residencia fiscal en España): Indica tu condición de residente fiscal. Por lo general, debes marcar la primera opción (SI. Art.).
  • Casilla A2 (Código país de residencia).
  • Casilla A3 (Nacionalidad).
  • Casilla 38 (Fecha de efecto de residencia fiscal).

En las casillas A4, A5, A6 y A7 indica tu NIF, apellidos y nombre, respectivamente. Si vas a darte de alta como emprendedor de responsabilidad limitada (o ERL), marca “Alta” en la casilla A9. En la casilla 39 has de seleccionar el indicador de referencia catastral y en la casilla A30, la referencia catastral. Esta puedes consultarla en la web del catastro (o llamando al 902-373635). Lo que sigue en este apartado (casillas A41 a A85), solo debes rellenarlo si tu dirección de notificaciones de Hacienda y tu dirección de gestión administrativa son distintas de tu dirección fiscal (la que has comunicado antes).

Página 4

Hacienda quiere saber dónde trabajas:

  • Casilla 403: Elige el código y tipo de actividad. Se desplegarán varias opciones. Hay actividades que no tienen un epígrafe claro.
  • Casilla 412: Escribe la referencia catastral.

De la casilla 413 a la 418 has de señalar el tipo de vía (calle, avenida, etc.), el nombre de la calle, número, piso, puerta, provincia y código postal. En la casilla 423, el grado de afectación, es decir, el porcentaje del espacio que vas a usar para trabajar. Por ejemplo, si tu vivienda tiene 100 metros cuadrados y tu habitación de trabajo ocupa 15 metros cuadrados, indica 15 %. Los suministros tienen un límite de deducción del 30 % en el IRPF. Y se aplica sobre el grado de afectación. La casilla 427 sirve para informar de la baja.

Página 6

Esto es algo que debes tener claro al darte de alta. En estimación directa, Hacienda te aplica el IRPF sobre tu beneficio (la diferencia entre tus ingresos y gastos). Si facturas por encima de 600.000 € al año, tributas por estimación directa normal. En estimación objetiva (o módulos), tributas a partir de unos criterios que Hacienda fija por decreto según tu actividad. Solo algunas actividades pueden tributar en módulos (por ejemplo, comercio minorista o transportistas). Y dentro de unos límites (250.000 € al año).

Para estimación directa, debes marcar la casilla de inclusión o baja cuando tributas por normal (casillas 608 y 617). Y si lo haces por simplificada, las casillas 609, 610, 611, 612 y 619 para indicar tu inclusión, renuncia, revocación, exclusión o baja. Para estimación objetiva o módulos, tienes las casillas 604, 605, 606, 607 y 615 para indicar tu inclusión, renuncia, revocación, exclusión o baja de este régimen. Casilla 613. Solo debes rellenarla si eres autónomo en módulos y has iniciado (o renunciado a) otra actividad que tributa en estimación directa. Casilla 614.

El IAE es un impuesto que como autónomo no debes pagar. Puedes estar dado de alta en una actividad empresarial sin ser una empresa.

Página 7

Tienes proveedores que te emiten facturas con retención (estos proveedores son autónomos): marca la casilla 700 de alta o baja, según la situación. Las ventas a distancia.

Página 9

La página 9 solo puedes rellenarla cuando vas a darte de baja y designar a algún sucesor.

Régimen de Estimación Objetiva (Módulos)

Este régimen de tributación, cumplimentado mediante el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), establece una estimación de los rendimientos de las actividades empresariales de las personas físicas en función de parámetros objetivos.

La modalidad de ESTIMACIÓN OBJETIVA consiste en determinar el rendimiento neto tributario en base a parámetros objetivos (número de personas que trabajan en la actividad, la potencia instalada, superficie del local, situación, etc.) fijados por el Ministerio de Hacienda para cada actividad.

La cuantía de los signos o módulos se calculará multiplicando la cantidad asignada a cada unidad del parámetro por el número de unidades del mismo empleadas, utilizadas o instaladas en la actividad.

Límites y Requisitos

Un límite para la aplicación de esta modalidad es la magnitud de personas empleadas en la actividad empresarial. Si el contribuyente realiza una actividad sometida al régimen de ESTIMACIÓN DIRECTA no podrá aplicarse la ESTIMACIÓN OBJETIVA a otras actividades.

Este límite se establece en 300.000 € anuales (ejercicio 2015) para el conjunto de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, así como, para el conjunto de actividades correspondientes a Transporte de mercancías por carretera y Servicios de mudanzas.

Renuncia y Revocación

Si se desea renunciar a esta modalidad, se deberá efectuar mediante la presentación del modelo 036 o 037 en la delegación de Hacienda que corresponda por domicilio a la empresa. La renuncia, supone la inclusión automática en la modalidad de ESTIMACIÓN DIRECTA (Normal o Simplificada). Esta renuncia tendrá efecto para un periodo mínimo de tres años y se entenderá prorrogada tácitamente para cada uno de los siguientes, salvo que se revoque. La revocación a la renuncia se presentará en el mes de diciembre anterior al año natural en que deba surtir efecto, mediante la presentación del modelo 036, apartado modificación de datos.

Beneficios de la Estimación Objetiva

En la modalidad de ESTIMACIÓN OBJETIVA se pueden deducir las amortizaciones del inmovilizado, aplicando una tabla simplificada y unos coeficientes que permiten la amortización acelerada.

Obligaciones Formales, Contables y Registrales

Los empresarios acogidos a este sistema tienen obligación de guardar facturas por orden de fechas y por trimestres; y los justificantes de los índices, módulos o signos aplicados. Los contribuyentes acogidos a este método que deduzcan amortizaciones estarán obligados a llevar un libro registro de bienes de inversión. Además, por las actividades cuyo rendimiento neto se determine teniendo en cuenta el volumen de operaciones habrán de llevar un libro registro de ventas o ingresos.

Las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, llevarán unos únicos libros obligatorios correspondientes a la actividad realizada, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar en relación con sus socios, herederos, comuneros o partícipes.

Reducciones Aplicables

  • Reducciones por incremento de plantilla o inversiones en inmovilizado.
  • Reducciones por índices correctores para pequeñas empresas, actividades de temporada, kioscos, taxis y empresas de transporte.
  • Reducciones por gastos extraordinarios.

Pagos Fraccionados

En este régimen deben realizarse cuatro pagos fraccionados, en los plazos del 1 al 20 de Abril, Julio, Octubre y durante el mes de Enero del año siguiente (modelo 131). El importe del pago fraccionado será, en general, el 4% del rendimiento neto aplicable según la normativa, o el 3% para empresas con un asalariado y el 2% cuando no se disponga de personal asalariado.

Liquidaciones y Declaraciones

Igualmente, mediante al aplicación de los módulos se fijan para cada actividad el I.V.A. el modelo 303 integra los modelos 310, 370, así como los modelos 311 y 371). Además deberá presentarse resumen anual modelo 390, junto con la declaración- liquidación final. Respecto del modelo 347 o declaración anual de operaciones con terceras personas, el artículo 32.b del real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, exonera de la obligación de su presentación a las personas físicas y entidades en atribución de rentas en el IRPF, que tributen por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia, salvo por las operaciones por las que emitan factura.

Retenciones en Facturas

Una gran parte de los autónomos no tiene que practicar retenciones en sus facturas. Los profesionales autónomos son los que sí que deben, como norma general, incluir retenciones del IRPF en sus facturas.

El pagador es el obligado a aplicar la retención, para ello le deja de pagar al prestador del servicio un porcentaje del importe total de los servicios que figura en la factura o en la nómina. El «vendedor» cobra el importe neto de la factura o nómina (descontada la retención) y el resto lo recuperará al hacer su declaración de la renta o el impuesto de sociedades. El primer paso para aplicar una retención es documentarla.

Obligaciones del Pagador y del Prestador del Servicio

El autónomo (o la empresa) obligado a practicar la retención e ingresarla en Hacienda es siempre el pagador. Si no lleva retención y es una de las operaciones anteriores. En algunos casos, la normativa permite no aplicar retenciones o aplicar retenciones en un porcentaje inferior al normal. En estos casos el receptor de la factura debe pedir al emisor un certificado en el que conste el motivo y precepto legal que le permite no aplicar retención o aplicar un porcentaje inferior. En el caso de las facturas se aplica sobre el importe antes de aplicar el IVA correspondiente.

Algunas empresas clientes que subcontratan con freelance o profesionales autónomos se ocupan directamente de preparar las facturas y de practicar y pagar las retenciones correspondientes. El Modelo 115 de la AEAT, conocido comúnmente como la declaración trimestral de las retenciones por alquileres. El Modelo 123 de la AEAT, una declaración fiscal inaplazable que acumula las retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas de capitales.

Tipos de Retención

Cuando los rendimientos sean contraprestación de una de las actividades económicas previstas en el siguiente cuadro y se determine el rendimiento neto de la misma con arreglo al método de estimación objetiva, se aplicará el tipo de retención del 1 % sobre los ingresos íntegros satisfechos. Nunca hay que retener cuando el empresario perceptor del rendimiento es una persona jurídica. Tampoco se practicará la retención cuando el empresario que percibe el rendimiento comunique, por escrito, al pagador que tributa en estimación directa.

Información Necesaria para la Comunicación

  • La identificación completa del comunicante (nombre y apellidos, NIF y domicilio fiscal).
  • La actividad que desarrolla, con indicación del epígrafe de IAE.
  • Rendimiento por estimación directa.

🖋 Cómo rellenar el MODELO 036 | Alta Autónomos en Hacienda (2025)