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Si has tomado la decisión de finalizar tu relación laboral de forma voluntaria, es fundamental que lo comuniques correctamente. La mejor forma de hacerlo es mediante una carta de baja voluntaria, también conocida como carta de renuncia. A continuación, te contamos todo lo que debes saber para finalizar una relación laboral de forma voluntaria.

La carta de baja voluntaria es la mejor opción que tienes como trabajador para comunicar a la empresa que vas a finalizar tu relación laboral. Principalmente, se debe entregar la carta de baja voluntaria para evitar problemas a la hora de cobrar el finiquito.

No encontramos ninguna norma que regule un modelo de carta por baja voluntaria único o que sea de entrega obligatoria. Pero si es recomendable para evitar posibles problemas con la empresa. Te indicamos que en la carta, es una mera formalización para que la empresa tenga conocimiento de tu baja voluntaria.

Aunque hemos preparado unos documentos en word para que puedas descargar y modificar ejemplos del modelo de carta por baja voluntaria.

¿Qué debe incluir una carta de baja voluntaria?

Una carta sencilla, pero efectiva debe contener:

  • Nombre del trabajador
  • Fecha de emisión
  • Cargo y departamento
  • Fecha del último día de trabajo
  • Agradecimiento (opcional pero recomendable)
  • Firma

Puedes redactar tu propia carta de baja voluntaria sin usar plantillas.

Modelo para completar y descargar en Word

A LA ATENCIÓN DEL EMPRESARIO/RRHH

En _____________ a _____________de ____________de 202___

Dº/Dª ________________ con DNI Nº_____________, mayor de edad y domicilio a efecto de notificaciones en _______________, trabajador/a de la empresa les comunico mi intención de causar la baja voluntaria el día __________________, siendo éste día el último día en la empresa.

Se comunica a la empresa la decisión de abandonar la empresa con 15 días de antelación.

Les ruego que firmen la presente a los efectos de notificación y preparen el finiquito para esa fecha quedando a su disposición para lo que necesite.

EL/LA TRABAJADOR/A

LA EMPRESA

Cómo completar el modelo

  • Datos de identificación de la persona trabajadora. El domicilio a efecto de notificaciones es recomendable que sea el mismo que aparece en la nómina del trabajador, a no ser que el trabajador haya cambiado de domicilio.
  • Fecha de efectos de la medida, es decir, el último día de la relación laboral con la empresa. Es indiferente, que el trabajador esté de baja médica o de vacaciones. Además, el último día de relación laboral no tiene por que ser día de trabajo. De hecho, es recomendable que coincida con los días de descanso semanal. Por ejemplo, si un trabajador trabaja de lunes a viernes, puede indicar que el último día es el domingo. Por otra parte, el empresario está obligado a pagarle hasta el último día de la relación laboral.
  • El preaviso de 15 días es recomendable cuando el convenio colectivo no indica nada. En caso de que el convenio colectivo indique un preaviso, dicho plazo es el que deberá de cumplir la persona trabajadora.
  • A la hora de contar los 15 días no se computa el día que se notifica a la empresa, sino que comienza a contar al día siguiente. Son 15 días naturales.

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Claves de la baja voluntaria

La baja voluntaria es la decisión de la persona trabajadora de extinguir la relación laboral antes de que finalice el contrato temporal o en cualquier momento en el caso de un contrato indefinido.

En este sentido, el trabajador puede, en cualquier momento, abandonar la empresa sin que pueda estar obligado a permanecer en la misma.

En caso de baja voluntaria, el trabajador no tiene derecho a indemnización ni a a prestación por desempleo, pero sí que tiene derecho a finiquito. Para poder cobrar el desempleo tendremos que encontrar otro empleo.

Necesidad de preaviso

El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores establece que la persona trabajadora debe de preavisar con lo que indique el convenio colectivo, o en defecto de éste, la costumbre del lugar.

Por lo tanto, lo primero que hay que mirar es que es lo que dice el convenio colectivo de aplicación, y en caso de que éste no diga nada, la jurisprudencia suele entender como costumbre del lugar 15 días naturales.

En caso de incumplimiento, la empresa podrá descontar del finiquito los días de falta de preaviso.

Derecho a finiquito

Aunque no se tenga derecho a indemnización por dimisión del trabajador, sí que se tiene derecho al finiquito correspondiente. El finiquito contiene, normalmente, las siguientes cuantías:

  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias, si no se tiene prorrateadas.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas.
  • Días del mes trabajado en el que se notifica la baja voluntaria.

En caso de incumplimiento del preaviso correspondiente, la empresa podrá descontar los días de ausencia de preaviso o lo que indique el convenio colectivo.

Cualquier otro tipo de deuda que tenga la empresa con la persona trabajadora o, viceversa, deudas que el trabajador tenga con la empresa.

Como se puede comprobar, puede que la empresa no adeude ninguna de estas cuantías, por lo que a lo mejor la cuantía que corresponde de finiquito es cero.

Envío del escrito

Cualquier forma es válida siempre que el trabajador tenga alguna forma de acreditar que la empresa lo ha recibido.

Es por ello que si el escrito se presenta personalmente o a través de una tercera persona, es recomendable que el trabajador se quede con una copia firmada por la empresa.

Si se opta por el burofax, lo mejor es enviarlo a la dirección que aparece en la nómina del trabajador o al centro de trabajo para que luego la empresa no indique que no lo recibió.

Como trabajador, tienes todo el derecho de finalizar tu relación laboral con tu empresa. Si has tomado la decisión de dejar tu empleo de forma voluntaria, la forma correcta es comunicarlo de forma escrita. Para ello, tendrás que presentar un documento de baja voluntaria.

Es muy importante que tengamos en cuenta el plazo marcado para la comunicación de baja voluntaria en tu trabajo. Las consecuencias del incumplimiento pueden afectar al dinero que la empresa debe entregarte en el finiquito. Por tanto, lo ideal es preavisar con el tiempo correspondiente.

Se establece que el plazo es de 15 días naturales, sin embargo, puede variar en función de tu Convenio Colectivo.

Att. Por la presente, le comunico mi deseo de terminar la relación laboral, poniendo fin a mi trabajo. Siendo mi nombre______ con DNI xxxxxxxx-x l mi último día de trabajo será el 5 de febrero de 2020.

Te recordamos que como trabajar si decides por ti mismo dejar de trabajar, presentado la baja voluntaria, no tendrás derecho a pedir la prestación pro desempleo. Y tampoco tendrás indemnización. Lo único que si podrás percibir por parte de la empresa es el finiquito.

Si quieres saber más sobre cuál será tu finiquito, puedes leer nuestro artículo para calcularlo.

Esperamos que te haya servido de ayuda, y puedas utilizar el modelo de carta por baja voluntaria que hemos preparado.

A pesar de nuestra recomendación de presentar la baja mediante forma escrita (también queda incluido correo electrónico) puedes hacerlo de forma verbal. Para una mayor seguridad jurídica no te aconsejamos tanto esta opción.

Muchos trabajadores creen que su dimisión o baja voluntaria solo requiere un preaviso de 15 días. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores no establece un plazo de preaviso de dimisión concreto, sino que indica que debe mediar el preaviso que establezca el convenio o “la costumbre del lugar”.

Se considera baja voluntaria cuando un trabajador decide, por iniciativa propia, poner fin a su relación laboral con la empresa.

No es necesario justificar los motivos, pero sí es obligatorio comunicarlo de forma clara y con antelación. Este proceso debe realizarse de forma formal (preferiblemente por escrito) y con un plazo de preaviso, para que la empresa pueda reorganizar el equipo y calcular correctamente el finiquito.

¿Qué es el preaviso de baja voluntaria?

El periodo de preaviso legal es el tiempo de antelación con el que la empresa o el empleado tienen que avisar sobre un cambio en alguna cláusula o condición del contrato laboral. Por ejemplo, una baja, una excedencia o un despido.

El plazo de preaviso está establecido de forma general en el Estatuto de los Trabajadores.

Sin embargo, las empresas pueden modificar las condiciones y plazo de preaviso en su convenio colectivo e, incluso, en el contrato de trabajo.

Para saber a qué convenio pertenece un empleado, solo tienes que comprobar el contrato, pues debe aparecer en las cláusulas. Puedes consultar las condiciones completas del convenio en el Departamento de RR. HH. de la organización. También a través de la web de la Comisión Consultiva Nacional. En ella aparecen reflejados los convenios colectivos.

El plazo de preaviso se cuenta en días naturales, es decir, de lunes a domingo. No obstante, puede indicarse lo contrario según el convenio colectivo por el que se rige la empresa.

¿Por qué es importante cumplir con el periodo de preaviso?

El preaviso es importante tanto para la organización del empleado como de la empresa. También porque su incumplimiento puede generar sobrecostes para la organización o una pérdida de ingresos que corresponderían al empleado. Estas son las motivaciones que convierten al preaviso en una cuestión relevante:

  • El empleado puede iniciar la búsqueda de otro empleo.
  • La empresa puede reorganizar el trabajo.
  • Para que la empresa inicie un proceso de selección para contratar a un nuevo empleado.
  • Que el empleado no vea reducido su finiquito.
  • Que la empresa no tenga que pagar más al empleado.

Plazos de Preaviso y Convenios Colectivos

Es habitual que el plazo de preaviso de dimisión más corto de cualquier convenio que firmen CC.OO. y UGT sea de 15 días, incluso para los puestos de nivel laboral más bajo, en los que digamos que hay poco o nada que aprender y que los puede desempeñar poco menos que todo el mundo.

El fondo del asunto no es que los plazos sean más o menos largos, sino que CC.OO. y UGT firman los plazos de preaviso de dimisión que quieren las empresas afectadas por el convenio.

Sobre todo en convenios sectoriales estatales que afectan a empresas grandes, que pueden gastar mucho dinero en lo que estimen más conveniente para sus intereses y que financian a CC.OO. y UGT con liberados y locales.

Cuando algún “sindicalisto” da una explicación de que los preavisos sean tan largos, suele poner dos excusas: la supuesta dificultad para cubrir el puesto de trabajo y el tiempo de formación del nuevo empleado que lo cubra. El trabajador que se fuera no sería responsable de las hipotéticas dificultades que tuviera la empresa en cubrir su puesto.

Sin embargo, eso no impide que CC.OO. y UGT también “olvidan” que el elemento básico que define las relaciones laborales es que son por cuenta ajena. Eso significa que el empleado solo está obligado a prestar los servicios contratados durante el tiempo contratado percibiendo el salario contratado, mientras que todo lo demás no es asunto suyo.

No es asunto suyo (es de cuenta ajena o de otro) que la empresa consiga, o no, unos beneficios por ese trabajo, ni cuál sea el importe de esos beneficios. La empresa se queda con esos beneficios sin repartirlos con el trabajador precisamente porque el riesgo de obtenerlos va en su cuenta, no en la del trabajador. Por lo que también es problema de la empresa el tiempo que tarde en cubrir el puesto y el tiempo que tarde en formar al sustituto.

Hacer pagar al trabajador una parte de esos tiempos o costes va en contra del principio de ajenidad de la relación laboral, sobre todo si tenemos en cuenta que se le hace pagar ese coste después de finalizada su relación laboral.

La verdadera razón por la que se ponen plazos largos de preaviso de dimisión es para que las empresas ganen dinero con los descuentos salariales por falta de días de preaviso.

Lo consiguen porque CC.OO. y UGT no solo firman convenios con preavisos de dimisión de meses, sino que en el mismo convenio también firman la autorización para que la empresa descuente un día de salario por cada día de falta de preaviso.

Cuando un trabajador encuentra un nuevo empleo, normalmente tiene que comenzarlo inmediatamente o como mucho en un par de semanas, pero rara vez puede esperar digamos que un mes o dos; por lo que no le queda más remedio que irse del empleo anterior faltándole días de preaviso, que la empresa le descuenta del finiquito.

Pero la empresa no tiene porque devolverle el descuento al trabajador en caso de que sí que encuentre su sustituto antes de que pase ese mes o dos meses, ni tampoco en caso de que ni siquiera pretenda sustituirle. Ese es el chollo empresarial, patrocinado por CC.OO.

¿Qué ocurre si no se da el preaviso?

Si el trabajador no comunica su salida con antelación:

  • La empresa podrá descontar del finiquito los días no preavisados.
  • No pierde el derecho a su nómina ni al finiquito, pero sí puede recibirlo reducido.

Importante: la baja voluntaria no da derecho a indemnización por despido, ya que no es una decisión del empleador.

¿Cómo se presenta el preaviso de forma correcta?

Aunque no existe una forma obligatoria, es muy recomendable entregar una carta de baja voluntaria por escrito, indicando:

  • Nombre del trabajador
  • Expresión de voluntad de causar baja
  • Fecha del último día de trabajo
  • Firma del trabajador y del empresario

Baja Voluntaria vs. Extinción por Incumplimiento del Empresario

Es fundamental no confundir la dimisión libre del trabajador con los casos en que este solicita la extinción del contrato por causas imputables al empresario.

Según el Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador podrá solicitar la extinción de su contrato con derecho a indemnización si se dan, entre otras, las siguientes situaciones:

  • Modificaciones sustanciales en sus condiciones laborales que dañen su dignidad.
  • Retrasos continuados o impago de salarios.
  • Incumplimientos graves por parte del empresario.

En estos casos, la relación laboral se extingue por decisión judicial, y el trabajador puede recibir la indemnización equivalente a un despido improcedente.

Recomendaciones Finales

El preaviso de baja voluntaria es una obligación legal que protege tanto a la empresa como al trabajador. Salvo que estés en periodo de prueba, lo correcto es preavisar con al menos 15 días naturales y dejar constancia por escrito.

Si la salida se debe a un incumplimiento grave por parte del empleador, puedes acogerte al Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores y solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización.

Tabla Resumen del Periodo de Preaviso

A continuación te mostramos los diferentes casos que se pueden dar y el preaviso mínimo en cada uno:

Situación Días de preaviso
Despido disciplinario 0 días
Despidos objetivos 15 días
Despidos colectivos 15 días
Rescisión en periodo de prueba 0 días
Cambios en el contrato individual de trabajo 15 días
Cambios en el contrato colectivo 7 días
Cambio de zona geográfica 30 días
Sanciones de la empresa al trabajador 0 días
Baja voluntaria del empleado 15 días
Excedencia 0 días, aunque por cortesía se recomiendan 15 días.
Solicitud de permisos a los que tenga derecho el trabajador 0 días, aunque por cortesía con la máxima antelación posible.

Preguntas Frecuentes

¿Es obligatorio el periodo de preaviso?

El periodo de preaviso es obligatorio en algunos casos. Para saber si es obligatorio o no, hay que consultar, en primer lugar, el contrato. En segundo lugar, el convenio colectivo por el que se rige la empresa. En última instancia y de forma más genérica, el Estatuto de los Trabajadores. Son tres documentos donde aparece el periodo de preaviso obligatorio en cada caso. De no aparecer, no será obligatorio, pero siempre es recomendable para una mejor organización de la empresa y empleado.

¿Qué pasa si un empleado renuncia de un día para otro?

Si un empleado renuncia de un día para otro, la cuantía del finiquito se ve reducida. La cantidad reducida corresponde a los días que han faltado para completar las condiciones reales de preaviso.

«Me voy, no aguanto más». Frase con la que comienzan muchas sesiones de orientación que buscan un cambio o salir de un entorno tóxico. Si estás en este post es porque has decidido irte de la empresa. Pero como todo en la vida esta es tu primera vez y no tienes ni idea de cómo causar baja voluntaria. Sabes que quieres irte pero no sabes el canal, la forma y mucho menos que poner.

Normalmente se emplea un lenguaje formal. Por ejemplo: Estimada/o (Nombre).

¿A quién he de dirigirla?

Si la empresa tiene departamento de RR. HH.

En el primer párrafo de la misma debes incluir de forma clara y completa tu nombre, apellidos y DNI.

Nota: puede darse el caso que presentes tu carta de baja dando 15 días y la compañía te solicite ampliar ese plazo para tratar de reorganizar el área o puesto, está en tu mano volver a enviar una carta modificando los días de preaviso.

  • No incluir el motivo.
  • Incluir el motivo.

Como te indicaba arriba, lo importante es no convertir la carta de baja voluntaria en una lista de agravios y acusaciones subidas de tono.

Para finalizar es conveniente expresar agradecimiento (siempre que como explicaba arriba) por el aprendizaje y desarrollo que has tenido en la empresa. Si quieres o eres de las personas que te gusta explicar de forma «extensa» puedes incluir los puntos más positivos de la misma.

Tras agradecer también puede indicar tu colaboración para hacer una transición ordenada e incluso tiempo para formar a la persona que pueda sustituirte.

  • Con preaviso. Salvo convenio colectivo no diga nada distinto , el preaviso se realiza con una antelación de 15 días naturales. Es importante dar el mayor tiempo que te sea posible, en algunos casos se produce por la incorporación a otra compañía y ya has dado tu palabra de un tiempo estimado.
  • Sin preaviso. Aunque la empresa tenga un departamento de Recursos Humanos debe ser tu responsable directo la primera persona que conozca que vas a dar el paso, aunque la política indique el envío de la carta a RR. HH.

Una vez presentada la carta a RR. HH.

  • Quiero mostrarles mi agradecimiento por confiar en mí para desarrollar este puesto en la compañía.
  • Quiero mostrarles mi agradecimiento por confiar en mí y haber crecido tanto en la compañía.

¿Listo/a para enviar tu carta de baja?

¿Estás preparado para volver al mercado laboral?

En cualquier caso, y esta es otra de las particularidades, dentro de un mismo mes no te ha de dar diferencia, ya que por la fracción de mes, aunque sea de un día, devengas la prorrata mensual completa.

Yo no sé que se fumaron los negociadores del Convenio en su día, pero el caso es que son cuestiones que se arrastran dese hace infinidad de años y en los sucesivos convenios,. no solo se han mantenido sino que se han ido acumulando más chapuzas aún (por ej. hay una mejora por convenio respecto ET, se publica un nuevo convenio y si ha habido durante ese tiempo alguna novedad en el ET pero que no mejora lo que ya fijaba el Convenio y se limitan a hacer un copia y pega del literal vigente del ET pero que contradice (o empeora) otras previsiones del propio convenio respecto a ese mismo punto.

En fin, todo un despropósito de Convenio y los que lo sufrimos, nos acordamos de los negociadores, que, para colmo, se permiten mantener un convenio durante más de 10 años vigente por ultraactividad para, después de tanto tiempo, sacar una chapuza aún mayor.