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La gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) puede ser complicada para autónomos y pequeñas empresas. En este contexto, el régimen de franquicia del IVA se convierte en un tema crucial que podría tener un impacto significativo en la operación y en la rentabilidad de los negocios. A pesar de ello, este es uno de los cambios más esperados en el ámbito tributario europeo: la posible implantación del régimen de franquicia del IVA en España.

¿Qué es el Régimen de Franquicias de IVA?

El régimen de franquicia del IVA es un sistema fiscal que permite a los pequeños empresarios y profesionales no tener que aplicar el IVA en sus facturas. En muchos países de la Unión Europea se aplica este tipo de régimen, presentando ventajas fiscales para negocios de pequeña escala.

Este régimen, extendido por Europa, busca simplificar la tributación de pequeños empresarios y profesionales autónomos, permitiéndoles beneficiarse de ciertas ventajas fiscales. A grandes rasgos, esta normativa da la potestad a los Estados miembros de establecer un régimen de franquicias de IVA bajo algunos parámetros generales. Según la Ley, este sistema debe ser siempre opcional y las empresas que puedan y quieran acceder a él quedarían liberadas de su obligación de declarar IVA.

En otras palabras, los autónomos y pymes que accedieran al régimen de franquicias quedarían al margen de este impuesto indirecto: ni tendrían que repercutir ni podrían deducir las cuotas. No tendrían que incluir IVA en sus precios y declararlo, pero tampoco podrían desgravar sus gastos.

¿Cuándo Entrará en Vigor el IVA de Franquicias?

El régimen de IVA de franquicias todavía no está aprobado en España y, por lo tanto, todavía no se puede saber a ciencia cierta cuándo y cómo será la entrada en vigor de este medida para no declarar el IVA de los autónomos. Ahora bien, aquí habría que diferenciar entre dos tipos de sistema de IVA de franquicias. El primero es el que beneficiaría a los autónomos con operaciones nacionales. Es decir, que trabajan con clientes finales o con otras empresas españolas. El segundo es para aquellos que importan y exportan con otros países de la Unión Europea.

Aprobación para Operaciones Nacionales

En cuanto al primer régimen de franquicias, el que afecta a operaciones nacionales, depende de una mesa de negociación entre Hacienda, ciertas asociaciones de autónomos y los sindicatos.

Aprobación para Operaciones Internacionales

En segundo lugar está pendiente la exoneración de IVA para empresas que facturen con clientes o proveedores de otros estados miembro de la Unión Europea. Esta medida es obligatoria, según la directiva UE 2020/2845, y España debió haberla aplicado el pasado 1 de enero. De hecho, en febrero la Unión Europea dio a España un aviso para que trasponga esta directiva y exima a los autónomos y empresas de IVA en sus operaciones internacionales en un plazo de dos meses. Si no lo hace, se expondrá a una sanción.

Esta normativa, en caso de ponerse en marcha al comenzar el año que viene, no afectaría a la gran mayoría de los autónomos, sino tan sólo a los que realizan sus operaciones con otros trabajadores por cuenta propia que sí están establecidos en un país europeo con IVA franquiciado. O dicho de otro modo, sólo quedarían exentas de IVA las facturas con clientes o proveedores que estén en países en los que esté en funcionamiento este sistema, no en España.

¿Cómo Funcionará el IVA de Franquicias?

El funcionamiento del IVA de franquicias en España - y también en operaciones internacionales- no se conocerá en profundidad hasta que salga adelante mediante un proyecto de Ley o se aplique la directiva correspondiente. Ambas normas deberán ser aprobadas por el Parlamento.

Sí se sabe que los Estados Miembros deben cumplir unos mínimos al aplicar este sistema. Previsiblemente, se articulará un régimen de IVA de franquicias opcional y paralelo al régimen general. Los autónomos y pymes que cumplan determinadas condiciones -en el siguiente apartado veremos cuáles- podrán optar a uno u otro sistema libremente.

Si optan por el régimen de franquicias, dejarían de presentar las autoliquidaciones de IVA y, por lo tanto, ya no estarían sujetos a este impuesto indirecto en su faceta empresarial. En contrapartida, en este sistema los autónomos tampoco podrán deducir el IVA de las compras que realicen para su negocio.

Para poder acogerse al sistema, posiblemente, sea necesario hacer una única declaración a principios de año de todos los ingresos para comprobar si el autónomo o pyme cumple los requisitos de nivel de ingresos para optar al sistema.

COMO funciona el Nuevo Régimen de FRANQUICIA del IVA

¿Qué Autónomos Podrían Acogerse al Régimen de Franquicias de IVA?

Otro de los aspectos que cada Estado miembro puede establecer a su antojo son las condiciones para acceder a este sistema. Lo que sí marca la normativa comunitaria son unas condiciones mínimas y unos umbrales máximos. A este sistema podrán optar:

  • Las personas jurídicas o físicas con residencia fiscal en España.
  • Que tengan un volumen de ingresos en el interior del Estado que no supere los 85.000 euros anuales.

Esto, sin embargo, no significa que España vaya a establecer ese límite. El umbral que marca la UE es el límite máximo que pueden establecer los Estados, pero todos ellos pueden fijar su propio umbral por debajo de esta cifra.

Si el autónomo decide adherirse al Régimen de IVA Franquicias, está limitado a no exceder el 10 % del nivel de actividad económica.

¿A qué Autónomos Beneficiará el Régimen de IVA Franquiciado?

El régimen de IVA franquiciado permite no presentar las autoliquidaciones de IVA, por lo que los autónomos no tienen que cobrar este impuesto pero tampoco pueden aplicar las deducciones. Si el empresario no repercute ni puede deducir las cuotas de IVA, el sistema será beneficioso para aquellos que tengan que asumir pocos gastos en su negocio.

Este sistema beneficiará sobre todo a los autónomos cuya mano de obra supone la mayor parte de su coste de trabajo, porque tienen muy pocos gastos que deducir. Por ejemplo, un diseñador, un abogado o un asesor.

Por el contrario, los negocios que más gastos deban asumir para su actividad serán los que menos beneficiados se vean porque perderían el derecho a todas sus deducciones.

La clave es estudiar cada caso, cuánto IVA soporta y cuánto repercute cada autónomo, y en base a ello tomar una decisión, según tus ingresos y gastos.

Ventajas y Desventajas del Régimen de Franquicia del IVA

Como podrás imaginar, tener la posibilidad de estar exento de IVA tiene sus ventajas y desventajas.

Ventajas

  • No tendrás que presentar la declaración trimestral del IVA.
  • Podrás establecer precios más competitivos.
  • Solo tendrás que hacer una única declaración anual del IVA que se presentará a principios de año.
  • Se reducen las multas, ya que no hay que presentar el modelo 303 de forma trimestral ni el 390.

Desventajas

  • Se pierde la oportunidad de deducir el IVA soportado.
  • Al no incluir el IVA en las facturas ya no será posible recuperar el IVA que pagas.
  • La empresa supera el umbral establecido del volumen de negocio anual.

Requisitos y Obligaciones

Al solicitar la franquicia obtendrás un número de NIF IVA. Con esta identificación el cliente podrá saber que te has acogido a la franquicia y, por ello, puede admitir las facturas que emitas sin IVA. Este cambio en el impuesto también conlleva obligaciones, ya que si te acoges al sistema de franquicia del IVA no podrás aumentar el volumen de tu negocio en más de un 10 %. Si lo superas, dejarás de ser apto para beneficiarte de este régimen impositivo.

De todas formas, la Unión Europea plantea permitir a los Estados miembros establecer el límite máximo en el 25 % para favorecer el crecimiento de los negocios y evitar un aumento generalizado de los precios de los productos y servicios.

Ejemplo Práctico

Imagina que un diseñador gráfico trabaja para pequeñas empresas y sus ingresos anuales son de 80.000 euros. Al acogerse a este régimen, sus facturas no incluirán IVA, permitiéndole competir de manera más efectiva en el mercado.

Si el diseñador gráfico supera los 85,000 euros en ingresos, deberá cambiar al régimen general del IVA, notificando este cambio a la Agencia Tributaria y comenzando a repercutir el IVA en sus facturas.

Tabla Comparativa de Franquicias de IVA en Europa

Como podemos observar, España y Países Bajos son los únicos Estados miembros de la Unión Europea que no han establecido una franquicia del IVA que evite su declaración a autónomos y pequeñas empresas.

País Franquicia Máxima
Francia Variable1
Irlanda Variable2
Malta Variable3
Portugal Variable4
España Sin franquicia establecida
Países Bajos Sin franquicia establecida

Es cierto que el umbral fijado en la Directiva es de 85.000 euros anuales de volumen de negocios nacional pero, como denota el cuadro anterior, la mayoría de Estados miembros han aprobado una franquicia muy inferior.

España es el único país de la Unión Europea que aún no ha adaptado la directiva que permite establecer un IVA franquiciado al 0% para los autónomos que facturen menos de 85.000 euros al año. Y no ha sido por falta de tiempo: la norma se aprobó en 2020 y hace más de dos años que la traspuso el penúltimo rezagado de la Unión Europea, Países Bajos. Esta propuesta comunitaria la han abrazado gobiernos de todo signo por una sencilla razón: les hace la vida más fácil a los autónomos. Algo difícil de dejar pasar para un gobernante.

La de los autónomos es la gran batalla política de estas semanas. Mientras el PSOE rectifica el incremento de las cuotas y congela las de quienes tienen menos ingresos, ante las críticas de sus propios socios como Sumar, ERC y Junts, Alberto Núñez Feijóo contraataca prometiendo que él sí aprobará el «IVA cero» para todos los trabajadores por cuenta propia cuyo volumen de negocio sea inferior a 85.000 euros. Hay que recordar que el colectivo de los autónomos está integrado por 3,4 millones de afiliados, que junto a sus familiares suman 6 millones de votantes. Son una fuerza electoral de primer orden.

Dentro de esta contienda política, el IVA 0% es una medida simbólica de primer orden. Al no trasponer la directiva, el Gobierno de Sánchez ha dejado sin ayuda a más de medio millón de autónomos, según los cálculos de la patronal ATA para EL MUNDO. La principal asociación del colectivo ha cruzado datos sobre lugar de trabajo, tipo de actividad, rendimientos, régimen fiscal y otras variables, para llegar a la conclusión de que casi la mitad de quienes se podrían adherir al IVA cero lo va a hacer.

«Estimamos que entre 500.000 y 600.000 autónomos que se acogerían de manera automática, y es una cifra creciente por la tecnologización», aseguran. «Lo que más ha estado creciendo en los últimos años son las actividades físicas tecnológicas: consultores, programadores, nómadas digitales, etcétera. Eso ha crecido exponencialmente en estos años y todos los países se han dado cuenta después del Covid», asegura Celia Ferrero, vicepresidenta de ATA. Todos esos autónomos se verían claramente beneficiados por la medida.

Los datos de la Agencia Tributaria apuntan a un espectro potencial de al menos 1,43 millones de autónomos con un volumen de negocio por debajo de 85.000 euros anuales. Pero no todos ellos se acogerían al régimen de IVA al 0%: «Es un régimen voluntario. A los negocios que tienen mucha estructura de gasto, muy consolida y muy estable no les interesa. A quienes sólo pasan como gasto el ordenador y alguna comida, por ejemplo, les interesa acogerse al IVA franquiciado», apunta Ferrero.

¿Entonces, a quién les interesaría el IVA cero? «Sobre todo, a los autónomos individuales y a quienes tienen difícil pasar gastos afectos a la actividad». Es decir, quienes sólo gastan en «todo lo difícilmente justificable, que Hacienda te puede echar para atrás, y a los que trabajan desde casa».

El Gobierno se planteó aplicar esta medida como todos los demás de la UE, pero la ha desechado porque no la ve clara. En Hacienda expresan sus dudas sobre el éxito del IVA al 0% en España, ya que en este país se ha optado por aplicar otros regímenes distintos para pequeños empresarios como el régimen simplificado o el régimen del recargo de equivalencia -por el cual no se abona IVA con ingresos bajos-, que están coordinados con el régimen de módulos en el IRPF.

Sin embargo, existe un informe de la reunión que mantuvo el 27 de octubre de 2023 la Secretaría de Estado de Hacienda con los representantes de los autónomos, así como con la CEOE y los sindicatos, con aportaciones de la Agencia Tributaria y de la Dirección General de Tributos. En dicho documento, al que ha accedido EL MUNDO, el Ejecutivo asegura que «La ventaja principal del régimen de franquicia pivota sobre la simplificación y reducción de las obligaciones formales con la finalidad de reducir los costes de cumplimiento de los contribuyentes que se acojan al mismo».

Es cierto que la directiva lo articula como una posibilidad («los Estados miembros podrán conceder una franquicia...»), pero también lo es que los demás estados miembros de la UE han adoptado esta idea. Al otro lado del cuadrilátero político, el PP prepara un Plan Integral de Autónomos, y de entre todas sus medidas hay tres que descuellan con fuerza: la rebaja de las cuotas, la disminución del número de declaraciones de IVA y la implementación de la «franquicia de IVA 0%».

El debate sobre la posible exención del IVA para autónomos con facturación inferior a 85.000 euros anuales se ha convertido en uno de los temas fiscales más comentados entre los trabajadores por cuenta propia en España. El régimen de franquicia del IVA es un sistema especial establecido por la Directiva (UE) 2020/285 que permite a autónomos y pequeñas empresas quedar exentos de las obligaciones relacionadas con este impuesto.

España es actualmente el único país de la Unión Europea que todavía no ha implementado esta normativa, a pesar de que la directiva establecía como fecha límite el 1 de enero de 2025. Aunque el régimen de franquicia del IVA es una obligación europea pendiente de cumplir por España, la realidad es que actualmente sigue sin implementarse. Los autónomos deberán seguir cumpliendo con todas sus obligaciones de IVA hasta que la normativa española se apruebe definitivamente y entre en vigor.

Una directiva europea establece que profesionales y empresas que facturen menos de 85.000 euros al año podrán disfrutar de la exención del IVA en 2025

Los profesionales y las pequeñas empresas tienen que lidiar con una carga burocrática que les obliga a consumir ingentes cantidades de tiempo y recursos. Por eso, la Unión Europea aprobó en 2020 una directiva que contempla la exención del IVA en 2025 para las empresas y los autónomos cuyo volumen de negocios anual sea inferior a 85.000 euros.

¿Qué dice la norma europea sobre la exención del IVA en 2025 ?

La directiva europea 2020/285 establece un sistema de franquicia que permite la exención del IVA en 2025 para las pequeñas empresas. ¿Cuáles son los aspectos que debemos tener en cuenta?

  • La exención del IVA en 2025 y en adelante se aplicará solo a los bienes comercializados y a los servicios prestados por las pequeñas empresas.
  • Solo podrán acogerse a este sistema las empresas con un volumen de negocios anual inferior a 85.000 euros. Y no será obligatorio regirse por el sistema de franquicia del IVA.
  • Los estados pueden fijar límites inferiores y, también, límites distintos en función de los sectores económicos. Es decir, España podría aprobar que el límite para poder acogerse a la exención del IVA en 2025 y en adelante sea inferior.
  • El derecho a la exención del IVA se puede perder de manera automática al superar en un 10% el límite máximo del volumen de negocio fijado por la normativa.

Si bien, los estados pueden establecer que finalice la franquicia cuando se supere el 25% e, incluso, autorizar que prosiga durante el resto del año natural mientras no se excedan los 100.000 euros. Esta medida busca evitar que la facturación de las empresas que disfruten de la exención del IVA en 2025 se dispare gracias a la franquicia.

Ninguna empresa podrá acogerse a la franquicia si en el año natural anterior excedió los límites fijados legalmente.

Los estados pueden decidir si las pequeñas empresas acogidas a la franquicia están o no obligadas a:

  • Declarar el inicio de su actividad.
  • Identificarse con un número individual que permita a los receptores de las facturas saber que la empresa disfruta de la exención del IVA.
  • Presentar una declaración del IVA simplificada relativa a todo el año natural. Esta medida busca facilitar que la Agencia Tributaria pueda saber si la empresa sigue teniendo derecho a la exención del IVA o no.

¿Qué implicará la exención del IVA en 2025 para los pequeños negocios?

Las consecuencias directa de la exención del IVA en 2025 son:

  • Los pequeños negocios no estarán obligados a incluir el IVA en sus facturas.
  • Autónomos y pequeñas empresas no tendrán que realizar las declaraciones trimestrales del IVA cumplimentando el archiconocido modelo 303.
  • Tampoco será necesario presentar la declaración anual del IVA, salvo que España imponga la obligatoriedad de la declaración simplificada que mentamos en el apartado anterior.

Así, la exención del IVA en 2025 para miles de negocios supondrá que una notable simplificación de sus obligaciones tanto en términos de facturación como, sobre todo, de fiscalidad.

¿Qué pasa con la transposición de la directiva de exención del IVA en España?

Mientras no se apruebe el desarrollo legal y reglamentario, la exención del IVA en 2025 en nuestro país presenta grandes incógnitas:

  • Se desconoce cuál va a ser el límite máximo del volumen de negocios anual que no podrán superar las empresas que deseen acogerse a la exención del IVA en 2025. Si el límite máximo es notablemente inferior a los 85.000 euros se dificultará el acceso de autónomos y pequeñas empresas a la franquicia del IVA.
  • No se tiene constancia de si dicho límite variará o no en función del sector económico en el que opere una empresa.
  • No se conoce con precisión cómo será el proceso para solicitar acogerse a la exención del IVA en 2025.
  • Falta por saber si España optará por permitir que las empresas incrementen hasta un 10% o hasta un 25% su volumen de negocio para no perder la franquicia.
  • No se sabe aún si las pequeñas empresas españolas que disfruten de la exención del IVA tendrán que tener un número identificativo especial o realizar una declaración simplificada anual del IVA.

Cuanto más tarde España en transponer la directiva y, con ella, el derecho de las pequeñas empresas a la exención del IVA, más difícil resultará amoldarse a un cambio legal que afecta a:

  • Miles de negocios en nuestro país que cumple con los requisitos para acogerse a la exención del IVA en 2025.
  • A organizaciones como las asesorías que gestionan las facturas e impuestos de otras empresas y que necesitan conocer el funcionamiento del sistema de franquicia en España para asesorar a sus clientes y adaptar su forma de trabajar.

Por ende, es fundamental estar permanentemente al tanto de las novedades que se producen en torno a la transposición de esta directiva europea en nuestro país.

Beneficios de la exención del IVA en 2025

La exención del IVA trae consigo notables beneficios para las pequeñas empresas y los profesionales:

  • Ahorro de tiempo administrativo y evitar multas tributarias. Como ya apuntamos antes, al no tener que presentar las declaraciones del IVA y abonar el impuesto las empresas se ahorrarán muchas horas de trabajo administrativo, así como quebraderos de cabeza.
  • Posibilidad de ofrecer precios más competitivos a los clientes. Al no estar obligadas a incluir el IVA en las facturas, las empresas pueden bajar los precios que cobran por los bienes y servicios que ofrecen en el mercado. Esto conlleva una mejora de su competitividad en un mercado complejo y altamente disputado.
  • Mayor capacidad de ahorro e inversión. Por otro lado, las empresas también pueden optar por mantener sus precios y destinar el aumento de los ingresos a planificar sus finanzas de manera inteligente.
  • Incremento de la rentabilidad y la productividad. Precisamente, el ahorro de trabajo administrativo, el incremento de los ingresos y el mayor margen para realizar inversiones redundan en dos beneficios de enorme relevancia para cualquier negocio: un aumento de la rentabilidad del mismo y un alza de la productividad de la plantilla.

Contras de la exención del IVA en 2025

Aunque la exención del IVA en 2025 tiene notables ventajas, también es importante señalar las consecuencias menos positivas de este cambio de gran relevancia para las pequeñas empresas.

El gran contra que se le puede poner a la exención del IVA desde la óptica de los negocios es que al estar exentos del IVA, tampoco podrán deducir el IVA soportado. Es decir, aquel que abonan en las facturas emitidas por sus proveedores.

¿Por qué es útil un programa de facturación para adaptarse a la revolución de la exención del IVA en 2025?

Para que una empresa sepa si tiene derecho a la exención del IVA en 2025 y si le conviene acogerse a la franquicia del impuesto es fundamental que lleve un control de sus cuentas y pueda elaborar previsiones de facturación.

Por eso, resulta de gran valor añadido disponer de un programa de facturación que permita a los negocios:

  • Emitir facturas con y sin IVA.
  • Disponer de plantillas predefinidas para los diversos tipos de factura.
  • Cargar automáticamente la información de la factura: cliente, NIF, cuenta…
  • Automatizar el cálculo de los impuestos.
  • Registrar las facturas recibidas.
  • Crear los asientos contables de manera automática.
  • Cumplimentar los principales modelos tributarios y exportarlos para su presentación en la plataforma de la AEAT.
  • Emplear soluciones que detectan errores de manera automática en las facturas, la contabilidad o las declaraciones tributarias y subsanarlos con facilidad.
  • Llevar a cabo un control en tiempo real de los ingresos de un negocio.
  • Realizar previsiones de ingresos para determinar si en el futuro se podrán cumplir los requisitos para disfrutar de la exención del IVA o si, por la contra, el incremento del volumen de negocio conllevará la pérdida del derecho a beneficiarse de la franquicia del IVA.
  • Comparar la facturación emitida y la recibida para disponer de datos veraces y dilucidar si la imposibilidad de desgravar el IVA soportado puede ser un hándicap para la empresa.
  • Llevar a cabo una planificación financiera eficaz que contemple las obligaciones tributarias del negocio y contribuya a que este pueda crecer.