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En el ámbito del derecho mercantil español, el Código de Comercio establece una serie de normas legales que se aplican a todo comercio y empresario, denominadas estatuto del comerciante o empresario. Este estatuto define las obligaciones y prohibiciones necesarias para iniciar una actividad e inscribirla en el registro mercantil.

¿Qué es el Estatuto Jurídico del Empresario?

El estatuto jurídico del empresario comprende una serie de normas que determinan las obligaciones y prohibiciones para iniciar una actividad e inscribirla en el registro mercantil en la que nosotros seamos empresarios.

Toda persona física que desee inscribirse dentro de la actividad empresarial en España debe cumplir una serie de requisitos:

Capacidad Legal para Ejercer el Comercio

Deberá tener capacidad legal para ejercer el comercio. En este caso, los menores de edad o aquellas personas que sean mayores de edad, pero estén incapacitadas, no pueden ser comerciantes, aunque estén emancipados. Según la ley, esto no se permite ya que no pueden disponer de sus bienes y tendría que tener el control una persona mayor.

Sin embargo, los menores van a poder continuar ejerciendo aquello que hayan iniciado sus padres por medio de sus curadores o tutores legales, pero aun así no pueden iniciar ninguna nueva actividad.

Aquellos que sean mayores de edad y tengan la capacidad legal de disponer de todos sus bienes, podrán llevar a cabo cualquier actividad mercantil, ya sea comercial, industrial o de servicio, o incluso no mercantil como la agricultura, la ganadería o la artesanía. En general, cualquier ciudadano español podría iniciar cualquiera de estas profesiones, pero debe tener una habitualidad. Se denomina habitual cuando se hace eco de su trabajo, aunque no haya ejercicio.

Aquellas personas que se inscriban en el registro mercantil serán ya denominados como empresarios. El empresario deberá actuar en nombre propio, es decir, deberá asumir todos los beneficios de sus actividades al igual que todas las responsabilidades económicas como pagos que estas traigan.

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Prohibiciones y Limitaciones

Aquellas personas que cumplen todos los requisitos para ejercer una actividad, pueden verse enfrentadas por unas prohibiciones y limitaciones que les obligan a detener esa actividad económica.

Si una persona ha sido sentenciada con que no puede ejercer el cargo empresarial por cualquier motivo que la ley impida hasta su nuevo aviso, quiere decir que no podrá ejercer en definitiva ninguna labor comercial bajo su nombre. Normalmente se trata cuando ha producido una competencia ilícita.

Puede haber prohibiciones de diferentes tipos, las más comunes son las absolutas que se prohíbe en todo el territorio nacional, las relativas que solo se centran en el territorio que trabajan o las prohibiciones que afectan a un género determinado del comercio. Esta persona no puede ejercer el cargo mediante otra persona, es decir, no puede haber un representante que actúe en su lugar.

Incompatibilidades

Dentro de las prohibiciones se encuentran las incompatibilidades que por ostentar determinados cargos ya no pueden iniciar una actividad económica a su propio beneficio, prohibiéndoles totalmente su iniciación.

Hablaríamos de incompatibilidad absoluta cuando se prohíbe ejercer el comercio en todo el territorio nacional por parte de militares, miembros del gobierno y altos cargos del Estado.

También podemos hablar de incompatibilidad relativa que en este caso se prohíbe dentro de unos límites como un distrito, una región, o provincia determinada. Aquí entrarían magistrados, jueces, delegados del Gobierno o gobernadores militares.

En resumen, para ser empresario se necesita contar con una libertad plena iniciar la actividad empresarial.

Definiciones de Comerciante Según el Código de Comercio

El Código de Comercio de España recoge en el artículo 1 dos definiciones de comerciante: por un lado, aquellos que se dedican al comercio habitualmente y cuentan con la capacidad legal para hacerlo y, por otro, las empresas mercantiles o industriales que se constituyen de acuerdo con ese Código.

Dicho de otro modo, el comerciante puede ser tanto una persona física como una persona jurídica. Todos los actos comerciales han de regirse por el Código de Comercio, al margen de si las personas que los realizan son comerciantes y de si el acto en cuestión está incluido en el Código.

¿Cuándo Empieza Uno a Ser Considerado Comerciante?

Desde el momento en que se propone hacerlo y lo anuncia a través cualquier medio que tenga como objetivo final una operación mercantil.

Clases de Comerciantes

Aunque el Código de Comercio de España utiliza la palabra comerciante, desde la aplicación de la Ley 19/1989, de 25 de julio, se reconoce a los términos comerciante y empresario como sinónimos en el ámbito del Derecho mercantil y en el día a día es más habitual escuchar el segundo, a menudo completado como empresario mercantil.

Sin embargo, existe la figura del empresario civil para referirse a profesionales que no necesariamente realizan una actividad mercantil, como, por ejemplo, en el caso de agricultores que explotan su propia finca, y la figura del empresario público, esto es, aquel utilizado por las administraciones públicas para desarrollar una actividad económica.

Requisitos Adicionales para Ser Comerciante

Ser ciudadano español no es requisito sine qua non para ser comerciante en España. Los extranjeros y las compañías constituidas en el extranjero pueden comerciar en España, sujetos a las leyes del país en cuestión en cuanto a capacidad de contratación, y respetando las provisiones del Código de Comercio de España si operan dentro del territorio español.

Sí es necesario, no obstante, ser mayor de edad y poder disponer legalmente de los bienes propios.

El Código de Comercio enumera asimismo una serie de profesiones que, cuando se ejercen en activo, son incompatibles con el comercio y la gestión de una sociedad, tanto en nombre propio, como en nombre de otros. Entre ellos se encuentran los magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal, los empleados en la recaudación y administración de fondos del Estado nombrados por el Gobierno y cualquier persona que por ley o por alguna disposición especial no pueda comerciar en determinado territorio.

Adquisición y Pérdida de la Condición de Comerciante

Se es comerciante al comenzar a ejercer habitualmente una actividad comercial o industrial en nombre propio o de terceros. La condición de comerciante no requiere formalmente una inscripción en el Registro Mercantil.

Asimismo, esta condición solo puede ser adquirida, no heredada. Adquirir la titularidad de un negocio mercantil no implica adquirir también la cualidad de empresario con todas sus consecuencias si efectivamente no se ejerce en nombre propio esa actividad.

De igual modo, esta condición se pierde al dejar de ejercer una actividad comercial o industrial, ya sea por fallecimiento, por transmisión de la empresa, o por otros motivos. Cabe tener en cuenta que, si un comerciante es incapacitado por los tribunales para regir su persona y sus bienes, no tiene por qué perder también su condición de comerciante, ya que un representante legal puede continuar ejerciendo en su nombre la actividad que hasta la incapacitación realizaba el incapacitado.

Obligaciones y Responsabilidades del Comerciante

El comerciante cuenta con una serie de obligaciones y responsabilidades dispuestas en el Código de Comercio y en el Estatuto jurídico del empresario. El comerciante está sujeto a un régimen jurídico específico debido a la naturaleza de la actividad que ejerce, aunque con el tiempo se han ido ampliando las instituciones que antes eran exclusivas de los empresarios mercantiles a otros sujetos del Derecho privado, haciendo así que se haya reducido considerablemente su estatus especial.

Obligaciones Fiscales

Entre las obligaciones fiscales de los comerciantes o empresarios mercantiles, se encuentran abonar el impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre actividades económicas. Al respecto del impuesto sobre el valor añadido, las empresas lo recaudan en nombre de Hacienda, cargándolo a sus clientes y abonándolo al fisco. En el sitio web de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa explican en detalle las obligaciones fiscales de las empresas, las leyes por las que se rigen y los tipos de gravámenes que se imponen.

Obligaciones Contables

Respecto de las obligaciones contables, los comerciantes han de llevar su contabilidad con orden cronológico en un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario. Las cuentas puede llevarlas el propio empresario u otras personas autorizadas, pero debe tenerse en cuenta que la responsabilidad en última instancia recaerá siempre sobre la empresa. Al acabar el ejercicio fiscal, el empresario tendrá que entregar las cuentas anuales de la empresa en el Registro Mercantil.

Obligaciones Laborales

Las empresas están obligadas a dar de alta a sus trabajadores en la Seguridad Social y a mantener su afiliación hasta que concluya su relación laboral y el trabajador deje de prestar servicio a la empresa. Asimismo, ha de abonar las cuotas correspondientes dentro de los plazos establecidos.

Responsabilidades del Empresario Mercantil

Respecto de las responsabilidades del empresario mercantil, este está sujeto a una responsabilidad variable frente a terceros en función de la forma social con la que participe en el mercado.

Tabla Resumen de Requisitos y Obligaciones

La siguiente tabla resume los requisitos y obligaciones clave para ser considerado empresario en España:

Requisito/Obligación Descripción
Capacidad Legal Ser mayor de edad y tener la capacidad legal para disponer de los bienes propios.
Incompatibilidades No ejercer profesiones incompatibles con el comercio (ej. magistrados, jueces).
Obligaciones Fiscales Abonar el impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre actividades económicas.
Obligaciones Contables Llevar la contabilidad con orden cronológico en libros de Inventarios y Diario.
Obligaciones Laborales Dar de alta a los trabajadores en la Seguridad Social y abonar las cuotas correspondientes.

En esta modalidad de ejercicio profesional de una actividad el propietario o persona física lleva el control total de la empresa. La declaración de alta en el IAE es requisito previo y necesario para desarrollar cualquier tipo de actividad empresarial o profesional. La declaración de alta se realiza mediante la presentación del modelo 845 (si la actividad está sujeta simplemente a cuota municipal) o del modelo 846. Toda persona física que se da de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios deberá, obligatoriamente, inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Además los trabajadores profesionales que ejerzan una actividad profesional por cuenta propia deben darse de alta en los colectivos profesionales acogidos.