Para los autónomos y pequeñas empresas, el IVA franquiciado vuelve a estar en el centro del debate fiscal. La gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) puede ser complicada para autónomos y pequeñas empresas. En este contexto, el régimen de franquicia del IVA se convierte en un tema crucial que podría tener un impacto significativo en la operación y en la rentabilidad de los negocios. Por ello, es necesario entender cómo y cuándo este régimen se aplica en la parte de la gestión y la contabilidad.
El denominado IVA franquiciado es una de las reformas fiscales más demandadas por autónomos y pequeños negocios. Este sistema, que ya funciona en otros países de la Unión Europea, puede suponer un antes y un después para pequeños contribuyentes al simplificar sus obligaciones fiscales. A pesar de ello, este es uno de los cambios más esperados en el ámbito tributario europeo: la posible implantación del régimen de franquicia del IVA en España.
Conoce en detalle qué es el régimen de franquicia del IVA, quién puede beneficiarse de él y en qué situaciones resulta aplicable para autónomos y pequeñas empresas.
¿Qué es el régimen de franquicia del IVA?
El régimen de franquicia del IVA es un sistema fiscal, aún no generalizado en España, que permite a los pequeños empresarios y profesionales no tener que aplicar el IVA en sus facturas. Esto significa que quienes se acogen a este régimen quedan exentos de repercutir dicho impuesto en sus operaciones comerciales, lo que facilita su actividad en el mercado. Aunque no exime de cumplir con algunas obligaciones fiscales, reduce la carga administrativa para los autónomos y las pymes.
En cuanto a su contenido, con el objetivo de reducir la carga que supone para las pequeñas empresas el cumplimiento de la normativa del IVA, el régimen de franquicia permite desarrollar la actividad económica sin que se aplique IVA, es decir, no se tiene que realizar la repercusión del IVA, ni ingresarlo, ni presentar declaraciones, siempre que no se alcance el umbral de negocios que determine la normativa nacional.
Quien se acoja al régimen de franquicia, mientras no se alcance el límite establecido no tiene que incluir IVA en las facturas a los clientes y tampoco tendría que presentar los modelos 303 ni 390. Además, la no aplicación del IVA conlleva que no puedan ser deducidas las cuotas de IVA soportadas en las compras realizadas, lo que sigue limitando las empresas a las que les puede beneficiar este régimen.
¿Quién podrá acogerse al régimen de franquicia del IVA?
Aunque todavía no está activo, se espera que puedan acogerse a este régimen autónomos y pequeñas empresas cuyos ingresos anuales no superen los 85,000 euros. También determinados profesionales que realicen actividades sujetas a IVA pero que deseen acogerse al régimen para simplificar su gestión. Será necesario cumplir una serie de requisitos formales y comunicar a Hacienda la decisión de aplicar este régimen.
¿En qué casos se aplicará este régimen?
En muchos países de la Unión Europea se aplica este tipo de régimen, presentando ventajas fiscales para negocios de pequeña escala. Aunque en España las facturas de autónomos hacia otros países que ya utilizan este régimen están exentas, las transacciones entre autónomos dentro de nuestras fronteras aún no disfrutan de esta ventaja.
Los interesados en acogerse a este régimen pueden hacerlo al comenzar su actividad o en cada inicio del año fiscal y se ahorrarán presentar las declaraciones trimestrales del IVA. Para acogerse a este régimen en España, es necesario presentar una declaración censal mediante el modelo 036, el documento oficial para comunicar la actividad económica a la Agencia Tributaria.
La duración del régimen no está limitada en el tiempo, siempre que los ingresos se mantengan por debajo del umbral establecido. Sin embargo, si se supera este límite, el autónomo tiene que notificar el cambio de régimen.
Ventajas y desventajas del régimen de franquicia del IVA
Adoptar el régimen de franquicia del IVA puede resultar muy atractivo para ciertos profesionales y negocios, pero también conlleva limitaciones importantes. A continuación te contamos sus principales ventajas.
- Simplicidad administrativa: los autónomos se benefician de no tener que calcular el IVA en cada factura, lo que facilita su proceso de facturación.
- Atractivo para clientes: el no incluir IVA puede hacer que los precios finales sean más competitivos.
- Facilidades al inicio de la actividad: para nuevos autónomos y profesionales, evitar lidiar con el IVA desde el primer día representa un alivio considerable.
- Ideal para quienes facturan a particulares: este régimen es especialmente ventajoso si los clientes no pueden deducir el IVA, como ocurre con los consumidores particulares.
Sin embargo, el régimen de franquicia no está exento de ciertos inconvenientes:
- Sin deducción de IVA: el no poder deducir el IVA de tus compras y gastos puede impactar en tu rentabilidad.
- Limitación de ingresos: el límite de 85.000 euros puede restringir el crecimiento del negocio, impidiendo que se expanda sin perder los beneficios del régimen de franquicia.
- Percepción del negocio: algunos clientes pueden preferir trabajar con empresas que presentan IVA, ya que esto puede crear una impresión de mayor seriedad.
- Riesgo de no comunicar el cambio de régimen a tiempo: esto podría implicar sanciones o pérdida de beneficios fiscales si no se gestiona adecuadamente.
Cómo afecta a tus facturas y contabilidad
Las facturas de los autónomos acogidos al régimen de franquicia del IVA deben cumplir un formato específico e incluir la frase: “Operación exenta de IVA por aplicación del régimen de franquicia”. Esto explica claramente al cliente por qué no se suma el IVA al total de la factura.
Al acogerse a este régimen, la contabilidad de los autónomos se simplifica de manera significativa. No es necesario llevar un registro detallado del IVA, lo que representa un alivio en la carga administrativa. Sin embargo, siguen siendo responsables de mantener registros de ventas y compras. Además, las facturas deben contener todos los demás elementos habituales, incluyendo nombre del emisor y del receptor, NIF, descripción del servicio o producto, base imponible, etc.
En definitiva, el régimen de franquicia del IVA permite emitir facturas más simples y llevar una contabilidad menos técnica, aunque exige a los autónomos seguir cumpliendo con otras obligaciones fiscales que no se pueden omitir.
Casos prácticos y ejemplos reales
Puesto que aún no se ha generalizado en nuestro país, es comprensible que el Régimen de Franquicia del IVA suscite ciertas dudas entre los autónomos y pymes. Vamos a ver algunos ejemplos para tratar de clarificar las cosas.
Ejemplo de un autónomo que presta servicios y se acoge al régimen
Imagina que un diseñador gráfico trabaja para pequeñas empresas y sus ingresos anuales son de 80.000 euros. Al acogerse a este régimen, sus facturas no incluirán IVA, permitiéndole competir de manera más efectiva en el mercado. Por cada 1.000 euros facturados, él ahorra a sus clientes 210 euros que normalmente serían IVA.
Comparativa de una factura con y sin franquicia
Factura con IVA:
- Total: 1,000€
- IVA (21%): 210€
- Total a pagar: 1,210€
Factura sin franquicia:
- Total: 1,000€
- IVA: No se incluye
- Total a pagar: 1,000€
En este caso, el cliente ahorra 210€, un ahorro significativo que puede hacer que el diseñador destaque frente a la competencia.
Supuesto de superación del límite: consecuencias y cómo actuar
Si el diseñador gráfico supera los 85,000 euros en ingresos, deberá cambiar al régimen general del IVA, notificando este cambio a la Agencia Tributaria y comenzando a repercutir el IVA en sus facturas. Por lo tanto, es esencial que controle sus ingresos mensualmente para anticipar cualquier cambio y adaptarse rápidamente.
¿Cuándo se prevé que entre en vigor en España?
El régimen de franquicia del IVA, aunque ya se encuentra en funcionamiento en otros países de la UE, aún espera su implementación en España. Estas modificaciones buscan simplificar las obligaciones tributarias de los trabajadores por cuenta propia, especialmente aquellos con ingresos más bajos.
La Directiva 2020/285 de la UE permite a los Estados miembros establecer un régimen de franquicia con límites máximos de hasta 85.000€. Si se implementa en España, se estima que beneficiará a numerosos pequeños y medianos negocios, autónomos y profesionales facilitando su gestión fiscal. No obstante, su éxito depende de la voluntad política y la respuesta administrativa ante estas directrices.
El pasado diciembre de 2023, Jesús Gascón, Secretario de Estado de Hacienda, afirmaba que «[…] para adoptar los cambios legales en 2024 de cara a su entrada en vigor en 2025». Por lo tanto, la entrada en vigor definitiva del Régimen de IVA Franquiciado será, como mínimo, en 2026.
Requisitos para acogerse al nuevo régimen
La propuesta, que está en proceso de negociación, marca como límites para acogerse a este sistema una facturación máxima de 85.000 euros al año o 100.000 al incluir operaciones intracomunitarias.
Además de estos límites, también se establecen otros máximos por cliente. La finalidad de estos otros topes es evitar distorsiones en el mercado. Por ejemplo, se limitaría a 11.000 euros al año a un mismo cliente si es empresa o 5.500 a un particular.
Ventajas para los autónomos
Esta medida beneficia principalmente a autónomos con facturaciones bajas al simplificar sus gestiones burocráticas. Lo que supone un ahorro en tiempo y, en ocasiones, en dinero si tiene contratado a un gestor.
Por otra parte, no cobrar IVA a los clientes le da una ventaja importante de cara a sus clientes, al facilitar ofrecer una rebaja importante en sus precios, o en caso de preferirlo, aumentar su margen de beneficio.
Para empezar, al no poder deducirse el IVA soportado en sus compras y gastos, perderían una parte importante de su capacidad de ahorro fiscal, si tienen muy controlado su flujo de caja por trimestres. Por otra parte, al no facturar con IVA, podrían perder clientes que están sujetos y prefieren trabajar con proveedores que les permitan deducirse el IVA soportado. Esto podría afectar especialmente a los autónomos que prestan servicios a empresas o profesionales.
Control del cumplimiento del régimen
Aunque los autónomos que se acojan al régimen de franquicia del IVA no tendrían que presentar las declaraciones trimestrales, sí tendrían que presentar una declaración anual en la que se recojan todas sus operaciones realizadas durante el año.
Además, tendrían que llevar un libro de registro de facturas emitidas y recibidas y conservar toda la documentación relativa a sus actividades económicas. De esta forma, Hacienda podría comprobar si se cumplen los requisitos.
¿Qué es el IVA franquiciado para autónomos?
Por tanto, antes de optar por el régimen de franquicia del IVA, conviene hacer un análisis detallado de la situación particular de cada autónomo o profesional, teniendo en cuenta sus ingresos, gastos, clientes y proveedores.
Tabla comparativa de franquicias de IVA en Europa
Como podemos observar, España y Países Bajos son los únicos Estados miembros de la Unión Europea que no han establecido una franquicia del IVA que evite su declaración a autónomos y pequeñas empresas.
| País | Franquicia máxima anual |
|---|---|
| Francia | 36.800€ |
| Irlanda | 37.500€ |
| Malta | 30.000€ |
| Portugal | 12.500€ |
| España | Sin franquicia |
| Países Bajos | Sin franquicia |
