La Agencia Tributaria (AEAT) ofrece facilidades para pymes y autónomos con dificultades de liquidez, permitiendo el aplazamiento de impuestos para fraccionar el pago y hacerlo más manejable. El IVA trimestral es uno de los tributos que se pueden aplazar. A continuación, te explicamos cómo funciona y cuáles son los requisitos.
¿En qué consiste el aplazamiento de impuestos?
El aplazamiento de impuestos consiste en posponer el pago de las deudas, con cobros mensuales los días 5 o 20 de cada mes. Para ello, se debe solicitar el fraccionamiento de deuda en la web de Hacienda o en una sede presencial. La Agencia Tributaria evalúa la solicitud y decide si concede o no el aplazamiento, pudiendo solicitar garantías adicionales si la deuda es elevada.
¿Qué tipos de impuestos son aplazables?
Se pueden aplazar el IVA, el IRPF, el Impuesto de Sociedades (modelo 200) y otros impuestos o tasas. Sin embargo, si hay una deuda con embargos iniciados o por sanciones tributarias, puede ser más difícil obtener el aplazamiento. Cualquiera de los modelos de impuestos que hayas presentado y debas abonar, puedes plantearte pedir un fraccionamiento de la deuda.
Normativa que regula el aplazamiento del IVA y otros impuestos
La normativa que regula el aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias se encuentra en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Además, es importante tener en cuenta las siguientes novedades introducidas en 2023:
- Desde el 15 de abril de 2023, las pymes y autónomos pueden aplazar deudas de hasta 50.000 euros sin necesidad de presentar avales ni garantías.
- Los plazos máximos de aplazamiento se han ampliado, pudiendo llegar hasta 36 meses en algunos casos.
Ventajas y consideraciones de aplazar impuestos
El fraccionamiento de deuda puede ser una herramienta financiera útil, similar a obtener un crédito a plazos, pero también puede tener desventajas. Es importante valorar los intereses de demora y tus limitaciones futuras si acumulas varios aplazamientos.
Una vez dentro, se pueden seleccionar las deudas que se quieren aplazar y se debe definir un plazo. Automáticamente, aparecerá una fecha inicial de pago y un plan de cobros mensual de la deuda seleccionada. En unos días Hacienda responderá con una notificación si ha aceptado o denegado la solicitud.
Requisitos para el fraccionamiento del IVA
En general, se debe tener una deuda tributaria, presentar la solicitud en plazo y no tener otras deudas en situación de fraccionamiento. Además, es preferible no estar incluido en ninguna lista de deudores, pues la falta de solvencia y la morosidad puede impedir la aprobación del fraccionamiento de deuda.
Plazos de aplazamiento del IVA
El plazo depende del tamaño de la deuda pendiente. Ten en cuenta estos plazos al realizar tu trámite:
- Para deudas hasta 30.000 euros, hasta 12 meses sin garantías.
- Para deudas entre 30.001€ y 50.000€:
- Personas físicas: hasta 24 meses sin garantías.
- Personas jurídicas: hasta 12 meses sin garantías.
- Deudas superiores a 50.000€, el plazo dependerá de la evaluación de la Agencia Tributaria y las garantías aportadas.
Pasos para solicitar el aplazamiento del IVA
Si debes menos de 30.000 euros, no necesitas aportar garantías ni justificar las cuotas impagadas. Puedes solicitar el aplazamiento directamente en el modelo 303.
En caso de deudas de más de 30.000 y menos de 50.000 euros, tampoco hacen falta garantías, pero debes presentar una solicitud adicional a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y justificar tu situación económico-financiera, demostrando dificultades temporales para afrontar el pago.
Para empresas con deudas superiores a 50.000 euros se requiere garantía, como un aval bancario o una hipoteca. Además, deberás justificar tu situación económico-financiera y la imposibilidad de obtener financiación en el mercado.
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¿Cuándo se debe solicitar el aplazamiento del IVA?
La presentación de solicitudes del aplazamiento del IVA se realizan en el mismo momento en el que se vaya a presentar la liquidación del IVA sea cual sea la cantidad resultante a pagar. Se presenta el modelo 303 y se señala la pestaña: “Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento”. Para más detalles, consulta nuestra guía sobre cómo rellenar el modelo 303 de IVA.
La solicitud del aplazamiento del IVA debe corresponder con las fechas límites para abonar la declaración del IVA trimestral:
- Trimestre 1: Del 1 al 20 de Abril.
- Trimestre 2: Del 1 al 20 de Julio.
- Trimestre 3: Del 1 al 20 de Octubre.
- Trimestre 4: Hasta el día 30 de Enero.
¿En cuántos plazos puedo aplazar el pago del IVA?
Dependiendo de cada situación, podrás aplazar el pago del IVA una cantidad de tiempo u otro. Si se tratan de deuda inferiores a 30.000 euros, las empresas tienen un máximo de 6 mensualidades para abonar la deuda mientras que los profesionales autónomos tendrán hasta 12 meses. Ya sea empresa o autónomo, los importe de esos plazos no pueden ser inferiores a 30 euros.
En caso de tener una deuda superior a 30.000 euros, los plazos máximos a los que se puede aplazar el IVA son de 36 meses ya se trate de un autónomo o de empresa. En estos casos, los requerimientos y documentación solicitada si es mucho más estricta y se requiere tener garantías de la falta de liquidez y de los motivos que la han provocado.
¿Hacienda cobra intereses por el aplazamiento del IVA?
La pregunta que más se suele plantear cuando se decide solicitar un aplazamiento del IVA es si Hacienda cobra intereses por ello o si genera recargos. La respuesta es afirmativa. Por lo tanto, si se solicita un aplazamiento o fraccionamiento, se cargarán intereses de demora.
La cantidad de intereses que Hacienda cobra por el aplazamiento del IVA es cambiante y se fijan en los Presupuestos Generales del Estado. Por ejemplo, el tipo de interés de demora varía anualmente y debe consultarse la tasa vigente aprobada en los PGE del año en curso.
Al igual que si se incumple algún plazo del fraccionamiento concedido en el aplazamiento de la deuda del IVA se generará un recargo del 20% que puede reducirse a un 10% si se abona en el plazo indicado. No abonar este recargo puede derivar en la cancelación del resto del aplazamiento y en embargos de cuentas bancarias.
¿Qué ocurre si demora o no se paga el pago aplazado?
La Agencia Tributaria cancelará la concesión del fraccionamiento, de manera que la deuda continuará avanzando en su estado, hasta el posible embargo si no se liquida. Además, si presentaste garantías para obtener el aplazamiento, la Agencia Tributaria podrá ejecutarlas para cobrar la deuda pendiente.
¿Cómo gestionar los intereses por demora en un aplazamiento?
Los intereses de demora son un coste adicional que debes asumir al aplazar el pago de tus impuestos.
Tabla resumen de plazos y requisitos para el aplazamiento del IVA
| Importe de la deuda | Plazo máximo | Garantías | Requisitos adicionales |
|---|---|---|---|
| Hasta 30.000€ | Hasta 12 meses | No | Solicitud directa en el modelo 303 |
| Entre 30.001€ y 50.000€ (Personas Físicas) | Hasta 24 meses | No | Solicitud adicional en la Sede Electrónica de la AEAT, justificación de la situación económico-financiera |
| Entre 30.001€ y 50.000€ (Personas Jurídicas) | Hasta 12 meses | No | Solicitud adicional en la Sede Electrónica de la AEAT, justificación de la situación económico-financiera |
| Más de 50.000€ | Depende de la AEAT | Sí (aval bancario, hipoteca) | Justificación de la situación económico-financiera y la imposibilidad de obtener financiación en el mercado |
La ayuda económica de la Agencia Tributaria para pagar de manera gradual la deuda de impuestos puede ser un alivio, especialmente para pequeñas y medianas empresas, así como trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, es importante conocer los requisitos y usar este mecanismo de manera estratégica y puntual, para evitar problemas financieros a medio y largo plazo.
