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El Programa Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España que busca facilitar la digitalización de pymes y autónomos a través de subvenciones. Este programa se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea mediante los fondos NextGenerationEU.

El principal objetivo del Kit Digital es reducir la brecha digital entre las empresas en España, promoviendo así una modernización efectiva del sector productivo. Tiene como objetivos modernizar el tejido productivo español, favorecer su crecimiento y su presencia en nuevos mercados.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la primera convocatoria del plan Kit Digital el 24 de noviembre de 2021, que fue detallada por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño. Los primeros bonos digitales se entregaron a más de 2.000 empresas en abril de 2022.

¿A Quién Está Dirigido el Kit Digital?

El Kit Digital está dirigido exclusivamente a pymes y autónomos. Para beneficiarse del programa Kit Digital, es necesario cumplir ciertos requisitos establecidos por el Gobierno de España.

  • Ser una empresa de hasta 250 trabajadores, pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresa
  • Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria
  • No estar considerada una empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía

Con las actualizaciones producidas en 2025, el Programa Kit Digital clasifica a las empresas que solicitan el Kit Digital en tres segmentos, en función del número de empleados que tienen.

Independientemente del segmento al que pertenezcan, todos los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos generales que garantizan la elegibilidad. No podrán optar a las ayudas aquellas entidades que estén clasificadas como empresas en crisis.

Segmentos del Kit Digital

El programa Kit Digital está dividido en varios segmentos según el tamaño de la empresa:

  • Segmento I: Empresas de 10 a 49 empleados.
  • Segmento II: Empresas de 3 a 9 empleados.
  • Segmento III: Empresas de 0 a 2 empleados (microempresas y autónomos).

Las microempresas y los autónomos que cuenten con uno o dos empleados, podrán acceder a una subvención de hasta 3.000 euros.

¿Cómo Solicitar el Kit Digital?

Solicitar el Kit Digital en 2025 representa una oportunidad significativa para que las empresas y autónomos impulsen su transformación digital y mejoren su competitividad en el mercado.

El proceso para solicitar el Kit Digital en 2025 se ha diseñado para ser lo más accesible posible. La principal fuente de información sobre el Programa Kit Digital es la plataforma Acelera Pyme. Adicionalmente, la sede electrónica de Red es la plataforma oficial para la presentación de las solicitudes de ayuda.

A continuación, se detallan los pasos a seguir:

  1. Registro en la plataforma Acelera Pyme: El registro en la Plataforma Acelera Pyme es un paso esencial para acceder al Kit Digital. Para llevar a cabo el registro en la plataforma, es necesario seguir una serie de pasos sencillos pero fundamentales.
  2. Test de Diagnóstico Digital: El Test de Diagnóstico Digital es una herramienta clave para evaluar el nivel de digitalización de un negocio. Después de completar el test, se obtiene una evaluación del nivel de madurez digital.
    Este proceso es esencial para acceder al Bono Digital, que permitirá a las empresas y autónomos beneficiarse de las ayudas para la digitalización.
  3. Presentación de la solicitud: El primer paso para formalizar la solicitud del Bono Digital es acceder a la Sede Electrónica de Red.es. En esta plataforma se gestionan todas las solicitudes relacionadas con el Kit Digital.
    Para realizar la solicitud de forma adecuada, es necesario reunir una serie de documentos que acrediten la situación de la empresa o autónomo.
  4. Confirmación y recepción del bono: Una vez presentada la solicitud para el Kit Digital, el siguiente paso es la confirmación y recepción del bono. Después de enviar la solicitud, es fundamental llevar un control sobre su estado.
    Red.es realizará una revisión de toda la documentación presentada para determinar si se cumplen los requisitos necesarios. Una vez que la solicitud ha sido aprobada y se ha recibido el bono digital, es momento de contactar a un agente digitalizador. Estos profesionales serán responsables de llevar a cabo la implementación de la solución seleccionada.
  5. Elegir un agente digitalizador autorizado y firma un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que hayas elegido.

Bajo el lema "cero papeles", Red.es ha diseñado un sistema de tramitación que utiliza herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado. El sistema permite reducir la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión.

El sistema permite reducir la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión.

¿A Cuánto Asciende la Ayuda?

Con la ayuda del Kit Digital podrás contar con un mínimo de 3.000 euros y hasta 29.000 euros para invertir en la digitalización de tu empresa, en función del segmento al que pertenezca.

La cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III era, en su origen, de 2.000 euros, pero con la modificación de la orden de bases del Programa Kit Digital se amplió a 3.000 euros. Estas empresas pueden solicitar su bono digital a partir de las 11:00 del 14 de junio de 2024, tras la modificación parcial de la convocatoria de su segmento, que introduce novedades respecto a la convocatoria de 2022.

Este aumento tiene carácter retroactivo, es decir, las empresas que ya hayan pedido la ayuda e, incluso, hayan consumido su bono digital de 2.000 euros, pueden solicitar la ampliación de 1.000 euros a partir de junio de 2024. Para solicitarla deben entrar en su expediente en la sede electrónica de Red.es, seleccionar el botón habilitado para ello y firmar la conformidad. En este caso, la concesión es automática.

Tanto si la entidad solicita el bono por primera vez como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses desde su concesión.

La cuantía de las ayudas, el bono digital, para la convocatoria de los sectores IV y V será de 25.000 euros para aquellas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados y de 29.000 euros para las empresas cuyo número de empleados sea de entre 100 y menos de 250 empleados.

Soluciones de Digitalización Disponibles

Las empresas podrán acceder a un catálogo de soluciones digitales que se va actualizando y adaptando a las necesidades de su tamaño. Además, estás soluciones están incorporando tecnologías de Inteligencia Artificial. Algunas soluciones son incompatibles entre sí.

El catálogo de soluciones digitales disponibles en el Programa Kit Digital es amplio y diverso, abarcando áreas clave como la presencia en internet, el puesto de trabajo seguro (obtención de un ordenador, el comercio electrónico, la gestión de redes sociales, la gestión de clientes, el Business Intelligence y la analítica, la gestión de procesos, la factura electrónica, los servicios y herramientas de oficina virtual, las comunicaciones seguras, la ciberseguridad, la presencia avanzada en internet y el marketplace.

Algunas de las soluciones que se pueden implementar con el bono digital son:

  • Mejorar mi página web y su presencia básica o avanzada en Internet
  • Gestionar las redes sociales
  • Favorecer la creación de webs de compraventa de productos y/o servicios
  • Reforzar la ciberseguridad
  • Detectar incidentes de ciberseguridad en tiempo real
  • Garantizar las comunicaciones seguras
  • Ampliar la gestión de los clientes con o sin inteligencia artificial asociada
  • Utilizar la inteligencia empresarial y analítica en los procesos con o sin inteligencia artificial
  • Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual
  • Implantar la factura electrónica
  • Generar una plataforma de Marketplace (centro comercial en línea) que agrupe varias tiendas en el mismo sitio web, a las que el consumidor pueda acceder para comprar sus productos.
  • Proporcionar puestos de trabajo seguros con el fin de potenciar o mejorar tu productividad

Para identificar las soluciones más adecuadas para un negocio específico, se recomienda realizar el test de autodiagnóstico en la plataforma Acelera Pyme. Este test ayuda a determinar el nivel de madurez digital de la empresa y sugiere las áreas donde la inversión en soluciones digitales podría tener un mayor impacto.

Para realizar la compra de un dispositivo como el kit digital ordenador o kit digital móvil, es esencial que la empresa o el autónomo haya obtenido previamente la ayuda económica de hasta 3.000 euros destinada a la digitalización.

Otro requisito indispensable es haber formalizado la contratación de alguna solución digital antes de adquirir el dispositivo.

Solución de Digitalización Objetivo
Página Web y Presencia en Internet Mejorar la visibilidad online del negocio.
Gestión de Redes Sociales Aumentar la interacción con los clientes y promocionar productos/servicios.
Comercio Electrónico Facilitar la venta online de productos y servicios.
Ciberseguridad Proteger la información y los datos de la empresa.
Gestión de Clientes Optimizar la relación con los clientes y mejorar la eficiencia.
Business Intelligence y Analítica Analizar datos para tomar decisiones más informadas.

Agentes Digitalizadores

Cuando hayas elegido la solución digital que más se ajusta a tus necesidades, tienes que empezar los trámites para la solicitud del bono del Kit Digital.

Tras presentar la solicitud, se puede verificar su estado a través de la sede electrónica de Red, en la sección de "Mis trámites" o "Acceder a mis solicitudes". El estado de la solicitud puede ser "En curso", "Aprobada" o "Denegada". Una vez que la ayuda es concedida, la empresa beneficiaria recibirá una notificación por correo electrónico.

El siguiente paso es contactar con un agente digitalizador. ¿Qué es? Son los encargados de prestar a las pymes y autónomos beneficiarios las soluciones de digitalización y existe un catálogo de agentes para poder elegir el que más te convenga por tipo de solución o localización.

El catálogo de agentes digitalizadores está disponible en la página web de Acelera Pyme y permite filtrar por ubicación geográfica, tipo de solución ofrecida y sector de actividad. Un ejemplo de agente digitalizador podría ser Cibert.

En Vega Consultores, nos enorgullecemos de ser agentes digitalizadores acreditados que guían a las empresas a lo largo de todo el proceso de digitalización. Una vez que su solicitud ha sido aprobada y ha recibido el bono digital, estamos aquí para ayudarle a implementar la solución adecuada.

¡Contáctenos hoy mismo para iniciar su proceso de digitalización y aprovechar al máximo su bono digital! Si ya has explorado cómo solicitar Kit Digital paso a paso y estás listo para avanzar hacia la digitalización de tu empresa, Vega Consultores está aquí para ayudarte.

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Obligaciones del Beneficiario

El beneficiario se obliga al cumplimiento de lo establecido tanto en las Bases Reguladoras, como en esta Convocatoria, así como en lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico general. En particular deberá:

  • Cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente Convocatoria, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto, y cualesquiera otras que resulten de aplicación.
  • Cumplir las obligaciones contenidas en las Bases Reguladoras, las que se determinen en la Convocatoria, las que figuren en la resolución de concesión de las ayudas y en las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de las Bases Reguladoras y esta Convocatoria, dicte Red.es en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.
  • Comunicar a Red.es la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 17 de las Bases Reguladoras, tan pronto como tenga conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Registrar en su contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada. Asimismo, deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como conservar las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago y de la aplicación de los fondos recibidos. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la ayuda concedida, garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad de los beneficiarios y deberá conservarse durante un plazo mínimo de cuatro (4) años, a contar desde el vencimiento del plazo para justificar la ayuda.
  • Declarar a Red.es todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
  • Formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos de conformidad con las Bases Reguladoras y la Convocatoria.
  • Entregar a Red.es la información necesaria para medir la contribución de la actividad subvencionada al correspondiente indicador establecido en el hito u objetivo correspondiente.
  • Atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones.
  • Establecer medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude en el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación y la falsificación de la documentación.
  • Garantizar mediante declaración responsable el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y del principio de «no causar daño significativo» (principio Do No Significant Harm -DNSH-), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, en todas las fases del diseño y ejecución de cada actuación de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En todo caso, respetará los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.
  • Garantizar mediante declaración responsable que las actividades que se desarrollen en el ámbito de la presente Convocatoria no ocasionan un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles. Se excluyen de la financiación, en la medida en que resulten aplicables a los conceptos en que se realice el gasto al que se destinan las presentes ayudas: a) Actividades relacionadas con los combustibles fósiles, salvo en los casos debidamente justificados conforme con la Comunicación de la Comisión Europea 2021/C 58/01. b) Actividades cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en las cuales se prevean emisiones equivalentes de CO2 que no sean sustancialmente inferiores a los parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos. c) Compensación de costes indirectos del sistema de comercio de derechos de emisión. d) Actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento biológico mecánico que impliquen un aumento de su capacidad o de su vida útil. e) Actividades en las que la eliminación de desechos puede causar daños a largo plazo al medio ambiente.

Documentación a Presentar en la Solicitud

Además de la solicitud electrónica, deberá presentar, en caso de que actúe por medio de representante voluntario, la Autorización de representante voluntario en el marco del Programa Kit Digital contemplada en el Anexo II de la Convocatoria.

No se admitirán aquellas “Autorizaciones de representante voluntario en el marco del Programa Kit Digital” que no sigan este modelo y/o no estén debidamente cumplimentadas y firmadas con los requisitos de firma electrónica del Anexo V de la presente Convocatoria.

En caso de oposición expresa a la consulta de oficio, deberá aportar la documentación detallada en el Anexo I de la Convocatoria.

Documentación a Presentar en la Subsanación de la Solicitud

En el caso de ser requerido a subsanar y que se le indique que debe ratificar la presentación voluntaria, utilice el siguiente modelo de ratificación.

Documentación a Presentar para Revocar al Representante Voluntario

El proceso para solicitar el Kit Digital en 2025 se ha diseñado para ser lo más accesible posible. La principal fuente de información sobre el Programa Kit Digital es la plataforma Acelera Pyme. Adicionalmente, la sede electrónica de Red es la plataforma oficial para la presentación de las solicitudes de ayuda.

Ampliación del Plazo de Presentación

ESTA CONVOCATORIA ESTÁ DESTINADA A EMPRESAS DEL SEGMENTO III (ENTRE 0 Y MENOS DE 3 EMPLEADOS)

Ampliado el plazo de presentación hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas.

Solicitar el Kit Digital en 2025 representa una oportunidad significativa para que las empresas y autónomos impulsen su transformación digital y mejoren su competitividad en el mercado.

La solicitud del Kit Digital se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de Red. Los plazos de presentación de solicitudes para el Kit Digital en 2025 varían según el segmento de la empresa.

El registro en la plataforma oficial de Red se realiza durante el proceso de solicitud online, donde se requerirá la identificación electrónica de la empresa o del representante.

Información Adicional

Estas plataformas ofrecen guías rápidas, preguntas frecuentes (FAQ) y otra documentación de apoyo que explica el proceso de solicitud de manera detallada.

España es una economía de Pymes, empresas pequeñas y medianas de hasta 249 asalariados. En total, había 2.926.167 pymes en 2024, según datos de la DGEiPYME, que representa el 99,8% del tejido empresarial español.

El Kit Digital es sin duda una de las ayudas más conocidas. Persigue subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital de las pymes españolas.

Con el fin de paliar los adversos efectos económicos causados por la pandemia por la COVID-19, el Gobierno de España presentó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Económica, un proyecto financiado por la Unión Europea (fondos del programa Next Generation EU).

Estriba en modernizar y estimular la recuperación del crecimiento económico, incorporando importantes reformas e inversiones en varios de sus componentes, orientados a impulsar el emprendimiento, el crecimiento empresarial, la digitalización, la incorporación de la inteligencia artificial y la mejora de las competencias digitales. En concreto, el componente 13, Impulso a la pyme, de dicho plan, desemboca en la creación de la estrategia España Digital 2026.

Una agenda actualizada que impulse la transformación digital de España como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico, la reducción de la desigualdad, el aumento de la productividad y el aprovechamiento de todas las oportunidades que brindan nuevas tecnologías.

Consta de, aproximadamente, 50 medidas que se articulan en torno a diez ejes estratégicos, siendo el sexto: Acelerar la digitalización de las empresas, con especial atención a las micropymes y a las startups.

El programa Kit Digital tiene como objetivo subvencionar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado, provistas por Agentes Digitalizadores, para pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo.

La orden se refiere a fondos no utilizados o remanentes de convocatorias anteriores, y establece la forma en que podrán distribuirse.