El autoempleo, la creación de un negocio propio y el emprendimiento son procesos exigentes con diversas etapas. Tras la caída de la actividad empresarial provocada por la pandemia, una recuperación económica más rápida y sólida de lo previsto ha incitado al optimismo, de manera que muchos emprendedores se han animado a poner en marcha sus ideas de negocio.
Si estás considerando abrir una empresa, te explicamos los requisitos y pasos para formalizar su constitución, de forma que puedas comenzar a facturar lo más rápido posible.
8 PASOS para MONTAR UNA EMPRESA en España COMO EXTRANJERO 💼
En España, la creación de una PYME implica cumplir con una serie de requisitos legales, administrativos y fiscales. Además, es crucial tener en cuenta las obligaciones fiscales y contables, así como los derechos laborales y de protección de datos. En España, las PYMES representan más del 99% del tejido empresarial, lo que subraya su importancia estratégica.
¿Qué es el Certificado de Tamaño Empresarial?
El certificado de tamaño empresarial es un documento que verifica y confirma la clasificación de una empresa en función de su tamaño en términos de empleados o ingresos anuales. Este certificado es utilizado para determinar si una empresa califica como pequeña, mediana o grande según los parámetros definidos.
El certificado de tamaño empresarial es relevante en diferentes contextos, como licitaciones públicas, procesos de adquisición, solicitudes de financiación y participación en programas de apoyo para empresas. Las empresas pueden solicitar este certificado para demostrar su elegibilidad y cumplimiento de ciertos requisitos, lo que puede tener implicaciones en términos de regulación, beneficios fiscales y oportunidades de negocio.
La Cámara de Comercio especifica que este certificado constituye uno de los elementos necesarios que las empresas deben aportar para participar en programas o políticas establecidas por la Unión Europea, fortalecer sus opciones de financiación, asistencia y subvenciones o bien para acceder a iniciativas relacionadas con nuevas tecnologías e innovación.
¿Cómo Obtener el Certificado de Tamaño Empresarial?
El certificado de tamaño empresarial se puede obtener de manera presencial en una Cámara de Comercio o bien de manera electrónica, también a través de la página web de este organismo.
La empresa que tenga interés deberá enviar el formulario de solicitud para obtener el certificado. Es fundamental especificar el idioma en el cual se solicita el certificado, aunque no es necesario realizar ninguna anotación si la solicitud se hace en español.
Junto con el formulario de solicitud, que debe ser presentado en papel membretado de la empresa, con fecha, firma y sello, la empresa siempre debe adjuntar las escrituras de constitución y las subsiguientes que apliquen, así como los estados financieros más recientes depositados en el Registro Mercantil junto con la memoria correspondiente.
Además de eso, la empresa tendrá que presentar una declaración responsable, firmada por un representante de la compañía, donde se incluyan los datos relativos al número de empleados, ingresos y otros datos pertinentes.
Pasos Esenciales para Formalizar tu PYME
1. Elige la forma jurídica
El primer paso para abrir una empresa es decidir su forma jurídica, la cual dependerá de factores como la naturaleza de la actividad, el alcance del proyecto, el número de socios y la responsabilidad legal que estás dispuesto a asumir. De esa elección también dependerán las obligaciones fiscales y de contabilidad que asumirás, así como la inversión económica inicial para la constitución de la empresa.
Si no tienes socios, puedes crear una sociedad limitada unipersonal (SLU) para restringir tu responsabilidad fiscal al capital aportado. En cambio, si vas a asociarte con otras personas, podrías crear una sociedad de responsabilidad limitada (SL). Otra posibilidad es crear una sociedad anónima (SA), cuyo capital puede ser fraccionado en acciones y repartido entre los socios, o una sociedad cooperativa, en cuyo caso necesitarás al menos tres socios y estos ejercerán al mismo tiempo como trabajadores de la empresa.
2. Obtén la certificación negativa del nombre
Entre los requisitos para montar una empresa se encuentra obtener la certificación negativa del nombre que hayas elegido para tu negocio. Puedes pedirla en el Registro Mercantil Central acudiendo a sus oficinas físicas, rellenando el formulario web en su sede online o remitiendo una carta por correo postal.
Este documento acredita que no existe otra sociedad operando con ese mismo nombre, por lo que evita duplicidades y problemas legales de cara al futuro. Si el nombre que solicitas está libre, quedará reservado durante seis meses. Transcurrido este periodo de tiempo, si no has inscrito la sociedad en el Registro Mercantil Provincial, el nombre quedará libre y otras entidades podrán reclamarlo.
De hecho, la certificación negativa tiene una vigencia de tres meses, prorrogable por otros tres, el tiempo necesario para realizar el resto de los trámites legales para constituir la empresa.
3. Redacta los estatutos sociales
Los estatutos sociales rigen el funcionamiento de la empresa y, aunque se pueden modificar posteriormente, lo ideal es dejarlos claros desde el inicio para evitar posibles controversias entre los socios.
Deben reflejar la información básica de la empresa, como su denominación, domicilio social, duración prevista, objeto social y público al que se dirige. También deben recoger todo lo relacionado con el capital social inicial para constituir la empresa, así como la política de participaciones; es decir, su división entre los socios y formas y circunstancias de los traspasos.
Los estatutos sociales también deben incluir la estructura organizativa de la empresa, indicando desde cómo se administrará hasta qué retribución recibirá el administrador. Señalarán, además, cómo se votan las decisiones y cómo se distribuyen los beneficios y pérdidas entre los socios, cuál será el fondo de reserva y por qué causas y cauces se puede disolver la sociedad.
4. Abre una cuenta bancaria a nombre de la empresa
Uno de los requisitos para montar una empresa consiste en aportar un capital social mínimo. Según el tipo de sociedad que constituyas, tendrás que depositar ese dinero en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. En el caso de una sociedad de responsabilidad limitada, el capital mínimo que establece la ley es de 3 000 euros, mientras que para las sociedades anónimas esa cifra asciende a 60 000 euros.
En cambio, para las sociedades cooperativas, el capital social mínimo depende de la regulación autonómica y del sector de actividad, aunque normalmente oscila entre 1 500 y 3 000 euros.
5. Solicita el número de identificación fiscal en la Agencia Tributaria
El Número de Identificación Fiscal (NIF) es un código alfanumérico que tendrás que usar en todos los documentos relacionados con tu negocio, tanto para la constitución de la sociedad como para la presentación de impuestos y la facturación de la actividad. Para obtener el NIF, tendrás que rellenar el modelo 036, que puedes presentar telemáticamente en la Agencia Tributaria.
Recibirás un NIF provisional con el que puedes comenzar a facturar y en un plazo de seis meses te proporcionarán el definitivo, cuando presentes una copia de la escritura de constitución de la sociedad.
6. Firma la escritura pública ante notario
Si tienes socios, tendréis que acudir ante un notario para firmar la escritura pública de constitución de la sociedad. Tendrás que presentar una serie de documentos, entre ellos los estatutos sociales, la certificación negativa del nombre de la empresa expedida por el Registro Mercantil Central, la certificación bancaria del depósito del capital social y los documentos de identificación de cada uno de los socios.
Cabe aclarar que, si los socios están casados en régimen de separación de bienes, tendrán que presentar las capitulaciones matrimoniales. Si están casados en régimen de gananciales, el cónyuge tendrá que acudir a la firma de la escritura pública.
Si la aportación al capital social de alguno de los socios no es dineraria, deberá presentar una relación de los bienes en la que se desglose su descripción y valoración, así como la cantidad de acciones o participaciones que se atribuyen a esa aportación. Cuando se trata de bienes inmuebles, por ejemplo, tendrá que presentar los datos registrales.
7. Inscribe la empresa en el Registro Mercantil
El Registro Mercantil da constancia de la creación de la empresa. Al inscribir los actos de los empresarios, otorga a la sociedad plena capacidad jurídica y le permite ser reconocida por proveedores, entidades bancarias, inversores, entidades públicas y otras figuras con las que se relacionen. De hecho, todas las sociedades deben estar inscritas en el Registro Mercantil.
Para ello, solo tienes que acudir a la oficina del Registro Mercantil de la provincia donde esté domiciliado tu negocio e inscribirlo. Deberás presentar todos los documentos que acrediten la constitución de la sociedad, como la escritura pública y el NIF. Y no olvides legalizar los libros de sociedades.
Para realizar este trámite tienes un plazo de dos meses desde el momento en que firmes la escritura de la constitución.
8. Date de alta en IAE
El Impuesto de Actividades Económicas se aplica a todas las pymes y autónomos que desempeñan una actividad profesional, empresarial o artística en España. Por consiguiente, para abrir una empresa tienes que tramitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria, indicando la actividad empresarial que vas a desarrollar, un trámite que puedes hacer de manera presencial en las sedes físicas o directamente online.
Si vas a ejercer como administrador de la sociedad, también tendrás que darte de alta en el censo de empresarios de la Agencia Tributaria y en el RETA, donde figurarás como autónomo societario. Ten en cuenta que los autónomos societarios no pueden acogerse a las bonificaciones para autónomos y que tu cuota de la Seguridad Social será más alta que la de los autónomos inscritos en el régimen general.
9. Registra patentes y marcas
Inscribir tu empresa en el Registro Mercantil no te garantiza que tu logotipo, eslogan o cualquier producto que crees estén protegidos. Necesitas registrarlos en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Tu marca es uno de los activos intangibles de tu negocio y cuando la registras, la proteges para que otras empresas o personas no puedan usarla, lo cual aporta un valor añadido a tu actividad. Por otra parte, registrar la patente te ofrecerá la titularidad y derecho exclusivo de explotación, impidiendo que terceros puedan plagiarla o usarla sin tu consentimiento.
10. Obtén el certificado electrónico
La Administración está apostando cada vez más por los medios electrónicos, por lo que el último paso para crear una empresa en España consiste en obtener el certificado electrónico para tu negocio, el cual te facilitará muchos trámites y te ahorrará muchísimo tiempo.
Tipos de Empresas en España
Para constituir un negocio en España, existen diferentes opciones a nivel jurídico. No obstante, tal y como explica la página de la Administración del Estado, las más habituales son la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada. No obstante, también se puede constituir una empresa como autónomo, es decir, como persona física.
- Sociedad anónima: Una sociedad anónima tiene que tener al menos un socio y se debe constituir con un capital mínimo de 60.000 euros. Este capital es la aportación que hacen los socios. Las siglas S.A. se incluirán obligatoriamente en la denominación de la empresa.
- Sociedad de responsabilidad limitada: A diferencia de la sociedad anónima, el capital mínimo para crear una sociedad de responsabilidad limitada es de solo un euro. Este tipo de empresa se puede crear con solo un socio. El capital está dividido en participaciones indivisibles y acumulables y está integrado por las aportaciones de los socios. También tiene la obligación de tener un libro de inventario y de presentar cuentas anuales.
- Emprendedor de responsabilidad limitada: Como alternativa a la sociedad limitada, cabe la posibilidad de registrarse como emprendedor de responsabilidad limitada. Esta alternativa supone ser una persona física que lleva a cabo una actividad económica y cuya responsabilidad es ilimitada ante terceros.
- Empresario individual (autónomo).
Certificado de Pyme Innovadora
Si tienes una pequeña empresa y apuestas por la investigación, el desarrollo o la tecnología, posiblemente estés haciendo más innovación de la que consideras. Existe una forma oficial de demostrarlo, acceder a ventajas fiscales y reforzar la imagen de tu negocio: el Certificado de pyme Innovadora.
¿Qué es el Certificado de Pyme Innovadora?
Se trata de un reconocimiento oficial que otorga el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a aquellas pequeñas y medianas empresas que desarrollan actividades innovadoras. Este certificado permite inscribirse en el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadoras, una base de datos pública gestionada por el propio Ministerio.
Ventajas del Certificado de Pyme Innovadora
Tener este sello puede abrirte la puerta a beneficios fiscales, subvenciones específicas y oportunidades de colaboración en proyectos públicos y privados. Estas son algunas de las ventajas principales:
- Incentivos fiscales: Las empresas con este certificado pueden acceder a deducciones fiscales por actividades de I+D+i y bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador.
- Mejora de imagen y reputación: Contar con este sello refuerza tu posicionamiento como empresa innovadora, tanto frente a clientes como ante inversores y administraciones.
- Acceso a ayudas y convocatorias específicas: Algunas líneas de financiación pública, como las del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI) o las convocatorias europeas, valoran positivamente o incluso exigen estar registrado como pyme innovadora.
- Compatibilidad con otros certificados: Puedes utilizar este reconocimiento para sumar puntos en procesos de contratación pública o como elemento diferenciador en licitaciones.
Requisitos para Obtener el Certificado de Pyme Innovadora
Para poder conseguirlo hay que cumplir dos condiciones fundamentales:
- Ser una pyme, según la definición de la Comisión Europea: Es decir, tener menos de 250 empleados y una facturación anual inferior a 50 millones de euros o balance general inferior a 43 millones.
- Acreditar que la empresa realiza actividad innovadora.
Existen varias formas de acreditar la innovación de tu empresa. Estas son algunas por las que puedes optar:
- Haber recibido financiación pública para I+D+i.
- Tener un informe motivado vinculante (IMV).
- Tener una patente en explotación.
- Obtener una certificación oficial de innovación (UNE 166.002, ISO, etc.).
¿Cómo se solicita el Certificado de pyme Innovadora?
- Reunir la documentación acreditativa.
- Acceder a la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Rellenar el formulario de solicitud.
- Firmar y presentar.
- Esperar la resolución.
El plazo de resolución es de aproximadamente 3 meses, aunque puede variar. Si todo está correcto, tu empresa será incluida en el Registro de PYMES Innovadoras y recibirás tu sello.
El certificado tiene una vigencia de 3 años desde la fecha de inscripción en el registro. Pasado ese plazo, puedes renovarlo si sigues cumpliendo los requisitos.
Solicitar el certificado es gratuito. Eso sí, en el caso de que necesitaras una certificación externa (como una UNE o ISO) o un informe motivado, podrías tener que asumir el coste del trámite con la entidad correspondiente.
Plan de Empresa: El Primer Paso
El primer paso que debes abordar una vez que has tomado la decisión de emprender es concretar la idea de negocio que tienes en un plan empresarial. Éste deberá recoger los siguientes puntos:
- Características del mercado: deberás realizar un estudio de mercado para conocer la situación actual real del sector en el que quieras emprender, así como tu competencia.
- DAFO: tendrás que analizar las características internas y externas de tu proyecto respecto a las Debilidades, Fortalezas, Amenazas y Oportunidades del negocio. Sé lo más sincero y exhaustivo posible, te ayudará a definir correctamente tu proyecto y a evitar posibles problemas futuros.
- Objetivo: para empezar, deberás establecer un objetivo realista que puedas alcanzar a corto plazo (6 meses). Pasado este tiempo, podrás valorar el éxito de tu empresa, corregir posibles errores y/o valorar la continuación del mismo.
- Estructura jurídica: el siguiente paso es establecer la estructura jurídica que necesita tu negocio: autónomo, Sociedad Anónima, Sociedad Limitada, cooperativa etc. Una vez tengas elegida la forma jurídica, tendrás que elegir un nombre y comprobar que no existe un negocio con la misma denominación en el Registro Mercantil. Asimismo, deberás establecer una cuenta bancaria única y exclusiva para tu empresa. En ella depositarás el capital social. Recuerda solicitar un certificado de depósito en el banco en el deberán constar los datos del socio, o los socios en su caso, así como las aportaciones realizadas. Te servirá para acreditar el capital social en la constitución de la empresa.
- Estatutos sociales: A continuación, has de elaborar los estatutos sociales. Éste es uno de los pasos más importantes para crear una empresa, ya que representan las bases sobre las que se constituye tu empresa. En ellos se recogen varios datos esenciales, como la denominación, el capital, el domicilio social, etc. Además, se definen otros aspectos de interés para el correcto funcionamiento del negocio, como el órgano administrativo, el reparto de dividendos o el proceso a seguir en caso de disolución de la empresa.
El Certificado de Estar al Corriente de Pago con Hacienda
El certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria es un documento esencial para demostrar tu buena situación fiscal ante distintas administraciones y entidades. Obtenerlo es sencillo si estás al día con tus impuestos, y te evitará contratiempos en muchos trámites importantes.
Cualquier contribuyente puede solicitar este certificado: Personas físicas (autónomos o particulares), personas jurídicas (sociedades, cooperativas, asociaciones…) o representantes legales o apoderados (con el modelo correspondiente).
Para que la Agencia Tributaria conceda este certificado, es necesario cumplir con dos condiciones básicas: Estar al corriente de las obligaciones tributarias: o lo que es lo mismo, no tener deudas pendientes o haber solicitado y obtenido un aplazamiento o fraccionamiento aprobado.
Tabla Resumen de Tipos de Empresas en España
| Tipo de Empresa | Número de Socios (Mínimo) | Capital Mínimo | Responsabilidad |
|---|---|---|---|
| Sociedad Anónima (S.A.) | 1 | 60.000 € | Limitada al capital aportado |
| Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.) | 1 | 1 € | Limitada al capital aportado |
| Emprendedor de Responsabilidad Limitada | 1 | No requiere capital mínimo | Ilimitada, con excepción de la vivienda habitual bajo ciertas condiciones |
| Empresario Individual (Autónomo) | 1 | No requiere capital mínimo | Ilimitada |
