La Región de Murcia ofrece diversas subvenciones y programas para fomentar el autoempleo y apoyar a emprendedores. Estos programas están diseñados para impulsar la creación de nuevas empresas, consolidar proyectos existentes y mejorar la competitividad del tejido empresarial murciano. A continuación, se detallan algunos de los programas y requisitos más relevantes.
Subvenciones para el Fomento del Trabajo Autónomo
Existen diversas líneas de subvenciones destinadas a apoyar a los trabajadores autónomos en la Región de Murcia. Estas subvenciones están diseñadas para facilitar el inicio de la actividad, cubrir los gastos iniciales y fomentar la contratación indefinida.
Requisitos Generales
Para acceder a estas subvenciones, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos generales, entre los que destacan:
- Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
- Estar desempleado en la fecha inmediatamente anterior a la del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) e inscrito como demandante de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo del Servicio de Empleo y Formación (SEF).
- Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a título personal o, en su caso, la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), o la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ).
- Estar dado de alta en el RETA.
- No haber estado dado de alta en el RETA en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta en dicho régimen por el que se solicita la subvención, excepto en los casos en que dicha alta hubiera sido como autónomo colaborador; ni en cualquier Mutualidad de Previsión Social que pudiera tener establecida el correspondiente Colegio Profesional como consecuencia de haber desarrollado actividades empresariales o profesionales.
- Justificar haber realizado inversiones en activos de inmovilizado material o intangible que sean necesarios y estén directamente relacionados con el desarrollo de la actividad por cuyo establecimiento se solicita la subvención, por importe no inferior a dos mil quinientos euros (2.500,00 €), excluido el IVA.
- Contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar inscritas como demandantes de empleo y servicios en los Servicios Públicos de Empleo con carácter previo y hasta el día de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la demanda de treinta días naturales ininterrumpidos. En el caso de personas jóvenes menores de 30 años, además deberán figurar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Ser viable desde un punto de vista técnico, económico y financiero.
Programa de Subvenciones de Fomento del Autoempleo - Cuota Cero
El Programa de Subvenciones de Fomento del Autoempleo - Cuota Cero es una iniciativa diseñada para apoyar a los jóvenes emprendedores de la Región de Murcia. Este programa cubre las cuotas de la Seguridad Social abonadas por el autónomo.
Requisitos Específicos del Programa Cuota Cero
- Alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas: El solicitante debe estar dado de alta en el censo, o en su caso, la comunidad de bienes (CB) o la sociedad civil profesional (SCP) a la que pertenezcan.
- Alta en el RETA: Deben haberse dado de alta en el RETA en fecha anterior al 01/01/2023 y continuar de alta en dicho régimen, excepto en el caso en que haya transcurrido el periodo mínimo de dos años de obligación de mantenimiento ininterrumpido de la actividad económica.
- Acreditación del pago de las cuotas: Es necesario acreditar el pago de las cuotas del RETA cuya subvención se solicita.
Los gastos elegibles para esta subvención incluyen la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia desarrollada a tiempo completo, que conlleve la obligación de alta en el RETA.
Cuota Cero Ampliada (código 4091) (SIA 2982522)
Este programa tiene como objetivo fomentar el establecimiento como trabajadores autónomos de personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por primera vez, o que no hayan estado de alta en dicho régimen en los 2 años inmediatamente anteriores. También apoya la reincorporación de las trabajadoras por cuenta propia o autónomas en determinados supuestos cuando vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
Para todos los colectivos la cantidad asciende a 2.920,00 €. El pago se realizará por una solo vez y por transferencia bancaria.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención será el siguiente:
- Plazo general de la convocatoria: 22/02/2025 hasta el 31/10/2025
- Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de 1 mes, contado a partir de la fecha de alta en RETA.
El plazo se iniciará el mismo día del alta en RETA y concluirá el mismo día en que se produjo el alta en RETA en el mes de vencimiento.
Subvenciones para el Fomento de la Contratación Indefinida (código 1205) (SIA 206995)
El objeto de esta subvención es fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas, por empresas (incluidos autónomos) con centros de trabajo en la Región de Murcia y la conversión de contratos formativos en indefinidos.
Serán subvencionables:
- Las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo o a tiempo parcial, cuando la jornada pactada sea, como mínimo, del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo, de personas desempleadas.
- Las conversiones de contratos formativos en indefinidos realizadas a tiempo completo o a tiempo parcial, cuando la jornada pactada sea, como mínimo, del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención será el siguiente:
- Plazo general de la convocatoria: El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el 19 de marzo de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025.
- Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada (fecha de inicio de la relación laboral) o de la fecha en la que se produzca la conversión del contrato formativo en indefinido.
El plazo se iniciará el mismo día del alta en Seguridad Social de la persona contratada o de la fecha que se produzca la conversión y concluirá el mismo día en que se produjo la contratación o la conversión en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas del comercio minorista de la Región de Murcia para luchar contra la inflación. (Procedimiento 4105)
Estas subvenciones están dirigidas a personas trabajadoras autónomas pertenecientes al comercio minorista de la Región de Murcia para paliar los efectos de la inflación, derivada de la crisis energética y del conflicto bélico en Ucrania, incluidas en los CNAES que se relacionan en el anexo correspondiente de la convocatoria. La cuantía es de 600 € por solicitud.
Requisitos:
Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas adscritas al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) afiliadas y en alta a la fecha de la publicación de la orden de convocatoria, con domicilio fiscal en la Región de Murcia y pertenecientes al sector del comercio minorista.
Ayudas para autónomos en 2024 y 2025
Otras Ayudas y Programas
- Cheque Europa 2025: Ayudas INFO para la contratación de servicios de Innovación y Competitividad.
- Cheque Relevo: Ayudas INFO para la contratación de servicios de Innovación y Competitividad.
- Programa de apoyo a la rehabilitación comercial y económica del casco histórico de Lorca- 2025: Subvención a fondo perdido con una intensidad del 70% sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros.
Líneas de Financiación AVALAM S.G.R.
AVALAM S.G.R. ofrece líneas de financiación tanto para autónomos y empresas del sector agrario y agroalimentario como para otros sectores, con el objetivo de facilitar el acceso al crédito y apoyar la modernización e innovación de las empresas.
Línea para el Sector Agrario y Agroalimentario:
- Importe: 500.000 euros máximo.
- Destino: Inversión o Circulante.
- Tipo de Interés: Euribor 1 año + diferencial entre el 1% y el 2%.
- Plazo: Mínimo 3 años, máximo 5 años para circulante y 12 para inversión.
Línea para Autónomos y Empresas:
- Importe: 300.000 euros máximo.
- Destino: Inversión o Circulante.
- Tipo de Interés: Euribor 1 año + diferencial entre el 1% y el 2%.
- Plazo: Mínimo 3 años, máximo 5 años para circulante y 12 para inversión.
Subvenciones para Prácticas No Laborales (Garantía Juvenil) (código 1203) (SIA 206993)
El objeto de esta subvención es subvencionar las prácticas no laborales que se realicen a jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El plazo para la presentación de solicitudes de subvención será de un mes a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social por la realización de las prácticas no laborales (fecha de inicio de las prácticas no laborales).
Ayudas a Guías de Turismo y Empresas con Actividad Turística (código 3632) (SIA 2510530)
El objetivo de esta ayuda es ayudar a reactivar el sector turístico, asumiendo el compromiso por parte de las empresas y guías interesados en llevar a cabo una actividad consistente en visitas guiadas gratuitas a los turistas en la Región de Murcia.
La cuantía de la subvención asciende a la cuantía de ciento catorce euros (114,00 €), IVA excluido, por cada visita realizada.
Ejemplo de Subvenciones Según Colectivo
A continuación, se muestra un ejemplo de las cuantías de las subvenciones según el colectivo:
| Colectivo | Importe |
|---|---|
| Hombres | |
| Menores de 30 años | 6.000,00 € |
| De 45 a 54 años | |
| De 30 a 44 años parados de larga duración | |
| Con discapacidad | |
| En riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción | |
| De 45 a 54 años parados de larga duración | |
| de 55 o más años | |
| Mujeres | |
| En general | 7.000,00 € |
| Con discapacidad | 7.000,00 € |
| En riesgo de exclusión social, víctima de terrorismo, perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción | |
