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En el mundo empresarial, es común encontrar términos como "empresario", "propietario", "emprendedor" y "ejecutivo" que, aunque relacionados, tienen significados y roles distintos. Comprender estas diferencias es crucial para entender la dinámica de una empresa y las responsabilidades de cada figura.

¿Qué es un Empresario Individual o Autónomo?

Por empresario individual o autónomo debemos entender aquella persona física que realiza en nombre propio una actividad comercial, industrial o profesional de carácter lucrativo. El empresario es el propietario único de la actividad; lo que implica que ejerce el control total sobre la misma, dirige personalmente su gestión, organiza todo el trabajo y aporta todo el capital necesario para llevar a cabo su actividad, sin que exista, por tanto, puesta de bienes en común. Asimismo, el empresario individual es quien percibe todos los beneficios que genere la empresa y, en su caso, responde de forma personal e ilimitada las deudas contraídas frente a terceros con todos sus bienes, tanto los afectos a la actividad empresarial como los que conformen su patrimonio personal; porque no existe límite o separación alguna entre el patrimonio empresarial y el personal.

Características Principales del Régimen Jurídico del Empresario Individual

  • Para ser empresario individual es requisito imprescindible ser mayor de edad y gozar de la libre disposición de los bienes propios.
  • No obstante lo anterior, también podrá ser empresario individual el menor de edad emancipado, pero con los límites que establece el artículo 323 del código civil.
  • El empresario individual debe ejercer, por cuenta propia, sin sujección a contrato de trabajo alguno, fuera del ámbito de dirección y organización de un tercero, y de forma habitual, una actividad comercial, industrial o profesional de carácter lucrativo.
  • Para constituirse como empresario individual no se exige que se destine a la actividad un mínimo de capital, a diferencia de la mayor parte de las formas societarias.
  • Además, los empresarios individuales sólo deben realizar los trámites necesarios para ejercer la actividad, pero no necesitan realizar trámites destinados a la constituición o adquisición de la personalidad jurídica, lo cual simplifica mucho la puesta en marcha de la empresa.
  • Sin embargo, la responsabilidad por deudas es personal e ilimitada.

La única excepción se encuentra en el Emprendedor de responsabilidad limitada, que puede limitar su responsabilidad para que no alcance a su vivienda habitual. No es de extrañar, por tanto, que bajo esta forma de empresa sólo se ejerzan, generalmente, y cada vez menos, pequeños negocios o actividades profesionales por emprendedores que destinan escasos recursos a la puesta en marcha de su actividad; porque cuando se realizan inversiones mayores resulta más aconsejable una forma societaria para limitar la responsabilidad.

Por último, indicar que como autónomo no es obligatoria la inscripción en el Registro mercantil, es potestativa, y no es necesario tampoco otorgar escritura de constitución para ejercer la actividad económica.

Regulación

El régimen jurídico del régimen empresal régimen jurídico del empresario individual o autónomo se regula, desde el 12 de Octubre de 2007, por el Estatuto del Trabajador Autónomo, aprobado por Ley 20/2007, de 11 de Julio; y las normas que lo desarrollan. Además, por el Real Decreto 368/2010, de 26 de marzo, se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de las empresas individuales mediante el sistema de tramitación telemática.

Diferencias entre Emprendedor, Empresario y Ejecutivo

Un emprendedor, un empresario y un ejecutivo directivo son roles distintos en una organización o empresa, y tienen diferencias y similitudes entre ellos.

Funciones

  • Emprendedor: Es la persona que crea una empresa desde cero y se encarga de la gestión del negocio.
  • Empresario: Es el propietario de la empresa y se encarga de la dirección general de la misma.
  • Ejecutivo Directivo: Es el encargado de la gestión operativa de la empresa y no tiene por qué ser propietario.

Responsabilidad

  • Emprendedor: Es el responsable final del éxito o fracaso de su empresa.
  • Empresario: También tiene una gran responsabilidad, pero cuenta con un equipo directivo y gerencial que comparte esta responsabilidad.
  • Ejecutivo Directivo: Es responsable de la gestión operativa de la empresa en el área que le corresponde.

Toma de Decisiones

  • Emprendedor: Es el que toma las decisiones clave sobre la empresa.
  • Empresario y Ejecutivo Directivo: Toman decisiones en su área de responsabilidad.

Visión a Largo Plazo

  • Emprendedor: Tiene una visión a largo plazo y busca hacer crecer su empresa.
  • Empresario: También busca el crecimiento de su empresa, pero en un contexto de estabilidad y rentabilidad.
  • Ejecutivo Directivo: Se enfoca en cumplir con los objetivos a corto plazo establecidos por el empresario.

Similitudes

  • Innovación: Tanto el emprendedor como el empresario y el ejecutivo directivo buscan la innovación y la mejora continua en sus respectivos ámbitos.
  • Toma de Riesgos: Todos los roles implican tomar riesgos, aunque en distintos niveles y contextos.
  • Habilidad de Liderazgo: Los tres roles requieren habilidades de liderazgo para poder motivar y guiar a un equipo hacia el logro de los objetivos.
  • Conocimiento del Mercado: Los tres roles necesitan conocer el mercado en el que operan para poder tomar decisiones estratégicas acertadas.

En resumen, mientras que el emprendedor es el creador de una empresa, el empresario es el propietario de la misma y el ejecutivo directivo es responsable de la gestión operativa en su área de responsabilidad. Cada uno tiene distintas funciones, responsabilidades y enfoques, pero comparten similitudes como la innovación, la habilidad de liderazgo y el conocimiento del mercado.

Tabla Comparativa: Emprendedor vs. Ejecutivo Directivo

Característica Emprendedor Ejecutivo Directivo
Funciones Crea oportunidades de negocio Resuelve problemas diarios
Capacidades Detecta oportunidades Planifica, presupuesta y controla
Status Patrón, propietario Trabaja a sueldo, no es dueño
Actitud Proactivo, subordina el tiempo a la oportunidad Reactivo, se rige por calendarios, horizonte corto y rígido

Aunque un emprendedor y un empresario a menudo se consideran la misma persona en el caso de pequeñas y medianas empresas, hay diferencias entre ellos. El emprendedor lanza proyectos que pueden o no convertirse en empresas, mientras que el empresario tiene una empresa establecida que crea empleo y beneficios de manera consecutiva. Por otro lado, un ejecutivo directivo es el máximo responsable de una empresa y no necesariamente su creador.

Según el diccionario de la Real Academia Española, el empresario es el “titular propietario o directivo de una industria, negocio o empresa” y el emprendedor el que “emprende, con resolución, acciones o empresas innovadoras”. Aquí comienzan las primeras diferencias. En teoría, el empresario posee un negocio y lo dirige, mientras que el emprendedor actúa con decisión e innovación.

El empresario suele moverse en las capas altas de la gerencia; puede ser el propietario pero también pertenecer al consejo de administración o a la junta de accionistas de la compañía. Diversificar. Sacar adelante el negocio. El emprendedor también sabe adaptarse a las circunstancias y ser flexible, pero se centra más en la idea. Sacar adelante un producto, servicio, proceso o modelo de distribución innovador, que no existía anteriormente y que soluciona un problema que él mismo ha detectado.

En cuestiones de riesgo, el empresario lo calcula al milímetro, analizando hasta dónde puede llegar para no perjudicar al negocio. El emprendedor, sobre todo al principio, suele estar solo o contar con un equipo muy reducido, por lo que debe hacer de todo. La incertidumbre forma parte de su día a día. Según un estudio de Harvard Business School: “los emprendedores son menos neuróticos porque necesitan una confianza excepcional en sí mismos para asumir los riesgos de empezar un negocio”.

Empresario Titular vs. Empresario Principal

En cualquier proyecto empresarial, es imprescindible determinar desde el principio la titularidad del centro de trabajo y el concepto de "propia actividad", para poder realizar una Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) eficaz. La Nota Técnica de Prevención (NTP) 918 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) aborda la coordinación de actividades empresariales en el contexto de empresas que comparten un mismo centro de trabajo.

Para entender las diferencias entre empresario titular y principal, es fundamental comprender algunos conceptos clave:

  • Centro de Trabajo: Es el lugar físico donde los trabajadores van a realizar su labor.
  • Unidad Productiva: Se refiere a la parte de la actividad empresarial que tiene autonomía técnica.
  • Organización Específica: Además de la autonomía técnica, el centro de trabajo debe tener una autonomía organizativa.
  • Propia Actividad: Se refiere a las tareas que son inherentes, nucleares o indispensables para el negocio principal de la empresa titular del centro de trabajo.

¿Quién es el Empresario Titular?

El empresario titular es la persona que tiene la capacidad de poner a disposición y gestionar el centro de trabajo. En otras palabras, es quien controla el lugar físico donde se desarrollan las actividades empresariales. Por ejemplo, el propietario de una nave industrial que la alquila a otra empresa.

Cuando el empresario ostenta la titularidad del centro pero sin aportar personas trabajadoras, las obligaciones en este caso, se limitan solamente a informar a los empresarios concurrentes de los riesgos de su centro y que puedan afectar a las actividades desarrolladas en éste por las empresas contratadas y subcontratadas, así como de las medidas necesarias para la prevención de los mismos. Además, deberá aportar información acerca de las actuaciones a seguir en caso de emergencia.

¿Quién es el Empresario Principal?

El empresario principal es la empresa que contrata a otras (contratistas o subcontratistas) para que realicen trabajos o servicios que corresponden a su propia actividad. Es decir, el empresario principal contrata o subcontrata con otros la realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad y que se desarrollan en su propio centro de trabajo. Por ejemplo, una constructora que subcontrata la fontanería.

En este caso, el empresario deberá informar a sus trabajadores de los riesgos derivados de la concurrencia de empresas e, igualmente, informar a los trabajadores contratados de los riesgos del centro de trabajo, medidas preventivas y medidas de emergencia. Además, por esta relación especial, deberá vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención y que se hayan establecido los medios de coordinación necesarios.

Como empresario principal, tu deber de vigilancia te obliga a no permitir el inicio de los trabajos hasta que la documentación esté en regla.

Puede darse el caso en que no coincida la figura del empresario principal y empresario titular del centro de trabajo.

Ejemplo 1: Una empresa que contrata la realización de una obra o servicio que no es de su propia actividad y ésta a su vez, subcontrata con otra la realización de dicha obra o servicio. Es decir, la primera empresa actuaría como empresario titular y la segunda como empresario principal respecto a la subcontrata, por el hecho de subcontratar su propia actividad.

Ejemplo 2: Imaginamos que un supermercado que contrata con una empresa de tecnología la instalación de ordenadores y para ello, ésta subcontrata a otra empresa o a un trabajador autónomo para que le ayude durante la realización de dicho trabajo en el supermercado. El supermercado es el empresario titular y la empresa de tecnología, que además de tener a sus trabajadores en el centro, subcontrata a otra empresa o a un trabajador autónomo, pasa a ser el empresario principal respecto a dicha subcontrata.

Asimismo, cuando una empresa contrata la realización de varias obras o servicios que no sean de su propia actividad de forma simultánea con varias empresas, si estas empresas contratistas a su vez subcontratan parte de estas actividades con otras empresas, pasan a ser empresarios principales de las respectivas subcontratas.

En el caso de un coworking, la titularidad del centro de trabajo puede variar según la situación específica y la estructura legal del espacio compartido. Generalmente, el propietario del espacio de coworking es el titular del centro de trabajo, mientras que las empresas o profesionales individuales que alquilan los espacios son responsables de su propia actividad y de cumplir con las normativas laborales y de seguridad.

Responsabilidad Solidaria vs. Subsidiaria en la CAE

Cuando ocurre un accidente o se incumple la normativa, la ley busca responsables. En el ámbito de la CAE, dos términos generan mucha confusión, pero entenderlos es vital:

  • Responsabilidad Solidaria: Se puede exigir el pago de la deuda o sanción al mismo tiempo tanto al deudor principal como al responsable solidario.
  • Responsabilidad Subsidiaria: Primero se debe intentar cobrar al deudor principal.

Ejemplo práctico: Eres el empresario principal y subcontratas una tarea de tu "propia actividad". Si la subcontrata no paga sus deudas a la Seguridad Social, la Administración podría reclamarte a ti directamente la totalidad de esa deuda.

Eres el dueño de un local (empresario titular) y una empresa que te alquila el espacio tiene una deuda. En este escenario de coordinación intervienen varios actores, cada uno con un papel definido.

Toda la estructura de la CAE en España se sostiene sobre una norma principal: el Real Decreto 171/2004.

¿Cómo implementar una CAE eficaz?

La CAE implica una enorme cantidad de papeleo. Ante este tsunami documental, la tecnología se ha convertido en la mejor aliada. Un entorno de trabajo seguro es un entorno productivo.

Es la base de todo. Como has podido ver, la Coordinación de Actividades Empresariales es mucho más que un trámite. Es la columna vertebral de la prevención en entornos de trabajo complejos.

Cuando en un mismo centro de trabajo concurren varias empresas, pueden generarse tres situaciones de concurrencia, en virtud del RD 171/2004:

  • Cuando existen personas trabajadoras de varias empresas que concurren en un mismo centro de trabajo.
  • Cuando alguna de estas empresas actúa como titular del centro de trabajo: este empresario está contratando una actividad distinta a la del centro.
  • Cuando alguna de estas empresas actúa como principal: este empresario contrata servicios o trabajos que forman parte de su propia actividad.

Esto nos brinda una serie de posibles combinaciones que generarán distintos escenarios.

En una comunidad de vecinos: La comunidad (empresario titular) contrata a una empresa para rehabilitar la fachada.

Aunque con frecuencia se suele utilizar el término de forma indistinta, empresario y autónomo no son exactamente lo mismo. Así, pues, el empresario es el que posee una empresa, que puede tener diferentes formas jurídicas (SL, SA, SLL, etc.). En cambio, el trabajador autónomo es una persona que trabaja por cuenta propia y, para ello, está inscrito en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Es importante tener en cuenta que a veces las figuras del autónomo y el empresario se pueden solapar. En ocasiones habrás oído referirse al autónomo como “empresario individual”.

Empresario Individual: se trata de una persona física que realiza una actividad económica por cuenta propia (autónomo). No todos los socios de una empresa están obligados a darse de alta como autónomos societarios.

Tanto si eres autónomo como si diriges una empresa y buscas soluciones para la gestión y dirección de tu negocio, disponer de una herramienta como myGESTIÓN puede resultarte muy útil.

Tradicionalmente, las figuras del empresario y del propietario coincidían y estos términos se empleaban como sinónimos. Hoy en día, sobre todo en las grandes empresas, por un lado está el propietario que aporta el capital (socio capitalista) y por otro el empresario, la persona que gestiona y dirige.

El empresario es la persona que adopta las decisiones generales en la empresa. Para desempeñar una buena labor como empresario no basta con ser un buen gestor, las características que debe poseer una persona que desee triunfar en el mundo de los negocios, deben ir más allá.

  • Papel de líder: el empresario debe concebir la misión de la empresa y diseñar las estrategias para alcanzarla.
  • La mayoría de los empresarios son personas con capacidad para aceptar responsabilidades y con tendencia a asumir riesgos.
  • También hay que resaltar que el hecho de crear un negocio propio, en el caso de que el empresario coincida con el propietario, proporciona una independencia laboral que genera una gran satisfacción personal.

El empresario en el pensamiento clásico: para los clásicos (Adam Smith, David Ricardo y J.S. Mill) el empresario era la persona que aportaba el capital por lo que el beneficio era la recompensa a dicha aportación.

  • Teoría del empresario-riesgo de Knight: para Knight lo que define al empresario es su capacidad de asumir riesgos en un mundo de incertidumbre, ya que anticipa un capital sin saber el resultado de su actividad.
  • Teoría del empresario innovador de Schumpeter: para Schumpeter la función principal del empresario es innovar, aplicar las invenciones tecnológicas a usos comerciales o industriales.
  • Teoría del empresario como tecnoestructura de Galbraith: las grandes empresas actuales son tan complejas que ya no pueden ser dirigidas por una sola persona, sino que requieren de expertos en las distintas áreas.

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