El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores, impulsado por el Instituto de la Juventud, tiene como finalidad primordial fomentar la cultura emprendedora entre los jóvenes como un motor esencial para dinamizar la actividad económica general en España. Este certamen busca facilitar la consolidación y el crecimiento de proyectos empresariales promovidos por jóvenes en todo el territorio nacional.
La presente orden establece las bases reguladoras del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores, cuyo objetivo es apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes de cada convocatoria, con independencia del sector en el que se promuevan.
Objetivos y Requisitos
- Apoyo a Proyectos Innovadores: El Certamen tiene como finalidad apoyar proyectos innovadores, por lo que sólo se consideran aquellos que aporten ese carácter.
- Antigüedad de la Empresa: Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan.
- Edad del Solicitante: Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
- Ámbito Geográfico: El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal del proyecto que se presente deben estar, en todo caso, en territorio español.
La competencia del Estado para dictar esta orden se justifica en el artículo 149.1.13.º de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Ayudas Económicas
A cada uno de los diez primeros seleccionados, conforme a los criterios de valoración regulados en la presente orden, les será concedida una ayuda económica de veinticinco mil euros (25.000 €). La ayuda se concederá en régimen de pago anticipado.
La cuantía de la ayuda económica concedida deberá ser justificada en el plazo máximo de tres meses a partir de cumplirse un año del pago de la misma.
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Presentación de Candidaturas
La presentación de una solicitud implica la aceptación integra de las bases reguladoras del Certamen.
Junto a la solicitud se presentará una memoria del proyecto de empresa que llevan a cabo con los apartados que se indican en la convocatoria.
En aplicación del artículo 35 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, para facilitar la presentación de las escrituras de constitución de la empresa, estatutos y modificaciones posteriores en su caso, y del permiso de trabajo, cuando se trate de ciudadanos no españoles y procedentes de países no incluidos en la Unión Europea, los interesados podrán aportar copia digitalizada de estos documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de la firma electrónica.
Subsanación de Errores
Si la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en la presente orden y en la convocatoria anual del Certamen, o cualquiera de los previstos en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se requerirá a las personas solicitantes para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Resolución y Adjudicación
La resolución de adjudicación del Certamen será dictada por la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud y deberá contener la relación de los adjudicatarios, diez en total.
El plazo máximo para resolver y notificar la adjudicación del Certamen será de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas por silencio administrativo.
Protección de Datos
Los datos de carácter personal, recogidos en la solicitud, formarán parte de un fichero de titularidad del Instituto de la Juventud y quedarán sometidos a la protección establecida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Responsabilidades y Régimen Sancionador
Los beneficiarios del Certamen quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones, establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
| Aspecto | Detalles |
|---|---|
| Objetivo | Apoyar proyectos innovadores liderados por jóvenes emprendedores. |
| Requisitos de la Empresa | Antigüedad entre uno y tres años. |
| Edad del Solicitante | Máximo 35 años si es representante legal de una persona jurídica. |
| Ámbito Geográfico | Actividad principal debe realizarse en territorio español. |
| Ayuda Económica | 25.000 € para cada uno de los diez primeros seleccionados. |
| Justificación de la Ayuda | En un plazo máximo de tres meses a partir de cumplirse un año del pago. |
