El emprendimiento en Galicia recibe un fuerte respaldo a través de diversos programas e iniciativas diseñadas para fomentar la creación y consolidación de nuevas empresas. Uno de los pilares fundamentales de este apoyo es el programa Galicia Emprende, gestionado por el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape).
La situación económica actual requiere una gestión eficaz y eficiente de los recursos públicos para crear un entorno favorable que acelere y consolide la actividad emprendedora. Es crucial definir una estrategia conjunta de emprendimiento que cuente con el consenso político, empresarial y social.
Objetivos y Alcance de Galicia Emprende
El objeto de la presente ley es la definición de un marco normativo específico en la Comunidad Autónoma de Galicia que incentive la creación e implantación de empresas y su posterior desarrollo, a través de la generación de cultura emprendedora, la formación, la flexibilización de los trámites administrativos, la ampliación de los plazos de validez de los permisos y la introducción de instrumentos financieros, servicios específicos a las personas emprendedoras e incentivos fiscales. Todo ello en el ámbito de las competencias que el Estatuto de autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma.
También es objeto de la presente ley la regulación del régimen jurídico y de los instrumentos de intervención administrativa aplicables a la instalación y apertura de establecimientos y al ejercicio de actividades económicas y la regulación del régimen de comunicación previa administrativa para el ejercicio de actividades y la realización de actos de uso del suelo y del subsuelo.
Uno de los retos actuales para el Gobierno de Galicia es el crecimiento empresarial, proporcionando un ámbito laboral más estable que permita el desarrollo de una economía más equilibrada. Aborda también la necesidad de que se intensifiquen las medidas para flexibilizar la sucesión en las empresas familiares, que constituyen gran parte del tejido emprendedor del país.
Beneficiarios del Programa
A efectos de este título, se considera emprendedoras a aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren realizando una actividad empresarial o profesional con hasta cuarenta y dos meses de antigüedad o bien los trámites previos para poder desarrollar una actividad económica, sea de forma autónoma, como autónomo, cooperativista, socio o socia de una pequeña y mediana empresa, sociedad laboral, o a través de cualquier fórmula empresarial admitida en derecho, que tenga domicilio social y fiscal dentro de Galicia.
El programa está destinado a:
- Creación o ampliación de pequeñas empresas gallegas o con un centro de trabajo en Galicia que, a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, no tengan más de 42 meses de antigüedad desde la fecha de inicio de su actividad (primera alta en IAE).
- Reemprendimiento, entendiendo como tal a los autónomos que hubiesen estado de baja continuada de toda actividad económica por cuenta propia durante un período igual o superior a 3 años; en estos casos, los 42 meses se contarán respecto de la primera alta en actividad económica por cuenta propia inmediatamente posterior a dicha baja.
- Los autónomos y las microempresas y pequeñas empresas de nueva creación (dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda).
Es obligatorio la creación de un mínimo de 1 empleo, bien sea por cuenta propia o indefinido por cuenta ajena. La explotación agraria deberá estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (REAGA) y tener la calificación de explotación agraria prioritaria en el momento de la solicitud de la ayuda.
No podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad que carezca de personalidad jurídica propia, así como las personas jurídicas que no tengan ánimo de lucro.
La participación en el capital de la empresa de personas, físicas o jurídicas, que si estén desarrollando otras actividades económicas en la fecha de la solicitud, no podrán exceder conjuntamente el 49%.
Inversiones Subvencionables
Las inversiones subvencionables incluyen:
- Inversiones (bienes nuevos) en:
- Obra civil para construcción, reforma o habilitación de instalaciones.
- Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, vehículos especiales de transporte externo, medios de protección del medio ambiente y otros bienes de equipo.
- Otros activos fijos mobiliarios.
- Activos intangibles: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual y páginas web.
- Adquisición de activos a un establecimiento o bienes de segunda mano.
- Personal de nueva contratación.
- Contrataciones externas de servicios específicos: software de pago por uso, diseño gráfico, identidad corporativa, servicios de asesoramiento para la puesta en marcha del proyecto empresarial.
Los proyectos deberán desarrollarse en parroquias gallegas que no sean Zonas densamente pobladas (código 1 ZDP). Incluyen talleres y fábricas destinados a la producción de bienes y materiales, así como la prestación de servicios a empresas en cualquier sector económico.
Otros Programas de Apoyo al Emprendimiento en Galicia
Además de Galicia Emprende, existen otros programas que complementan el ecosistema de apoyo al emprendimiento en la región:
- Programa Emega: Subvenciones para el apoyo al emprendimiento femenino.
- Ayudas al Retornado Emprendedor: Programa para animar a los emigrantes a volver a Galicia y convertir sus ideas en negocios.
- Programa integral de cualificación y empleo (PICE): Ayudas al autoempleo para jóvenes que desarrollan actividad económica.
- Ayudas EMP-POEJ: Subvenciones para proyectos empresariales o de autoempleo en municipios rurales de menor población.
Unidad Galicia Emprende
La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, directamente o a través de la entidad instrumental del sector público autonómico con competencias en materia de emprendimiento, creará la unidad Galicia Emprende como programa transversal de información, orientación y evaluación de las personas emprendedoras.
Reglamentariamente se establecerán las condiciones, características y composición de la unidad, que podrá estar compuesta por todas las personas y entidades con domicilio social y fiscal en Galicia que soliciten la adscripción a la unidad como agentes y cumplan las condiciones que sean reglamentariamente establecidas.
Cuando se presente a cualquier agente de la unidad Galicia Emprende un proyecto desarrollado de empresa, el agente receptor deberá emitir un preinforme de viabilidad en un plazo no superior a diez días naturales, preinforme que será remitido a la entidad instrumental del sector público autonómico con competencias en materia de emprendimiento. La entidad, en un plazo no superior a veinte días naturales desde la recepción del proyecto, elaborará un informe que podrá ratificar el preinforme emitido.
La entidad instrumental del sector público autonómico con competencias en materia de emprendimiento recopilará la información de los viveros e incubadoras de empresas existentes en la comunidad autónoma y procurará un espacio telemático para difundir y compartir la información de estas estructuras: su ubicación, dependencia, características principales y disponibilidad.
Inversores Galicia Emprende
La Administración general de la Comunidad Autónoma, por sí misma o a través de la entidad instrumental del sector público autonómico competente en materia de emprendimiento, potenciará a los inversores e inversoras particulares de apoyo al emprendimiento por su capacidad de apoyo económico y por su experiencia y aportación de valor a las pymes participadas.
En el marco de la Red gallega de inversores e inversoras particulares, la entidad instrumental del sector público autonómico competente en materia de emprendimiento deberá poner en marcha instrumentos de coinversión público-privada y procurará la creación de fondos de inversión específicos con esta composición mixta.
Se establecerá un sistema de acreditación de inversores/as particulares Galicia Emprende en el que se tendrá en cuenta la participación efectiva en la financiación y apoyo de proyectos emprendedores en Galicia.
Las medidas públicas de apoyo al emprendimiento mediante préstamos directos o a través de otros instrumentos de financiación públicos o público-privados, avales o subvenciones se llevarán a cabo directamente por la entidad instrumental del sector público autonómico competente en materia de emprendimiento o indirectamente en concierto con otras entidades públicas o privadas. En todo caso, cualquiera de las medidas se ajustará a los límites establecidos en las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia y no será incompatible con otras que puedan desarrollarse en el ámbito de la Comunidad Autónoma o del Estado.
