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La inscripción en el Sistema de la Seguridad Social es el acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social. Este número es conocido como Código de Cuenta de Cotización (CCC) y se considera el primero y principal.

Al Código de Cuenta de Cotización Principal se vincularán todos aquellos otros que puedan asignársele a un empresario. Es importante señalar que el empresario debe solicitar un Código de Cuenta de Cotización (modelo TA.7) en cada una de las provincias donde ejerza actividad, así como en determinados supuestos en que sea necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización. Para terminar su solicitud puede dirigirse a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio de actividad.

A ese número se le denomina Código de Cuenta de Cotización o CCC. Consiste en inscribirse en el Sistema de la Seguridad Social de forma que se asigna un número que te identificará como empresario y al que se asociarán los trabajadores que contrates dentro de una misma provincia.

Código cuenta de Cotización CCC en la seguridad social de Empresas

¿Quién necesita un Código de Cuenta de Cotización?

Si eres empresario individual (persona física) tienes que tener un número de Seguridad Social (NUSS) que te identifique en tus relaciones con la Seguridad Social. Puedes realizarlo a través del servicio Solicitar el número de la Seguridad Social existente en Importass, con o sin identificación electrónica. Si no tienes medios de identificación electrónica, indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.

Si eres empresario colectivo (sociedades, entidades sin personalidad jurídica, ….), la única opción es la de realizar el alta con tu identificación electrónica a través del servicio de la SEDESS de Empresario Colectivo.

Procedimiento para la Solicitud del CCC para Empresarios Colectivos

Si eres empresario colectivo (sociedades, entidades sin personalidad jurídica, ….), la única opción es la de realizar el alta con tu identificación electrónica a través del servicio de la SEDESS de Empresario Colectivo.

Identificación de Empresa. Si vas a contratar a un trabajador/a para tu hogar familiar podrás solicitar tu alta como empleador cuando procedas a dar de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social a través del servicio Alta en empleo de hogar existente en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la App IMPORTASS . Si no tienes medios de identificación electrónica indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.

Finalmente, cuando solicites la inscripción debes hacer constar la entidad con la que vas a asegurar las contingencias derivadas del trabajo y enfermedades profesionales como la prestación económica en caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o no laborales. Estos riesgos pueden asegurarse con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el Instituto Social de la Marina (ISM) si estás encuadrado en el Régimen Especial del Mar o con distintas entidades colaboradoras con la Seguridad Social.

Obligaciones Adicionales del Empresario con la Seguridad Social

Como empresario, tienes otras obligaciones con la Seguridad Social, que incluyen:
  • Comunicar mi baja como empresario. Cuando se produzca la finalización de tu actividad como empresario debes comunicarlo a la TGSS después de haber dado de baja todos tus trabajadores.
  • Comunicar cualquier variación de los datos identificativos o de la actividad de la empresa. A través del Sistema RED podrás modificar entre otras cosas, el domicilio de la actividad.
  • El pago de las cotizaciones sociales correspondientes. Debes comunicar mensualmente a la TGSS los conceptos retributivos que perciben cada uno de tus trabajadores.

La TGSS, previa solicitud de la empresa liquidará y pasará al cobro las cotizaciones sociales, calculadas en función de las bases de cotización de tus empleados y las variaciones comunicadas, de la información de que dispone y de la proporcionada por otras entidades.

Resumen de Obligaciones y Procedimientos

Obligación/Procedimiento Descripción
Inscripción Asignación del CCC por la TGSS.
Modelo TA.7 Solicitud del CCC en cada provincia donde se ejerce actividad.
Comunicación de Baja Informar a la TGSS al finalizar la actividad empresarial.
Variación de Datos Comunicar cualquier cambio en los datos de la empresa a través del Sistema RED.
Pago de Cotizaciones Comunicar mensualmente los conceptos retributivos de los trabajadores a la TGSS.