El término franquicia se ha incorporado a nuestro lenguaje para designar una nueva fórmula de negocio basado en la cesión de un modelo ajeno de empresa, transmitiendo el franquiciador al franquiciado derechos de uso sobre la marca, signos distintivos, modelo de negocio, secretos industriales y demás elementos que caracterizan dicho modelo de empresa.
De esta forma, como resultado de la conclusión de contratos de franquicia, se instrumentan redes de distribución en las que los consumidores identifican los bienes fabricados o distribuidos, o los servicios prestados por el franquiciado con aquellos fabricados, distribuidos o prestados por el franquiciador, como si de un único empresario se tratara. Ello es fruto de la homogeneización de la empresa, aunque cada empresario es jurídicamente independiente entre sí y jurídicamente independientes con respecto al franquiciador.
La actividad comercial en régimen de franquicia está definida en el artículo 62.1 de la ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista como la que se lleva a efecto en virtud de un acuerdo o contrato por el que una empresa, denominada franquiciadora, cede a otra, denominada franquiciada, el derecho a explotación de un sistema propio de comercialización de productos o servicios.
El sector de la franquicia en nuestro país representa una cifra cada vez más significativa del comercio, reclamando su importante ascenso una respuesta jurídica eficiente a la problemática que puede suscitarse en este mercado contractual. Los datos del 2011 reflejan el crecimiento de esta fórmula de negocio en un 6,5% respecto del 2010. Las estadísticas sobre la presencia de enseñas nacionales en el mundo indican que actualmente ya hay 271 marcas españolas implantadas en 118 mercados, con un total de 17.081 establecimientos operativos, según datos relativos al primer trimestre de 2012 de la Asociación Española de Franquiciadores. En este crecimiento han influido sus ventajas como el constituirse en una alternativa al desempleo o la reducción del riesgo que acompaña a cualquier negocio en sus inicios mediante el comercio asociado.
La regulación del contrato de franquicia en nuestro ordenamiento no es exhaustiva, si bien si que se regulan diferentes cuestiones que afectan al mismo. En primer lugar, se ha reconocido jurídicamente dicha figura y se ha introducido una protección al franquiciado, la parte débil en el negocio de franquicia. En este sentido se han establecido una serie de deberes precontractuales que debe cumplir el franquiciador para proteger al franquiciado de posibles abusos. Con la misma finalidad de proteger al franquiciado se ha creado un Registro de Franquiciadores que incluye información de gran utilidad para el franquiciado.
Por otra parte, ha de tenerse en cuenta la normativa sobre competencia, tanto a nivel español, como comunitario.
Estas son las únicas limitaciones que se han de tener en cuenta a la hora de redactar un contracto de franquicia, estando el resto de cuestiones, sujetas al principio de libertad contractual establecido por el artículo 1255 del Código Civil, con la sola limitación, de carácter general, de que los acuerdos celebrados no infrinjan las leyes, ni la moral, ni el orden público. Esto implica que el contrato de franquicia sea un contrato atípico, es decir, que su contenido no está regulado legalmente.
Al tratarse el contrato de franquicia de un contrato atípico, su contenido es fundamental, siendo el contrato el instrumento básico y principal para configurar los derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado y establecer formalmente el contenido de la relación a todos los efectos. El contrato deberá contener con claridad los elementos esenciales de todo contrato y, además, una regulación detallada del contenido básico de este tipo de acuerdos.
El acuerdo se constituye en un documento privado suscrito por dos partes, el franquiciador y el franquiciado.
El contrato de franquicia es el documento mercantil fundamental que regula la relación entre el franquiciador y el franquiciado. En él se detallan los derechos y obligaciones de ambas partes, así como aspectos clave como los plazos, los pagos, la duración del acuerdo, la exclusividad territorial y demás condiciones esenciales.
Así, el contrato de franquicia es clave en la relación entre franquiciado y franquiciador, ya que define los derechos y obligaciones de las dos partes implicadas. Este contrato de franquicia debe adecuarse a la legislación nacional del país en el que se opera, especialmente a la Ley de Ordenación del Comercio Minorista; al Real Decreto 201/2010, que regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y a la Ley de Defensa de la Competencia.
Un contrato de franquicia es un acuerdo legal mediante el cual el franquiciador otorga al franquiciado el derecho de explotar su modelo de negocio, incluyendo su marca, conocimientos técnicos y métodos operativos. A cambio, el franquiciado se compromete a pagar ciertas contraprestaciones, como royalties o cuotas iniciales. Este contrato tiene como objetivo garantizar que el franquiciado pueda replicar el éxito del franquiciador siguiendo un sistema previamente definido.
En España, el contrato de franquicia está sujeto a un marco normativo que busca proteger los intereses de ambas partes y garantizar la transparencia en las relaciones comerciales. El contrato de franquicia en España se regula principalmente por el Código de Comercio, que establece las bases generales de los contratos mercantiles, y por la Ley de Defensa de la Competencia, que garantiza prácticas justas y evita cláusulas abusivas o restricciones excesivas que puedan perjudicar a las partes o al mercado. La normativa también obliga a que los contratos sean claros y transparentes, detallando derechos, obligaciones, costes y condiciones específicas. Las cláusulas de confidencialidad, no competencia, y las disposiciones para la renovación o resolución del contrato deben ajustarse a la ley para evitar conflictos legales.
La duración del contrato de franquicia varía según las partes, pero lo habitual es que tenga una vigencia inicial de 5 a 10 años. Es posible negociar una renovación, siempre que ambas partes estén de acuerdo y se respeten las condiciones estipuladas en el contrato original.
Características del contrato de franquicia
Las características de un contrato de franquicia lo diferencian de otros tipos de acuerdos comerciales:
- Derecho de uso de la marca: El franquiciado obtiene autorización para explotar una marca reconocida.
- Transferencia de know-how: El franquiciador proporciona formación y soporte técnico al franquiciado.
- Exclusividad territorial: Es común que estos contratos incluyan cláusulas que delimitan un área geográfica donde el franquiciado puede operar sin competencia directa de la misma marca.
Un contrato de franquicia debe incluir ciertas cláusulas fundamentales para proteger a ambas partes.
- El franquiciador es la persona física o jurídica que posee la propiedad intelectual de la marca, el modelo de negocio y el know-how asociado.
- El franquiciado es la persona o entidad que adquiere los derechos de explotación del negocio y asume la gestión diaria de la franquicia.
Ambos tienen derechos bien definidos que garantizan una relación justa y equitativa. El contrato debe incluir cláusulas para manejar la resolución de conflictos, como mediación o arbitraje.
El contrato de franquicia regula la relación legal entre el franquiciado y el franquiciador, definiendo el papel de ambos, las obligaciones necesarias para su cumplimiento, los derechos y métodos para llevar a cabo la actividad. Este acuerdo legal se compone de algunas cláusulas destinadas a regular, por ejemplo, la duración, los royalties esperados y cualquier tarifa de entrada, el uso exclusivo de las marcas, productos y servicios de la marca, el soporte y asistencia proporcionados por el franquiciador.
Aunque hay directrices internacionales que buscan estandarizar algunos aspectos fundamentales del contrato de franquicia, la legislación aplicable varía significativamente de un país a otro, reflejando las peculiaridades legales, económicas y culturales de cada sistema legal.
Examinemos juntos los elementos principales del contrato de franquicia:
- Duración, renovación y retirada. La duración de un acuerdo de franquicia es un elemento clave que establece el período de tiempo durante el cual el franquiciado está autorizado a usar la marca y el saber hacer de la misma. Esta duración puede variar significativamente dependiendo de la marca y el sector en el que opera, extendiéndose a menudo de 5 a 10 años, con la posibilidad de renovación. De hecho, es esencial que el contrato especifique claramente las condiciones de renovación, como el aviso requerido y cualquier tarifa aplicable, además de los procedimientos de retirada, que permiten a ambas partes concluir el acuerdo de una manera justa y transparente, si las expectativas no se cumplen u ocurren cambios en las condiciones del mercado.
- Tarifas de Entrada y Royalties. Las tarifas de entrada constituyen la cuota solicitada al franquiciado al comienzo de la relación comercial: generalmente cubren los derechos de uso de la marca, la transferencia del saber hacer por parte del franquiciador y el uso de los signos distintivos de la marca. Los royalties, por otro lado, son pagos periódicos realizados por los afiliados, que pueden calcularse como una cantidad fija o como un porcentaje del volumen de negocios generado por la actividad.
- Paquete de Franquicia. El paquete de franquicia incluye todos los elementos proporcionados por el franquiciador para garantizar el inicio y la gestión efectiva del negocio. Esto incluye el uso de los signos distintivos de la empresa, el saber hacer operativo, la asistencia técnica y comercial, así como programas de formación para el empresario y su personal. Estos elementos son esenciales para mantener la coherencia de la marca y la eficiencia operativa en todas las ubicaciones regionales, asegurando al mismo tiempo que cada socio tenga el conocimiento y los recursos necesarios para desarrollar su negocio.
- Precios de Compra. A menudo, especialmente en acuerdos relacionados con la distribución de bienes, se prevé que el afiliado no pague royalties, sino que proceda a comprar una cantidad mínima de bienes a un precio determinado. Es importante que el contrato establezca claramente cómo se determinarán los precios de estos bienes, asegurando condiciones justas y ventajosas para el franquiciado, sin comprometer la calidad o accesibilidad de los productos o servicios ofrecidos a los clientes finales
- Acuerdo de Exclusividad y No Competencia. La exclusividad territorial asegura al franquiciado el derecho a operar en un área geográfica específica sin competencia directa de otros franquiciados de la misma marca. El acuerdo de no competencia, por otro lado, impone restricciones después de la conclusión del acuerdo de franquicia, prohibiendo al franquiciado iniciar un negocio similar o trabajar para un competidor durante un cierto período de tiempo. Estos elementos tienen como objetivo proteger las inversiones de tanto el franquiciado como el franquiciador, asegurando una colaboración beneficiosa para ambas partes.
- Estándares Operativos y Calidad del Servicio. Es crucial incluir cláusulas detalladas en el acuerdo de franquicia con respecto a los estándares operativos y los requisitos de calidad que deben ser garantizados por los socios. Esto asegura que todas las tiendas reflejen la imagen y valores de la marca, ofreciendo una experiencia consistente y de alta calidad a los clientes. Detallar estos estándares ayuda a prevenir discrepancias territoriales y a mantener la integridad de la marca a escala global. Además, esta sección del acuerdo puede incluir disposiciones que rigen las auditorías y evaluaciones de cumplimiento, estableciendo un mecanismo transparente e imparcial para asegurar la adhesión a los estándares acordados. Incorporar estos elementos en el acuerdo de franquicia ayuda a crear una base sólida y transparente para una colaboración fructífera para ambas partes.
Condiciones de la franquicia: recoge aspectos como la inversión requerida, canon de entrada exigido, royalties mensuales, etc. Es importante que especifique la zona en la que va a estar ubicada la franquicia y si existe exclusividad geográfica.
Transmisión del know-how: Es la formación del franquiciado y la transmisión de ese conocimiento y experiencia previa, algo fundamental para el funcionamiento de la franquicia.
Derechos de uso de marca: Debe detallar aspectos relacionados con la cesión de marca, de qué manera el franquiciado puede hacer uso de ella y qué acciones requerirán de una aprobación expresa por parte del franquiciador, así como otras prácticas que no podrá realizar. La empresa franquiciadora vela porque el uso de su marca se haga de forma adecuada, teniendo en cuenta sus estrategias de comunicación.
Soporte al franquiciado: El contrato debe especificar de qué manera el franquiciador dará apoyo al franquiciado, ya no solo en la transmisión del know-how, sino en el acceso a programas informáticos de gestión, comunicación de novedades, soporte en la gestión de la franquicia, resolución de dudas, apoyo continuado, etc.
Clases y modelos de contratos de franquicia disponibles en España
Podemos clasificar las franquicias en función de múltiples criterios. El más importante tiene que ver con el el propósito comercial y las características de la franquicia que va a operar.
- Franquicia comercial. Es el tipo más común.
- Franquicia industrial.
- Franquicia de producción.
- Franquicia de distribución o de producto.
- Franquicia de servicios.
- Franquicia mixta.
- Franquicia individual.
- Franquicia múltiple.
- Franquicia regional.
- Franquicia maestra.
- Franquicia de participación accionarial.
- Franquicias córner.
- Franquicia shop in shop.
- Franquicia online. Es aquella franquicia que no necesita una ubicación física, sino que operará a través del comercio electrónico.
Tipos de franquicia.
En España, el mundo de las franquicias ofrece diversas modalidades que se adaptan a diferentes tipos de negocios y sectores:
- Franquicia de distribución: Es un contrato especialmente útil para aquellas empresas que buscan fortalecer su presencia en nuevos mercados sin necesidad de establecer delegaciones propias en estos nuevos territorios. - La principal actividad del distribuidor consiste en adquirir los productos o servicios del productos o proveedor, para revenderlos y obtener con ello su beneficio empresarial, por lo que asume el riesgo comercial.
- Franquicia de servicios: Ofrece a los emprendedores un modelo de negocio con el cual es posible tener acceso a una red consolidada de socios a nivel mundial, que opera utilizando soluciones profesionales diseñadas para impulsar el crecimiento de la empresa.
El contrato de distribución no se encuentra específicamente regulado en la normativa española, por lo que se rige, principalmente, por el libre acuerdo de las partes.
Es aquella franquicia que no necesita una ubicación física, sino que operará a través del comercio electrónico. Por ello, se debe realizar un análisis exhaustivo sobre qué se cede, dónde se cede y durante cuánto se cede.
