Seleccionar página

Si se tiene la idea, a corto plazo, de convertirse en empresario, es importante que se conozca, en detalle, el proceso a seguir para darse de alta como autónomo. En este artículo, y en profundidad, te lo vamos a explicar indicándote, además, los requisitos a cumplir, su coste, la forma de realizarlo (presencial, online, etc.) y de obtener el certificado de autónomo y los pasos que se tienen que dar para darse de alta cómo autónomo. ¿Quieres saber más? BBVA está adherido al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito de España. ¿Quieres ahorrarte hasta 720€ en tu cuota de autónomos?

Ser autónomo en España no es tarea fácil. Aunque el nuevo sistema de cotización por ingresos reales intenta ajustar las cuotas a lo que realmente ganas, sigue siendo un camino lleno de obstáculos. Los emprendedores y autónomos deben tener muy en cuenta, a la hora de poner en marcha su propio negocio, qué obligaciones deben cumplir.

Según la RAE, un autónomo es “la persona que trabaja por su cuenta, es decir, no es asalariado de una determinada empresa”. Si ampliamos la definición, se entiende por autónomo a la persona física que, carente de un contrato que lo “vincule” a una empresa, lleva a cabo un trabajo (de forma habitual, personal y directa) por el que recibe una remuneración que, en ningún caso, se considera un salario fijo (mensual).

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es un sistema de afiliación obligatoria en la Seguridad Social para aquellos que trabajan por cuenta propia. A diferencia del Régimen General, los autónomos cotizan exclusivamente a través de este régimen especial.

Todo lo que necesitas saber antes de ser autónomo en España | Guía completa

¿Quiénes Deben Darse de Alta en el RETA?

No todos los trabajadores pueden darse de alta en el RETA. Están obligados a afiliarse:

  • Trabajadores autónomos dependientes.
  • Socios industriales de sociedades colectivas y comanditarias.

1. Ser titular de la explotación y obtener, al menos, el 50 % de la renta total.

La habitualidad es el criterio principal para determinar si debes darte de alta en el RETA. Aunque algunos argumentan que facturar menos del SMI podría no ser «habitualidad», no hay ninguna norma que lo respalde oficialmente. Si realizas actividades económicas sin estar dado de alta en el RETA y la Seguridad Social detecta esta situación, podrías enfrentarte a sanciones, incluyendo el pago retroactivo de las cuotas de autónomos, recargos y multas.

Trámites Iniciales para el Alta

Le adelantamos que lo primero es ir a la Tesorería General de la Seguridad Social y darse de alta como autónomo. Para darse de alta en el RETA se deberá cumplimentar el modelo TA 0521. No obstante, este modelo tiene varias versiones, de modo que se deberá cumplimentar aquel que te corresponda dependiendo de la actividad profesional que se lleve a cabo.

Ese es el momento en el que se establece la “fecha efectiva de alta”. También puede hacerlo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. De hecho, recuerde que a partir del 1 de octubre, todos los autónomos van a estar obligados a gestionar por vía electrónica los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas.

Además de este modelo, es necesario presentar una serie de documentos:

  • La copia y el original del impreso a través del cual el autónomo se ha dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o IAE.
  • El alta en Hacienda se produce a través de la cumplimentación del modelo 036 o del modelo 037. El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que está especialmente indicado para los autónomos.
  • Tarjeta de afiliación a la Seguridad Social si el autónomo ha trabajado con anterioridad.

Tras la entrada en vigor de la Ley de Autónomos en enero del año 2018, es imprescindible darse de alta en la Seguridad Social en un plazo de 60 días desde que se ha iniciado la actividad profesional. Tras darse de alta en la Seguridad Social, el autónomo deberá darse de alta en Hacienda.

Otros Trámites Importantes

Si se va a abrir un local, el siguiente paso tras darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y Hacienda, es la solicitud de la Licencia de Apertura. Como “último paso”, al darse de alta, el autónomo tiene que comunicar, a la autoridad que le compete (que suele ser el Departamento de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Comunidad Autónoma) la apertura, la instalación, el traslado y/o la ampliación del centro de trabajo.

  • Inscripción en la Mutua: En el momento de inscribirse, deberá hacer constar la entidad gestora o mutua por la que opta para cubrir el riesgo por enfermedad profesional y accidente de trabajo. Desde 2007, todos los autónomos tienen la obligación de cubrir estas contingencias, además de la incapacidad temporal, con una mutua.
  • Alta en el Censo de Empresarios: Otra visita obligada es a la Agencia Tributaria para darse de alta en el Censo de Empresarios. La información que le van a solicitar se utilizará también para gestionar los impuestos a los que debe hacer frente. El modelo 036 de declaración censal es para cualquier obligado tributario que deba cumplir con la obligación tributaria formal de presentar esta declaración.
  • Solicitud de Licencias: Es necesario solicitar las licencias pertinentes en función del tipo de actividad que vaya a desarrollar. Las licencias varían de una comunidad a otra y de un municipio a otro.

Obligaciones de Cotización

Los trabajadores que eligen el autoempleo cumplen con sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social mediante el pago de la cuota de autónomos. Los autónomos cotizan por:

  • Contingencias comunes (28,30 %)
  • Contingencias profesionales (1,3 %)
  • Cese de actividad (0,9 %)
  • Formación profesional (0,1 %)
  • El (0.7 %) del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) para 2024.

Así, cada mes los autónomos abonan su cuota de Seguridad Social mediante transferencia bancaria al finalizar el mes anterior al de la actividad.

Nueva Cuota de Autónomos 2024: Cómo Calcular Cuánto Vas a Pagar

Hasta 2022, los autónomos podían elegir libremente su base de cotización, con independencia de sus ingresos reales. Se han establecido diferentes tramos y en función de lo que ganes, te corresponderá pagar una cuota. La idea es que sea un sistema más justo, ya que quien gane más, pagará más, y quien tenga ingresos más bajos, pagará menos. Dentro del tramo de tus rendimientos, puedes elegir las bases de cotización.

Durante estos tres años, se establecieron 15 tramos de cotización que determinan las bases y cuotas en función de los rendimientos netos mensuales. A partir de 2025, la cuota mensual que los autónomos deben abonar a la Seguridad Social en España se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,4% sobre la base de cotización seleccionada. Aunque el tipo de cotización es fijo, la cuota mensual varía en función de la base de cotización elegida dentro del tramo correspondiente a los rendimientos netos del autónomo.

Cálculo de Rendimientos Netos: Se determinan restando de los ingresos todos los gastos deducibles relacionados con la actividad económica. Además, se aplica una deducción adicional del 7% para gastos genéricos (3% para autónomos societarios).

Regularización

  • Positiva: rendimientos estimados superiores a la base de cotización. Habrá que pagar la diferencia.
  • Negativa: rendimientos estimados superiores a la base de cotización. Se puede pedir la devolución del exceso de cuota pagada, pero se minora la base.

Si realizas trabajos muy puntuales y ocasionales (no habituales), podría justificarse no estar de alta en el RETA. Actualmente, con la nueva tarifa plana y tramos del RETA, los autónomos que facturen poco pueden acogerse a cuotas muy reducidas, facilitando el cumplimiento de la normativa.

Si, realizado el proceso, se quiere comprobar que el alta como autónomo se ha realizado correctamente en la Seguridad Social, basta con entrar en su Sede Electrónica y, una vez en ella, pinchar en ‘Ciudadanos’ - ‘Informes y Certificados’ - ‘Informe de situación actual del trabajador’. Por otro lado, para realizar la comprobación en Hacienda, basta con acceder a la Página Web de la Agencia Tributaria y, acto seguido, pinchar en ‘Información y Gestiones’ - ‘Censo, NIF y Domicilio Fiscal’.

Bonificaciones para Autónomos

Existen diferentes bonificaciones de las que se podrán beneficiar los autónomos:

  • Baja por maternidad o paternidad: el autónomo tiene derecho a disfrutar de las prestaciones por maternidad, paternidad, adopción, riesgo durante el embarazo, lactancia o acogimiento familiar.
  • Bonificación por discapacidad durante los primeros 12 meses: para los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33% habrá un descuento de 60 euros al mes por contingencias comunes o incapacidad temporal.
  • Cuota reducida (tarifa plana): Las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida (tarifa plana) de 87,6 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad.

Las personas que causen alta inicial en el Régimen de autónomos podrán solicitar la aplicación de una cuota reducida (tarifa plana) de 80 € (aplicable en los 12 primeros meses de actividad y siempre que sus ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional).

Los trabajadores por cuenta propia que disfruten de estos beneficios podrán renunciar en cualquier momento expresamente a su aplicación con efectos a partir del día primero del mes siguiente al de la comunicación de la renuncia correspondiente.

Autónomo Societario

Un autónomo societario es aquel autónomo que, trabajando por cuenta propia, ha constituido una sociedad mercantil. La principal diferencia entre el autónomo individual y el societario radica en la estructura legal y fiscal. Esta diferencia afecta a la responsabilidad de uno u otro frente a deudas. En el caso del autónomo persona física, este responde con su patrimonio personal.

Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la tercera parte del capital social, la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos (segundo grado de consanguinidad).

Obligaciones del Autónomo Societario

El autónomo societario que cobra a través de factura tiene las mismas obligaciones de cotización y tributación que cualquier autónomo. Por ello, de forma trimestral, liquidará tanto el IVA, mediante el modelo 303. IVA: En este caso incluirá IVA, solo si el trabajo es independiente y se trabaja como profesional para la sociedad. También se deberá cobrar a través de factura si esa persona decide, por sí misma, las fechas de vacaciones o no sigue instrucciones de un superior jerárquico. Depende de si existe relación laboral o no (art. 5 LIVA). Si se considera que existe, la factura no deberá incluir IVA.

IRPF: Los ingresos obtenidos tributan en el IRPF dependiendo de la relación que se tenga con la sociedad. Si hay relación de independencia, se deben declarar como rendimientos de la actividad económica de forma trimestral.

Alternativas al RETA

Existe la opción de optar por una mutualidad de previsión social ligada a colegios profesionales. Actualmente son 10 las mutualidades que ofrecen la alternativa al RETA a los colegiados autónomos: arquitectos técnicos, arquitectos superiores, químicos, gestores administrativos, abogados, procuradores, ingenieros e ingenieros técnicos industriales, médicos.

Otros Aspectos Relevantes

La persona trabajadora autónoma o empresaria individual es la persona física que ejercita habitualmente y en nombre propio, por sí o por medio de representantes, una actividad constitutiva de empresa (comercial, industrial o profesional). La solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ha de realizarse antes de iniciar tu actividad. Al darte de alta en la Seguridad Social debes pagar una cuota mensual. Debes también darte de alta en la Agencia Tributaria antes de iniciar tu actividad.

Son “puntos” que certifica el Ministerio de Industria y que ayudan a la creación de nuevas empresas, aportando la información que necesitan o apoyando en la tramitación de la documentación que requieren para su constitución, entre otros aspectos. En este último caso, y tras la finalización del proceso, se puede obtener el Certificado de Alta de Autónomos (accediendo al apartado de ‘Informes y certificados’) o un duplicado de este documento (si se requiere).

Tras darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, y desde 2023, ya no se elige la base de cotización. En su lugar, se han establecido unos tramos que se han definido en base a los ingresos que se pueden tener (empezando, en un primer tramo, por los que “perciban” una cantidad inferior a 670 € y terminando, en un último tramo, por los que alcancen, mensualmente, los 6.000 € o los superen).

Costes del Alta

A diferencia de lo que se piensa, darse de alta como autónomo no tiene coste. Se trata de una cantidad que se paga a final de mes, y desde el primer día en el que se trabaja por cuenta propia, y que puede domiciliarse (a través de la entidad bancaria o, también, de la Tesorería General de la Seguridad Social). Su cálculo se realiza, en cada caso, partiendo de la base de cotización que le corresponda al autónomo (que depende de lo que ingrese y de los 15 tramos que, desde 2023, están activos).

Se abona si, como profesional, se carecen de los conocimientos que se requieren para realizar el proceso de alta como autónomo, en la Seguridad Social y en Hacienda, y se contratan, para ello, los servicios de una gestoría (de los que hay que informarse, en cada caso, en su página web).

¿Cuántas Veces se Puede Dar de Alta?

Son varias las dudas que surgen al darse de alta como autónomo. Una, bastante habitual, es si se trata de un procedimiento que se pueda hacer una sola vez o varias. En este caso, la respuesta es sencilla: darse de alta como autónomo es posible en 3 ocasiones (por periodos inferiores a un mes y en cada ejercicio económico) como máximo.

¿Qué Ocurre si no se Está Dado de Alta?

También hay quien duda sobre lo que ocurre si no se está dado de alta como autónomo y se ejerce una actividad. Lo normal es que conlleve una multa que, en función de la gravedad, tendrá un importe u otro.

¿Se Pierde el Paro al Darse de Alta?

Otra duda, también común, es si al darse de alta como autónomo se pierde el paro.

  • Se trabaje como autónomo 60 meses o menos: se interrumpe el paro que se estaba cobrando, reanudándose tras el cese de la actividad por cuenta propia.

Obligaciones Fiscales y Contables

Presentación de declaraciones fiscales: Los autónomos deben cumplir con la obligación de presentar sus declaraciones trimestrales de impuestos, como el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) y el pago a cuenta de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Las obligaciones fiscales y contables son para los autónomos empresarios individuales.

Llevar una contabilidad ordenada: Debes llevar los libros de ingresos y gastos relacionados con la actividad. Aunque no es necesario llevar una contabilidad completa en la mayoría de los casos, siempre que la facturación no supere los 600.000 €/año.

Si eres un empresario individual, puedes deducir las cuotas que pagas a la Seguridad Social como gasto en tu declaración del IRPF. Si eres administrador de una sociedad mercantil, la empresa NO puede deducir las cuotas de autónomo como un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades, ya que no es un gasto de la sociedad sino del administrador.

Autónomo Colaborador

Un autónomo colaborador es un familiar directo de un trabajador autónomo titular que trabaja de manera habitual y directa en el negocio familiar.

  • Relación familiar directa: Ser cónyuge o familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción del autónomo titular.
  • Bonificaciones en la cuota de autónomos: Durante los primeros 18 meses desde el alta, se aplica una reducción del 50% en la cuota de la Seguridad Social.
  • Simplificación de obligaciones fiscales: El autónomo colaborador no está obligado a presentar declaraciones trimestrales de IVA e IRPF, ya que estas son responsabilidad del autónomo titular.
  • Deducción de gastos laborales: Los salarios abonados al autónomo colaborador son considerados gastos deducibles en la actividad económica del autónomo titular.

Incapacidad Temporal (IT)

Como trabajador autónomo en España, tienes derecho a la Incapacidad Temporal (IT) en caso de enfermedad o accidente que te impida desempeñar tu actividad profesional. La prestación económica se calcula en función de tu base reguladora, que generalmente es la base de cotización del mes anterior al inicio de la IT, dividida entre 30 días.

Pensión de Jubilación

Como trabajador autónomo en España, para acceder a la pensión de jubilación debes cumplir ciertos requisitos relacionados con la edad y el período de cotización.

  • Edad ordinaria: En 2025, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 6 meses.
  • Pensión mínima y máxima: Existen límites establecidos para las pensiones mínimas y máximas.
  • Jubilación anticipada: Es posible acceder a la jubilación anticipada hasta dos años antes de la edad ordinaria, siempre que se hayan cotizado al menos 35 años. No obstante, esto conlleva una reducción en la pensión debido a la aplicación de coeficientes reductores.

Los autónomos pueden elegir su base de cotización, y muchos optan por la base mínima para reducir sus aportaciones mensuales.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Desde el ejercicio fiscal 2023, todos los autónomos están obligados a presentar la Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos o del tiempo que hayan estado dados de alta. La campaña de la Renta suele comenzar en abril y finalizar en junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Son aquellos obtenidos por el ejercicio de actividades profesionales, empresariales o artísticas de forma habitual, personal y directa. Corresponden a contraprestaciones derivadas de una relación laboral por cuenta ajena.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España se calcula siguiendo una serie de pasos que tienen en cuenta la base imponible, el mínimo personal y familiar, y el tipo impositivo aplicable. La base imponible representa el total de los ingresos del contribuyente, una vez deducidos los gastos y reducciones legalmente establecidos. El mínimo personal y familiar es una cantidad que se resta de la base liquidable para reflejar las circunstancias personales y familiares del contribuyente, garantizando que una parte de la renta destinada a cubrir necesidades básicas no esté sujeta a tributación. El tipo impositivo es el porcentaje que se aplica sobre la base liquidable para determinar la cuota íntegra del impuesto. En el IRPF español, se utiliza una escala progresiva, lo que significa que el porcentaje aumenta a medida que lo hace la base liquidable. A esta escala estatal se suma la escala autonómica, que varía según la Comunidad Autónoma de residencia del contribuyente.

A continuación, se presenta una tabla con los tramos de ingresos y sus correspondientes tipos impositivos:

Base Liquidable (EUR) Tipo Impositivo Estatal (%)
Hasta 12.450 9.5
De 12.450 a 20.200 12
De 20.200 a 35.200 15
De 35.200 a 60.000 18.5
Más de 60.000 22.5

Cada año hay bastantes modificaciones. Así que, si quieres olvidarte de estas complejas cuestiones, lo mejor es que te pongas en contacto con la gestoría online de Infoautónomos y dejes que nuestros profesionales te ayuden con todo el papeleo y resuelvan todas tus dudas. Y informarle de otros aspectos relacionados con su negocio como las hojas de reclamación, horarios comerciales, carteles necesarios para un bar. Emprender un negocio es un proyecto que merece ser evaluado.