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La inscripción de un servicio y la asignación del Código de Cuenta de Cotización (CCC) es un paso crucial para cualquier empresario colectivo en España. El Código de Cuenta de Cotización (CCC) es un código numérico único que identifica a una empresa ante la Seguridad Social.

El empresario que vaya a contratar trabajadores por primera vez deberá solicitar su inscripción como empresa, antes del inicio de la actividad, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social. Esto está establecido en el Artículo 138 de la Ley General de la Seguridad Social y el Artículo 5 del Real Decreto 84/1996.

Para saber quién tiene la consideración de empresario, puedes consultar este enlace.

¿Qué es el Código de Cuenta de Cotización (CCC)?

La inscripción es el acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social. Dicho número es considerado como primero y principal Código de Cuenta de Cotización.

Consiste en inscribirse en el Sistema de la Seguridad Social de forma que se asigna un número que te identificará como empresario y al que se asociarán los trabajadores que contrates dentro de una misma provincia. A ese número se le denomina Código de Cuenta de Cotización o CCC.

La inscripción es el acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a un empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones dentro del Régimen del Sistema de la Seguridad Social correspondiente. Este número se conoce como el primer y principal Código de Cuenta de Cotización (CCC).

Al Código de Cuenta de Cotización Principal se vincularán todos aquellos otros que puedan asignársele a un empresario.

Características del Número de Inscripción

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Según el Artículo 15 del Real Decreto 84/1996, el número único de inscripción asignado por la Tesorería General de la Seguridad Social tiene las siguientes características:

  • Es considerado como el primero y principal Código de Cuenta de Cotización.
  • Estará referido, en principio, al domicilio de la empresa.
  • A él se vincularán todos aquellas otras cuentas de cotización que puedan asignársele en la misma o distinta provincia.

¿Quién debe solicitar el CCC?

Si eres empresario individual (persona física) tienes que tener un número de Seguridad Social (NUSS) que te identifique en tus relaciones con la Seguridad Social. Puedes realizarlo a través del servicio Solicitar el número de la Seguridad Social existente en Importass, con o sin identificación electrónica. Si no tienes medios de identificación electrónica, indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.

Si eres empresario colectivo (sociedades, entidades sin personalidad jurídica, ….), la única opción es la de realizar el alta con tu identificación electrónica a través del servicio de la SEDESS de Empresario Colectivo. Identificación de Empresa.

Si vas a contratar a un trabajador/a para tu hogar familiar podrás solicitar tu alta como empleador cuando procedas a dar de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social a través del servicio Alta en empleo de hogar existente en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la App IMPORTASS . Si no tienes medios de identificación electrónica indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.

Finalmente, cuando solicites la inscripción debes hacer constar la entidad con la que vas a asegurar las contingencias derivadas del trabajo y enfermedades profesionales como la prestación económica en caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o no laborales. Estos riesgos pueden asegurarse con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el Instituto Social de la Marina (ISM) si estás encuadrado en el Régimen Especial del Mar o con distintas entidades colaboradoras con la Seguridad Social.

¿Cómo solicitar el Código de Cuenta de Cotización (CCC)?

La solicitud se realizará mediante el modelo TA-6. Al Código de Cuenta de Cotización Principal se vincularán todos aquellos otros que puedan asignársele a un empresario.

Es importante señalar que el empresario debe solicitar un Código de Cuenta de Cotización (modelo TA-7) en cada una de las provincias donde ejerza actividad, así como en determinados supuestos en que sea necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización.

El empresario debe solicitar un Código de Cuenta de Cotización en cada una de las provincias donde ejerza actividad. Solicitará, además, la apertura de tantas cuentas de cotización como actividades desarrolle en la provincia o modalidades de cotización tenga reconocidas por contar con trabajadores que, por estar excluidos de determinadas situaciones o contingencias, deban cotizar por diferentes conceptos.

Puede solicitar cuentas de cotización independientes cuando quiera individualizar colectivos concretos de trabajadores. Las sociedades mercantiles capitalistas y las sociedades laborales han de solicitar un código de cuenta de cotización específico para consejeros y administradores asimilados a trabajadores por cuenta ajena en el régimen de la Seguridad Social que les corresponda. A cada cuenta de cotización se le asigna un código, el cual constará en los documentos de cotización.

La Tesorería General de la Seguridad Social podrá asignar al empresario, además del código principal, otros números o códigos de cuenta de cotización a efectos del control de la misma o para cualquier otra finalidad de gestión atribuida a dicha Tesorería General (Artículo 13 del Real Decreto 84/1996, punto 3).

Cuando la Tesorería General de la Seguridad Social tuviese conocimiento del incumplimiento de sus obligaciones por parte del empresario, procederá, de oficio, a realizar las actuaciones correspondientes para la inscripción de la empresa y la formalización de la protección frente a las contingencias profesionales (Artículo 20 del Real Decreto 84/1996, punto 1).

Proceso de Inscripción

La inscripción se realiza en el mismo momento de presentación de la solicitud.

La inscripción es única y válida para todos los regímenes del Sistema de la Seguridad Social, para todo el territorio nacional y para toda la vida de la persona física o jurídica titular de la empresa.

Tanto del número de inscripción como de los demás números o códigos de cuenta de cotización, se entregará un justificante al empresario y se procederá a realizar la correspondiente anotación en el Registro de Empresarios de la Tesorería.

En dicho Registro figurarán los empresarios que empleen a trabajadores por cuenta ajena incluidos en los siguientes regímenes:

  • Régimen General.
  • Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
  • Régimen Especial de la Minería del Carbón

En el Registro de Empresarios se incluirán igualmente los datos relativos a los centros docentes en que se encuentren matriculados estudiantes comprendidos en el campo de aplicación del Seguro Escolar.

El Registro de Empresarios constará de los datos necesarios para desarrollar la gestión del Sistema de la Seguridad Social y producirá los efectos establecidos en este Reglamento.

Dónde Presentar la Solicitud

Para terminar su solicitud puede dirigirse a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio de actividad.

Si dispone de un certificado digital puede tramitar la solicitud que corresponda de los correspondientes servicios situados en "Empresas", en función de que se trate de un empresario individual o un empresario colectivo.

Documentación Necesaria

Los empleadores que contraten trabajadores por primera vez deberán solicitar su propia INSCRIPCIÓN como empresa antes de comenzar las actividades laborales, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana a su lugar de residencia.

Documentos necesarios:

  • Escrituras de Constitución, debidamente registradas, o certificado de Registro correspondiente (Acta de Inscripción en el caso de Asociaciones de Propietarios).
  • Fotocopia del DNI de la persona que firma la solicitud de inscripción.
  • Documento que acredite los poderes de la persona que firma el documento, si no están especificados en las Escrituras de Constitución.

Tabla Resumen de Requisitos y Procedimientos

Requisito/Procedimiento Descripción
Inscripción Acto administrativo para asignar un número de identificación al empresario.
Modelo de Solicitud TA-6 (Inscripción), TA-7 (Código de Cuenta de Cotización)
Lugar de Solicitud Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de certificado digital.
Documentación Escrituras de Constitución, DNI del solicitante, documento acreditativo de poderes (si aplica).
Legislación Aplicable Art. 138 R.D.L. 8/2015 Ley General de la Seguridad Social. Art. 5 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliación Art. 13 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliación Art. 15 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliación Art. 20 R.D.

Otras Obligaciones del Empresario con la Seguridad Social

Como empresario, tienes otras obligaciones con la Seguridad Social:

  • Comunicar tu baja como empresario. Cuando se produzca la finalización de tu actividad como empresario debes comunicarlo a la TGSS después de haber dado de baja todos tus trabajadores.
  • Comunicar cualquier variación de los datos identificativos o de la actividad de la empresa a través del Sistema RED podrás modificar entre otras cosas, el domicilio de la actividad.
  • El pago de las cotizaciones sociales correspondientes. Debes comunicar mensualmente a la TGSS los conceptos retributivos que perciben cada uno de tus trabajadores. La TGSS, previa solicitud de la empresa liquidará y pasará al cobro las cotizaciones sociales, calculadas en función de las bases de cotización de tus empleados y las variaciones comunicadas, de la información de que dispone y de la proporcionada por otras entidades.

Inscribir tu servicio y asignar el Código de Cuenta de Cotización (CCC) como empresario colectivo es un proceso fundamental para garantizar la legalidad y el correcto funcionamiento de tu empresa. Accede al sistema RED: Lo primero que debes hacer es acceder al sistema RED de la Seguridad Social. Asigna el Código de Cuenta de Cotización (CCC): En este paso, te pedirán que asignes el Código de Cuenta de Cotización (CCC) correspondiente a tu empresa.